Certificados de publicaciones de Educación y de los Centros del Profesorado

Solicitud de certificados de las publicaciones de la Consejería y de los Centros del Profesorado.

Información general.

  • Descripción

Si necesita que la Consejería le expida el certificado de una publicación editada por la Consejería o opor los Centros del Profesorado, de la que es autor o coautor, o cualquier otra mención de responsabilidad, debe presentar el formulario de solicitud debidamente cumplimentado en cualquier Oficina de registro o a través del Registro General Electrónico del Gobierno de Canarias.

  • Plazo de presentación de la solicitud

Los certificados de las publicaciones se pueden solicitar en cualquier día laboral del año.

  • Documentación

Deberá presentar el formulario de solicitud con registro de entrada. Es importante que cumplimente correctamante sus datos personales - especialmente: nombre, número de DNI, teléfono y correo electrónico de contacto- y los de la publicación que quiera certificar: título del libro, CD, DVD, revista, etc.; nombre del artículo, capítulo, etc. Presente solo el formulario de solicitud, y si fuera necesario la administración le requerirá información o documentación complementaria.

Los datos de la solicitud deben ser legibles; tenga en cuenta que la impresición o errores en los datos que aporta puede retrasar e incluso imposibilitar la expedición del certificado. Los datos personales deben coincidir con los de la publicación.

  • Emisión del certificado

Una vez recibida la solicitud en el servicio de publicaciones, y si no existen errores o contradicciones de los datos aportados por el solicitante y los que obran en la Consejería, el certificado se remitirá al correo electrónico que el solicitante haya indicado en el formulario de solicitud, generalmente en el plazo de las 48 horas siguientes. Tenga en cuenta que el certificado enviado está firmado digitalmente y que puede ser impreso o adjuntado electrónicamente en los diferentes procedimentos de la Consejería en los que se aporta dicho certificado como mérito.

  • Notas aclaratorias
  1. Los certificados de las publicaciones no se incluyen en el Porfolio de Formación. En este aplicativo solo se muestran los certificados relacionados con la formación del profesorado.
  2. Tenga en cuenta que los certificados deben ser emitidos por la editorial que ha publicado dicha publicación. La Consejería solo puede emitir certificados de las publicaciones que han sido editadas por la propia Consejería.

Condiciones para la certificación.

Para poder emitir el certificado es necesario que las referencias de la publicación estén en la base de datos de publicaciones de la Consejería, si se trata de una publicación en soporte de papel. Para poder comprobar que la publicación está en la base de datos de publicaciones de la Consejería, consúltelo en el siguente buscador:

- Buscador de publicaciones.

Si la publicación ha sido editada en formato digital (revistas de los Centros del Profesorado, revista SITÚATE, ediciones digitales de la Consejería), debe de estar, además, en una base de datos de reconocido prestigio que también asigne a las publicaciones el DOI (Digital Object Identifier). La Consejería utiliza para este fin la Red de Información Educativa -REDINED-  del Ministerio de Educación y Formación Profesional, a la que se puede acceder a través de la URL: http://redined.mecd.gob.es/xmlui/

Antes de solicitar un certificado es conveniente que compruebe que su publicación (libro, artículo de revista, etc.) está catalogada en dichas bases de datos y que los datos sean correctos.

Si encuentra algún error u omisión de datos puede enviarnos un correo electrónico a: webmaster.educacion@gobiernodecanarias.org.

Los puntos que deben contener los certificados de publicaciones para que sean válidos vienen definidos en las convocatorias de los procedimientos en los que esté establecido como mérito las publicaciones (concursos de traslados, procesos selectivos, …). Normalmente se especifica en el apartado Otros méritos (Publicaciones) de las convocatorias antes citadas.

En las diferentes convocatorias de concursos de traslados y procesos selectivos pueden variar los requerimientos de los certificados de publicaciones. Compruebe que los certificados de publicaciones con los que Ud. cuenta se adaptan a los requerimientos de la convocatoria. En caso de que estos hayan cambiado, solicite de nuevo un certificado actualizado.

Condiciones para la valoración.

Es importante conocer que la valoración de los certificados que Ud. aporte en la documentación de los diferentes procedimientos (concursos de traslados, procesos selectivos u oposiciones, convocatorias de acceso al cuerpo de catedráticos...) en los que esté establecido como mérito las publicaciones, no solo depende de la presentación de dicho certificado; es decir, la presentación del certificado no presupone la valoración de dicha publicación como mérito.

Las condiciones para la valoración se establecen en las convocatorias de estos procedimientos (concursos de traslados, procesos selectivos u oposiciones, convocatorias de acceso al cuerpo de catedráticos...), normalmente en el apartado Otros méritos (Publicaciones). Este apartado establece, además de la información que deben contener los certificados para que sean válidos, la relación de documentos justificativos que se deben aportar.

También, además del certificado y los documentos justificativos, en la misma convocatoria, normalmente en la disposición Otros méritos (Publicaciones), se especifican las condiciones para que las publicaciones puedan ser valoradas y baremadas, y por tanto se les asigne la puntuación correspondiente, según la tabla que se indica. Es decir, las comisiones de valoración que se crean para baremar los diferentes méritos de los procedimientos (concursos de traslados, procesos selectivos u oposiciones, convocatorias de acceso al cuerpo de catedráticos...) se basan en estos criterios para determinar si una publicación es objeto de valoración y, en caso afirmativo, baremarla con la puntuación que le corresponde a dicho mérito.

Normativa.

Normativa sobre la expedición de certificados, copias compulsadas, copias selladas y copias auténticas de documentos.

La solicitud y expedición de certificados a Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias está regulado por la siguiente normativa:

Ayuda y asesesoramiento.

Para cualquier consulta sobre los certificados de las publicaciones puede enviarnos un correo electrónico a: webmaster.educacion@gobiernodecanarias.org