(Art. 64, la formación lingüística y metodológica en lenguas extranjeras: art. 4.9, formación en el uso de tecnologías de la información, la comunicación y el uso de los nuevos entornos de aprendizaje: art. 24.2, Plan Estratégico de Atención a la Diversidad: art. 43 d), la formación del profesorado para promover la igualdad de oportunidades entre ambos sexos desde la escuela: disposición adicional 18º).
(Competencias del Claustro del profesorado: art. 21 k y j, competencias de la CCP: art. 25 e, contenido del Proyecto Educativo: art. 39.3 l, contenido de la PGA: art. 42.2 d)