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Medidas de atención a la diversidad en Bachillerato

Las adaptaciones curriculares para alumnado de Bachillerato están recogidas en la Orden de 13 de diciembre de 2010, por la que se regula la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en la Comunidad Autónoma de Canarias, (BOC n.º 150, de 22 de diciembre de 2010).

Según la orden anterior, en Bachillerato se podrán realizar adaptaciones que impliquen modificaciones del currículo ordinario, pero que no afecten a las capacidades expresadas en los objetivos imprescindibles para conseguir la titulación que corresponda.

 

Exenciones.

Según el Artículo 32 de la Orden de 13 de diciembre de 2010 (BOC n.º 250, de 22 de diciembre de 2010), la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa establecerá las condiciones para la exención parcial en determinadas materias del Bachillerato que, con carácter general, sólo se autorizará para los alumnos y alumnas con discapacidad auditiva, visual o motora.

Promoción del alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE).

En aplicación de lo establecido en la disposición adicional quinta del Decreto 187/2008, de 2 de septiembre (BOC n.º 185, de 16 de septiembre), por la que se establece la ordenación del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Canarias, la permanencia de cuatro años en régimen ordinario a la que se refiere el apartado 2 del artículo 1 del citado Decreto podrá ampliarse en dos años para el alumnado con NEE. Asimismo, según la Orden de 13 de diciembre de 2010 (BOC n.º 250, de 22 de diciembre de 2010), para favorecer el acceso al currículo, el centro educativo podrá solicitar a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, la fragmentación en bloques de las materias de esta etapa educativa.

Titulación del alumnado de Bachillerato con NEAE.

Según el Artículo 34 de la Orden de 13 de diciembre de 2010 (BOC n.º 250, de 22 de diciembre de 2010), el alumnado con discapacidad auditiva visual o motora que curse el Bachillerato con exención parcial en algunas de las materias que lo componen y que hubiera obtenido calificación positiva, tanto en éstas como en las restantes materias, será propuesto para la expedición del Título de Bachiller.


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