Programa Operativo Regional Canarias 2014-2020 Reprogramación REACT EU
Cofinanciado por el Fondo Social Europeo como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVID-19
El objeto de las presentes bases es regular la concesión de becas para el alumnado de centros docentes públicos que participe en proyectos de formación profesional dual autorizados por la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias para el curso académico 2022/2023, por el tiempo en que realiza la formación en la empresa u organismo equiparado.
El objeto específico de las becas es el tiempo efectivo de estancia formativa del alumnado en las empresas y organismos equiparados, en el marco de proyectos de formación profesional dual autorizados por la Administración educativa.
1. Para poder obtener la beca, el alumnado solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar matriculado en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias que participen en un proyecto de formación profesional dual de grado medio o superior autorizado para su desarrollo en el curso escolar 2022/2023.
b) Que a la finalización del curso 2022/2023, el alumno o alumna haya concluido, en la fecha establecida a tal efecto, su periodo de estancia formativa en todas las empresas (u organismos equiparados) colaboradoras que tenga asignadas en el proyecto de formación profesional dual, cumpliendo las obligaciones de horario y calendario.
En caso de no haber concluido la estancia formativa en una o varias de las empresas u organismos equiparados asignados, únicamente se podrá obtener la beca si el alumno o alumna acredita de forma suficiente, mediante certificado o informe médico comprensivo de todo el periodo de ausencia, que la misma ha obedecido a circunstancias de salud inhabilitantes para asistir a dicha formación. En tal caso, se abonarán exclusivamente las horas de asistencia efectiva.
El criterio anterior se aplicará de forma excepcional y será objeto de interpretación restrictiva.
c) Disponer de Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE).
d) Los requisitos generales para obtener la condición de personas beneficiarias de las subvenciones, establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. No podrá tener la condición de persona beneficiaria de las becas el alumno o alumna que no cumpla los requisitos anteriores o haya causado baja en la participación del proyecto de formación profesional dual en el curso escolar 2022/2023.
Fecha de publicación: 19/05/2023.
Las solicitudes de beca y la documentación adjunta correspondiente se presentarán a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el apartado específico correspondiente a esta convocatoria, ubicado en el siguiente sitio web: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/.
Plazo de presentación de solicitudes: 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.