INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE COOKIES

Este portal web utiliza cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar su visita. Las cookies no se utilizan para recoger información de carácter personal. Usted puede permitir su uso o rechazarlo, también puede cambiar su configuración siempre que lo desee. Dispone de más información en nuestra Política de Cookies.

Evaluación, promoción y titulación

Orden de evaluación LOMLOE. [NUEVO]

  • BOC Nº 110. Jueves 8 de junio de 2023.

  • Orden de 31 de mayo de 2023, por la que se regulan de evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Infantil, la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Instrucciones sobre la evaluación, promoción y titulación en las etapas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, de aplicación en el curso escolar 2022-2023.

Regulación de la evaluación, la promoción y la titulación en Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, hasta la implantación de las modificaciones introducidas por la LOMLOE.

La Orden que regula la evaluación de la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria es la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Evaluación

La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado que cursa la Educación Secundaria Obligatoria será continua, formativa e integradora, así como diferenciada en las distintas materias.

Los criterios de evaluación de las materias y los ámbitos serán el referente para la evaluación de estas y para la comprobación conjunta del grado de desarrollo y adquisición de las competencias y de los objetivos de la etapa.

Los resultados de la evaluación de las materias de la Educación Secundaria Obligatoria se expresarán en los siguientes términos:

  • Insuficiente: 1, 2, 3 o 4
  • Suficiente: 5
  • Bien: 6
  • Notable: 7 u 8
  • Sobresaliente: 9 o 10


Los resultados de la evaluación sobre el grado de desarrollo y adquisición de las competencias se consignarán en los siguientes términos: Poco adecuado, Adecuado, Muy adecuado y Excelente.

En el proceso de evaluación, cuando el progreso de un alumno o una alumna en una materia o en un ámbito, o en una competencia, no sea el adecuado, el profesorado o el equipo docente, con la colaboración del departamento de orientación, establecerá las medidas de apoyo y orientación que consideren pertinentes para reforzar los procesos de aprendizaje y de enseñanza, favoreciendo la inclusión del alumnado.

Promoción.

Al finalizar cada uno de los cursos y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente, con el asesoramiento del departamento de orientación, tomará de forma colegiada, las decisiones sobre la promoción del alumnado teniendo en cuenta el logro de los objetivos de la etapa y el grado de desarrollo y adquisición de las competencias.

Las decisiones sobre la promoción del alumnado tendrá en consideración tanto las materias superadas como las no superadas del propio curso y de los anteriores.

La repetición será una medida de carácter excepcional. Antes de adoptar esta medida se arbitrarán medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje del alumnado.

Titulación.

Los alumnos y las alumnas que hayan obtenido una evaluación, bien positiva en todas las materias, o bien negativa en un máximo de dos, siempre que estas no sean de forma simultánea Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas, obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Rúbricas.

Las rúbricas describen el resultado de la evaluación de los aprendizajes que establecen los criterios de evaluación de las materias y constituyen, por lo tanto, una referencia común para orientar y facilitar la evaluación objetiva de todo el alumnado y para la comprobación conjunta del grado de desarrollo y adquisición de las competencias.

 - Rúbricas de la ESO - LOMCE.

Instrucciones.

Normativa relacionada.

  • BOE n.º 75, de 29 de marzo de 2023. Real Decreto 205/2023, de 28 de marzo, por el que se establecen medidas relativas a la transición entre planes de estudios, como consecuencia de la aplicación de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • BOE n.º 275, de 17 de noviembre de 2021Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional.
  •  BOC Nº 218, de 12 de Noviembre de 2018. Resolución de 24 de octubre de 2018, por la que se establecen las rúbricas de los criterios de evaluación de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, para orientar y facilitar la evaluación objetiva del alumnado en la Comunidad Autónoma de Canarias.
  •  BOE n.º 51, de 28 de febrero de 2019 Orden EFP/196/2019, de 26 de febrero, por la que se regulan las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2018/2019
  •  BOE n.º 27, de 30 de enero de 2018. Orden ECD/93/2018, de 1 de febrero, por la que se corrigen errores en la Orden ECD/65/2018, de 29 de enero, por la que se regulan las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2017/2018.
  •  BOE n.º 27, de 30 de enero de 2018. Orden ECD/65/2018, de 29 de enero, por la que se regulan las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2017/2018.
  • Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE n.º 106, de 4 de mayo).
  • Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria (BOE n.º 238, de 1 de octubre)
  • BOE n.º 298, de 10 de diciembre de 2016Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
  • BOE nº 132. de 3 de junio de 2017.Real Decreto 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las condiciones para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
  • BOE n.º 183, de 30 de julio de 2016. Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato.
  • BOE n.º 252, de 28 de febrero de 2009. Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación secundaria obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza.
  • BOC n.º 108, de 2 de junio de 2008.Orden de 22 de abril de 2008, por la que se regula el procedimiento de gestión administrativa de los documentos oficiales de evaluación en los centros docentes que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad Autónoma de Canarias, y se establecen los modelos para la Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.