Se considera que un alumno o alumna presenta Necesidades Educativas Especiales por «Discapacidad Visual» (DV) cuando manifiesta ceguera total o problemas visuales graves en ambos ojos con la mejor corrección óptica, caracterizados por una agudeza visual igual o inferior a 0.3 en la escala Wecker o un campo visual igual o inferior a 10 grados, en el ojo con mejor visión y con su mejor corrección. La presencia de esta discapacidad conlleva implicaciones importantes en su aprendizaje escolar.
Ante la presencia de un alumno o alumna con Discapacidad Visual- DV en el aula ordinaria, el profesorado debe considerar los siguientes aspectos para su atención educativa: