La implementación de la figura coordinadora para el bienestar y la protección del alumnado surge con la finalidad de garantizar los derechos fundamentales de la infancia y la adolescencia en el marco de actuación establecido en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Por este motivo, resulta necesario articular los recursos existentes en la administración educativa en materia de convivencia, educación emocional y para la salud y perspectiva de género. En este sentido, a partir del curso 2022-2023, se suprime la coordinación en convivencia y el referente de acoso escolar de los centros educativos. En su lugar, será la persona coordinadora para el bienestar y la protección del alumnado quien asumirá, entre otras, sus funciones.
Incorporar la figura de la persona coordinadora para el bienestar y la protección del alumnado en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias. Los centros privados se regirán por su normativa específica y, supletoriamente, por la presente resolución.
Contacto para dudas técnicas: formulario de reporte de incidencias técnicas
Para cualquier consulta sobre esta convocatoria puede contactar a través de la dirección de correo electrónico convivenciaescolar.educacion@gobiernodecanarias.org, indicando en el asunto del mensaje, «Duda con respecto a: Coordinación de bienestar infantil y delegado de protección (curso 2022-2023)».