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Mediación escolar

Convocatoria del procedimiento de acreditación en mediación escolar nivel I.

Objetivos:

Los objetivos de esta convocatoria son:

  • Formar al profesorado de Canarias como mediador o mediadora escolar para que sea capaz de identificar, analizar e intervenir en los conflictos de convivencia, teniendo en cuenta los principios integrados en la cultura de paz y la mediación como estrategia prioritaria para la prevención y resolución de conflictos de convivencia en el contexto escolar.
  • Garantizar que en todos los servicios de mediación de los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos de la Comunidad Autónoma de Canarias exista al menos un o una docente acreditada en mediación escolar nivel I.

Dirigido a:

Profesorado en situación de servicio activo que sea funcionario de carrera, funcionario interino con nombramiento hasta el 31 de agosto de 2025 o docentes de centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos nombrados durante todo el curso escolar 2024-2025.

Forma y plazo de presentación de solicitud:

Fecha de publicación: 10/03/2025.

Plazo de inscripción: diez (10) días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución (hasta el 20 de marzo de 2025)

La solicitud será presentada por el director o directora del centro o por el profesorado interesado de acuerdo a las indicaciones recogidas en la base cuarta en el siguiente enlace:

Contacto para dudas sobre la convocatoria:

Correo electrónico del Área de Convivencia escolar: convivenciaescolar.educacion@gobiernodecanarias.org

Convocatoria.

Registro de las personas acreditadas en mediación escolar de nivel 1 y de los servicios de mediación escolar de los centros educativos:

Desde hoy contamos en nuestra Comunidad con el registro de las personas acreditadas en mediación escolar de nivel 1 y de los servicios de mediación escolar de los centros educativos. Mediante este registro tenemos la oportunidad de conocer la situación de los centros en relación a la mediación en cuanto a la disponibilidad o no de persona acreditada y a la implantación de los servicios de mediación.

El Registro está organizado en dos secciones:

Sección 1ª: Inscripción de las personas acreditadas en mediación escolar con nivel 1.

Excepcionalmente, en referencia al curso 2016-2017, las personas ya acreditadas deberán realizar el primer asiento en el Registro, a partir de la publicación de esta Resolución y antes del 15 de julio de 2017. Posteriormente, durante el mes de septiembre de 2017 deberán actualizar su
situación para el curso 2017-2018, realizando el segundo asiento.

Sección 2ª: Situación de los servicios de mediación escolar en los centros educativos.

El acceso a esta sección del Registro estará autorizado durante los meses de junio y julio, periodo en que cada director o directora informará sobre la situación de su centro, independientemente, de que cuente o no con acreditado en mediación o con servicio de mediación en activo o no, en su centro. El primer asiento de cada centro, se deberá registrar por tanto en relación al curso 2016- 2017.

 

Registro de Mediación escolar.

Registro de Mediación Escolar

 

La accesibilidad al Registro está abierto en cada sección de forma limitada, pudiendo acceder solo aquellas personas que lo tengan habilitado.