Competencias
La Consejera o el Consejero de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, al ostentar la Jefatura del Departamento y por ello la superior jerarquía de los órganos del mismo, tiene las atribuciones enumeradas en la Ley 4/2023 de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias, en el artículo 29.1 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, así como las que se recogen en su Reglamento Orgánico y en las demás disposiciones vigentes y específicamente de carácter general las siguientes:
- Resolver los procedimientos de responsabilidad patrimonial en el ámbito funcional de la Consejería.
- Proponer al Gobierno la aprobación de las disposiciones, resoluciones y acuerdos en las materias atribuidas a la Consejería.
- Los encargos a medios propios personificados de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en los términos regulados en el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
- Disponer libramientos en concepto de aportaciones dinerarias con cargo a los presupuestos de la sección presupuestaria de la Consejería.
- Incoar y resolver los procedimientos sancionadores por las infracciones previstas en el artículo 69 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, cuando el responsable sea una entidad de las relacionadas en el artículo 3 de dicha norma, beneficiaria de fondos procedentes de los presupuestos del Departamento, dentro del marco y conforme a los principios de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- La tutela funcional de las actuaciones y las actividades realizadas por las sociedades mercantiles y fundaciones públicas dependientes del Departamento en materia de educación, universidades, cultura y deportes, así como ejercer el control funcional y de eficiencia, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Suscribir convenios y acuerdos con otras Administraciones, instituciones y entidades públicas o privadas relativos a planes, programas, servicios, actividades y medios relacionados con las áreas materiales de educación, universidades, cultura y deportes.
- Aprobar el plan estratégico de subvenciones.
- Establecer, impulsar o desarrollar los cauces de colaboración, cooperación, coordinación e información multilateral entre las Administraciones Públicas con competencias en materia de educación, universidades, cultura y deportes, de conformidad con lo establecido en las leyes.
- Las restantes competencias que vengan atribuidas por disposiciones legales o reglamentarias a la persona titular del Departamento, en materias de su competencia.
Competencias en materia de enseñanza no universitaria.
- Dirigir y ejecutar, bajo las directrices del Gobierno, la política educativa del Departamento.
- Proponer al Gobierno la actualización del Mapa Escolar de Canarias en el que se fija la distribución de centros, servicios y recursos además de la dotación esencial para cada uno de los territorios del archipiélago, así como el establecimiento de los criterios generales para la planificación general de las distintas enseñanzas.
- Establecer los criterios relativos a la ordenación académica, jurídica, económica y administrativa de los centros públicos de enseñanza no universitaria dependientes del Departamento, así como proponer al Gobierno, conjuntamente con la Consejería competente en materia de hacienda, la normativa sobre procedimiento de gestión económico-financiera de los mismos.
- Proponer al Gobierno de Canarias la creación y supresión de centros públicos de enseñanza no universitarios dependientes del Departamento.
- Conceder autorizaciones, ceses de actividades y modificaciones de centros de enseñanza privados.
- Suscribir acuerdos de cooperación con las Corporaciones locales de la Comunidad Autónoma para la creación, construcción y mantenimiento de centros públicos docentes cuyo funcionamiento depende del Departamento, así como para la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y la colaboración en enseñanzas de régimen especial, escuelas de música y danza, así como en todas aquellas actividades que puedan contribuir a mejorar la idoneidad del sistema educativo, aumentar el éxito escolar y favorecer el desarrollo socioeducativo.
- Proponer al Gobierno de Canarias los requisitos mínimos de infraestructura que deben reunir los centros escolares no universitarios, y la adopción de medidas para la eliminación de barreras arquitectónicas en dichos centros.
- Definir los criterios para que los centros y/o servicios educativos puedan participar en Programas Europeos, Programas de Cooperación Interterritorial, así como en todas aquellas colaboraciones nacionales e internacionales que se consideren necesarias.
- Convocar procedimientos selectivos de acceso a la Función Pública docente.
- Ordenar y regular la Inspección y Evaluación del Sistema Educativo.
- Proponer al Gobierno los criterios y las áreas prioritarias para el desarrollo y la innovación en educación no universitaria y fijar la estrategia que permita la mejora continua de la educación no universitaria.
- Resolver los procedimientos selectivos para ingreso y acceso a cuerpos docentes no universitarios en centros públicos, así como los procedimientos de adquisición de nuevas especialidades del personal docente no universitario.
- Resolver los procedimientos para la formalización de conciertos educativos, convenios y otorgamiento de subvenciones a las actividades que sean competencia del Departamento.
- Conceder las ayudas, subvenciones y transferencias a las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones constituidas por el alumnado y por sus padres y madres.
Competencias en materia de universidades:
- Dirigir y ejecutar, bajo las directrices del Gobierno, la política universitaria del Departamento.
- Proponer al Gobierno el modelo de financiación para su presentación ante el Parlamento, a los efectos de su aprobación o revisión y en consonancia con lo previsto en el marco presupuestario.
- Autorizar el inicio de actividades de las nuevas Universidades que se constituyan.
- Fomentar la calidad de las universidades canarias para alcanzar en todas y cada una de ellas el mayor nivel de excelencia posible.
Competencias en materia de cultura:
- La dirección de la política cultural y de patrimonio cultural del Departamento, estableciendo los criterios para su diseño y planificación.
- Proponer la aprobación de los planes sectoriales y de ámbito regional en materia de cultura y patrimonio cultural.
- Proponer al Gobierno de Canarias el homenaje anual para la celebración del Día de las Letras Canarias, así como acordar el otorgamiento de los premios por actividades culturales y deportivas de interés regional.
- Designar a la persona representante de la Comunidad Autónoma en el Consejo del Patrimonio Histórico Español, así como los miembros de la Comisión Mixta del Tesoro Documental y Bibliográfico de la Nación.
- Otorgar los certificados de obra y producción audiovisual canaria.
- La creación de museos públicos de ámbito insular.
- El ejercicio de la potestad sancionadora que expresamente le sea atribuida por disposición legal o reglamentaria.
Competencias en materia de deportes:
- La dirección de la política deportiva del Departamento, estableciendo los criterios para su diseño y planificación.
- Proponer la aprobación de los planes sectoriales y de ámbito regional en materia de deportes.
- El ejercicio de la potestad sancionadora que expresamente le sea atribuida por disposición legal o reglamentaria.