Instrucciones para regular la labor de la figura coordinadora para el bienestar y la protección del alumnado, para el curso 2024-2025.
La persona coordinadora tiene como finalidad garantizar los derechos fundamentales de la infancia y la adolescencia en el marco de actuación establecido en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Desde el curso 2022-2023, esta figura asume las funciones de la coordinación en convivencia y del referente de acoso escolar de los centros educativos donde cursen estudios personas menores de edad.
Todos los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias donde cursen estudios personas menores de edad. Los centros privados se regirán por su normativa específica y, supletoriamente, por la presente resolución.
Esta figura será también reconocida en los Centros de Educación de Personas Adultas autorizados por tener escolarizado, con carácter extraordinario, a alumnado menor de edad.
Contacto para dudas técnicas: formulario de reporte de incidencias técnicas
Para cualquier consulta sobre esta convocatoria puede contactar a través de la dirección de correo electrónico convivenciaescolar.educacion@gobiernodecanarias.org, indicando en el asunto del mensaje, «Duda con respecto a: Coordinación de bienestar infantil y delegado de protección».