INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE COOKIES

Este portal web utiliza cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar su visita. Las cookies no se utilizan para recoger información de carácter personal. Usted puede permitir su uso o rechazarlo, también puede cambiar su configuración siempre que lo desee. Dispone de más información en nuestra Política de Cookies.

Programa piloto para la creación de viveros de empresa en centros

Plazo de presentación de proyectos para la gestión y explotación de cafeterías escolares del alumnado de segundo curso y egresado de determinados ciclos formativos, cursos 2024-2025, 2025-2026 y 2026-2027. [NUEVO]

Modificación por la que se amplía la Resolución para el desarrollo del programa piloto para la creación de viveros de empresa en determinados centros públicos, cursos 2024/2025, 2025/2026 y 2026/2027.

  • RESOLUCIÓN – N.º: 32/2025 - Tomo: 1 - Libro: 570 - Fecha: 31/01/2025.

  • Resolución de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial de modificación por la que se amplía la Resolución por la que se dictan instrucciones para el desarrollo del programa piloto para la creación de viveros de empresa en determinados centros educativos públicos no universitarios durante los cursos escolares 2024/2025, 2025/2026 y 2026/2027.

Instrucciones para el desarrollo del programa piloto para la creación de viveros de empresa en determinados centros, durante los cursos escolares 2024/2025, 2025/2026 y 2026/2027.

Convocatoria del programa piloto para la creación de viveros de empresa en determinados centros públicos, cursos 2024/2025, 2025/2026 y 2026/2027

Objetivos:

Los viveros de empresa que se crean en el marco de este Programa son estructuras de acogida temporal (duración máxima de 36 meses) pensadas para acoger proyectos de gestión y explotación de cafeterías escolares situadas en centros públicos no universitarios que se adhieran al Programa, proporcionando al alumnado cuyas iniciativas sean seleccionadas la oportunidad de iniciar un proyecto empresarial.

Los objetivos generales del Programa son:

  • Favorecer la generación de empleo fomentando la cultura emprendedora entre el alumnado.
  • Poner a disposición del alumnado con espíritu de emprender un medio idóneo con recursos y conocimientos necesarios para el desarrollo de sus proyectos empresariales que incluye: asesoramiento, espacio, equipos y acompañamiento, entre otros aspectos.
  • Crear sinergias entre el centro y el alumnado.
  • Contribuir en el fomento de hábitos de alimentación saludables.
  • Potenciar el desarrollo de las capacidades emprendedoras tales como el liderazgo, la iniciativa, la creatividad, la innovación y el trabajo en equipo.

Dirigido a:

Los viveros de empresa se crearán en los centros educativos en los que se impartan enseñanzas correspondientes a los ciclos formativos siguientes:

    • CFGM Servicios en Restauración.
    • CFGS Dirección de Servicios en Restauración.
    • CFGM Cocina y Gastronomía.
    • CFGS Dirección de Cocina.
    • CFGM Panadería, Repostería y Confitería

El Programa se dirige al alumnado egresado así como al alumnado de último curso, pertenecientes a los ciclos formativos señalados en el apartado anterior.

Adhesión al Programa:

Los centros educativos públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes que dispongan de un espacio destinado a cafetería escolar, podrán adherirse al Programa mediante comunicación dirigida a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial (en adelante, DGFPERE), cumplimentando el modelo correspondiente que establezca la DGFPERE. Dicha comunicación deberá contener al menos información detallada relativa a las dimensiones del espacio destinado a cafetería escolar y al equipamiento con el que cuenta y su estado de conservación, así como las cifras relativas a alumnado del centro y personal tanto docente como no docente.

La adhesión al Programa estará abierta de forma permanente durante su vigencia, de tal modo que puedan efectuarse convocatorias sucesivas en función de los espacios de cafetería escolar disponibles. La DGFPERE procederá a la creación de un registro de centros adheridos que servirá de base para las convocatorias que se lleven a cabo.

Funciones de los centros de Formación Profesional:

Los centros designarán al menos un docente, preferentemente del Departamento de Formación y Orientación Laboral (FOL), que ejercerá las funciones de mentoría mediante la orientación personalizada en el desarrollo de los proyectos; asesoramiento en cuestiones relacionadas con la formación adquirida; comunicación, favoreciendo la creación de una red de contactos que permitan al alumnado emprendedor establecer relaciones con otras empresas. Los centros en los que se crean los viveros de empresa deberán dar difusión al Programa dirigiéndose especialmente a su alumnado.

Procedimiento:

  1. La convocatoria corresponde a la DGFPERE señalando la apertura de plazo para la presentación de proyectos emprendedores dirigidos a la gestión y explotación de cafeterías escolares y la constitución de las Comisiones de Valoración. Con anterioridad a la convocatoria, la DGFPERE dictará las instrucciones que establezcan los criterios de valoración de los proyectos. 
  2. Cada participante podrá presentar proyecto a un máximo de 3 cafeterías escolares. No obstante, de resultar propuesto para más de una de ellas por las respectivas Comisiones de Valoración, deberá optar por una en el plazo que se establezca para ello. No podrá aprobarse más de un proyecto por cada participante seleccionado/a.
  3. Finalizado el plazo de presentación de proyectos, las correspondientes Comisiones de Valoración constituidas en cada uno de los centros adheridos procederá al análisis de los proyectos presentados conforme a los criterios establecidos en la convocatoria.
  4. Las Comisiones de Valoración elevarán su propuesta a la DGFPERE que finalmente resolverá aprobando los proyectos que mayor puntuación hayan obtenido respecto de cada uno de los centros adheridos y su correspondiente cafetería escolar.
  5. Dictada la resolución de aprobación, se procederá a la formalización de la misma con cada participante seleccionado mediante documento administrativo. La aprobación del proyecto lleva implícita la cesión de uso del espacio de cafetería escolar por el tiempo de duración establecido.
  6. La ejecución del proyecto deberá iniciarse en un plazo máximo de tres meses desde su aprobación; de no ser así, se entenderá por efectuada renuncia por quien resultara seleccionado/a.

Comisiones de valoración:

En cada centro adherido al Programa se constituirá una Comisión de Valoración con la siguiente composición:

  • Dirección del centro.
  • Secretaría del centro, que ejercerá las funciones de secretaría de la Comisión.
  • Dos representante del Consejo Escolar.
  • Técnico de Emprendimiento de la DGFPERE.
  • Inspector o inspectora de zona.

Duración del programa:

El Programa Piloto tendrá una duración de tres cursos escolares: 2024/2025, 2025/2026 y 2026/2027. Cumplido este plazo, se podrá acordar la continuidad del Programa con carácter permanente a propuesta de la DGFPERE que incluirá la evaluación de resultados del Programa Piloto.

Memoria Anual

Al finalizar cada curso escolar, los centros en los que se crean viveros de empresa emitirán una memoria detallada relativa a la ejecución de los proyectos seleccionados que será presentada ante la DGFPERE. dentro de los treinta días siguientes.

Normativa:

j

  • BOC N.º 005. Jueves 9 de enero de 2025. [NUEVO]

  • Orden de 27 de diciembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 22 de agosto de 2024, que aprueba el Programa Piloto para la creación de viveros de empresa en determinados centros educativos públicos no universitarios durante los cursos escolares 2024/2025, 2025/2026 y 2026/2027.