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Criterios de admisión

Orden de prioridad cuando las solicitudes superan el número de plazas.

Cuando la demanda de puestos escolares sea superior a la oferta de plazas, la admisión del alumnado vendrá dada por el siguiente orden de prioridad:

  • Personas mayores de 18 años trabajadoras o desempleadas.
  • Personas mayores de 18 años escolarizadas.
  • Personas mayores de 16 años escolarizados o no.
  • Este grupo engloba a quienes son mayores de 16 años y no están incluidas en los dos grupos anteriores.
  • Personas mayores de 14 años que deseen estudiar un idioma distinto del que cursan como primera lengua extranjera en la educación secundaria obligatoria.

Para los casos de desempate, dentro de las personas solicitantes que pertenezcan al mismo grupo de prioridad, se empleará la letra que resulte del sorteo efectuado anualmente en la sede de la Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios.

Si en la solicitud se incluye más de una petición y no se obtiene plaza escolar en la primera de ellas, se aplicará el mismo orden de prioridad para las siguientes peticiones solicitadas.

Para la admisión en un segundo idioma es preciso que existan vacantes una vez admitidas todas las personas que lo solicitan como primer idioma.