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Objetivos y características

Formación en Centros de Trabajo (FCT).

Objetivos

Es importante conocer cuáles son los objetivos que se persiguen en la Formación en Centros de Trabajo (FCT) para el alumnado:

 

 

  • Completar la adquisición por el alumnado de la competencia profesional conseguida en el centro educativo.
  • Contribuir al logro de las finalidades generales de la Formación Profesional.
  • Evaluar los aspectos más relevantes de la competencia profesional adquirida por el alumnado y, en particular, acreditar aquellos aspectos de la competencia requerida en el empleo, que no pueden comprobarse en le centro docente por exigir situaciones reales de producción.
  • Adquirir el conocimiento de la organización productiva correspondiente al sector profesional y del sistema de relaciones sociolaborales de los centros de trabajo, con el fin de facilitar su futura inserción profesional.

Características

  • Tiene carácter obligatorio para el alumnado.
  • Es indispensable para la obtención del título académico.
  • Está sujeta a programación.
  • La relación entre la entidad colaboradora y el alumno o alumna no tendrá en ningún caso naturaleza laboral ni contractual de ningún tipo.
  • No da derecho ni está permitido ningún  tipo de  retribución o  gratificación para el alumnado. El incumplimiento de esta norma conlleva automáticamente la anulación del concierto con la empresa y la evaluación negativa del módulo.
  • No permite a la entidad colaboradora cubrir, ni siquiera con carácter interino, ningún puesto de trabajo en plantilla con el alumno o alumna.
  • Durante su realización el alumno o alumna estará sujeto a las normas internas del centro de trabajo, a la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, y al régimen disciplinario previsto para el alumnado de los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias (Decreto 114/2011, de 11 de mayo).
  • El régimen de cobertura de accidentes de los alumnos y las alumnas durante la realización del módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT), será el establecido por la normativa vigente en materia de seguro escolar (Decreto 2078/1971, de 13 de agosto). Asimismo, hay suscrito un seguro adicional por parte de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos para mejorar indemnizaciones, en los casos de incapacidad, fallecimiento, daños a terceros y daños materiales.