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Autorización, modificación y extinción de centros privados de enseñanzas no universitarias.

El artículo 23 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, establece que la apertura y funcionamiento de los centros docentes privados que impartan enseñanzas, tanto de régimen general como de régimen especial, se someterán al principio de autorización administrativa, por consiguiente, para poner en funcionamiento un centro docente de titularidad privada que imparta enseñanza reglada no universitaria debe iniciar el trámite correspondiente de autorización ante la consejería competente en materia educativa. Una vez autorizado el centro docente, debe comunicar cualquier cambio o modificación en las condiciones que dieron derecho a su autorización y de igual manera deber poner en conocimiento de este departamento con suficiente antelación la posible extinción de su autorización.

Autorización de la autorización de apertura y funcionamiento de centros docentes privados de enseñanzas no universitarias

Modificación de la autorización de apertura y funcionamiento de centros docentes privados de enseñanzas no universitarias

Extinción de la autorización de apertura y funcionamiento de centros docentes privados de enseñanzas no universitarias

Autorización, modificación y extinción de apertura y puesta en funcionamiento de centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil.

Autorización, modificación y extinción de apertura y puesta en funcionamiento de enseñanzas de régimen general: Educación Infantil (segundo ciclo), Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.

Autorización, modificación y/o extinción de un Centro Integrado de Formación Profesional.

Autorización, modificación y extinción de apertura y puesta en funcionamiento de centros que imparten Enseñanzas Artísticas.

Creación y autorización de centros docentes extranjeros en España.

Normativa sobre la creación y autorizacion de centros privados.

Datos de contacto del Servicio de Administración de Centros de la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa.