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Subvenciones

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 Subvenciones-Garantia-Juvenil-2024

Subvenciones 2026 destinadas a financiar la contratación laboral en prácticas de personas jóvenes desempleadas inscritas en Garantía Juvenil - Dirección General de Juventud


› Convocatoria publicada en el BOC de 5 de junio de 2026 

› Solicitudes por sede electrónica hasta el 25 de junio de 2026

Objeto

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto establecer las condiciones que han de regir la concesión de subvenciones en el año 2026, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar la contratación laboral de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, para la obtención de una práctica profesional vinculada al desarrollo de proyectos de interés público y social destinados a la juventud, que presenten las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro en la Comunidad Autónoma de Canarias, susceptibles de ser cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el ámbito del nuevo marco financiero plurianual 2021-2027 (Fondo Social Europeo Plus FSE+).

Finalidades

1. La línea de subvenciones objeto de las presentes bases persigue las siguientes finalidades:

a) Fomentar la contratación laboral para la obtención de una práctica profesional de las personas jóvenes con titulación universitaria, de formación profesional, inscritas en situación de beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, para la realización de tareas y funciones acordes a su perfil formativo y derivadas del desarrollo de proyectos de interés público y social destinados a jóvenes de Canarias.

b) Facilitar a las personas jóvenes desempleadas una experiencia laboral de calidad, adecuada a su nivel de estudios, que les dé la oportunidad de ejercer las competencias, conocimientos y habilidades adquiridas durante su formación académica.

c) Sufragar los gastos de gestión administrativa de los contratos laborales suscritos y gastos de publicidad inherentes al proyecto:

- Se consideran gastos de gestión administrativa los correspondientes a la elaboración del contrato laboral, alta y baja en la Seguridad Social, gestión mensual de nóminas, elaboración de Relación Nominal de Trabajadores (RNL) y Recibos de Liquidación de Cotizaciones (RLC), modelo 111, modelo 190 y similares e Informe de Datos de Cotización (IDC) y otros gastos necesarios para la gestión administrativa de los contratos.

- Se entiende por gastos de publicidad los necesarios para cumplir las obligaciones de difusión de las acciones y actividades a desarrollar en cumplimiento de la normativa comunitaria de aplicación.

2. A los efectos de la presente Orden, entenderemos por proyectos de interés público y social dirigidos mayoritariamente a personas jóvenes de 12 a 30 años, aquellos dirigidos a conseguir objetivos y desarrollar medidas incluidas en los sectores de actuación de las políticas transversales de juventud que se detallan en la Ley 2/2023, de 1 de marzo, de Políticas de Juventud de Canarias, concretamente en el artículo 44. 

Entidades beneficiarias y personas destinatarias finales de las subvenciones.

1. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases las entidades que se señalan a continuación:

a) Fundaciones públicas y privadas sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro de Fundaciones de Canarias o en cualquier registro siempre que tengan sede o delegación permanente en Canarias.

b) Asociaciones/entidades sin ánimo de lucro y las federaciones de estas, inscritas en el Registro de Asociaciones de Canarias o en otros registros siempre que tengan sede o delegación permanente en Canarias.

c) Entidades sin ánimo de lucro constituidas legalmente e inscritas en el registro específico que corresponda, siempre que tengan sede o delegación permanente en Canarias, quedando excluidos los partidos políticos y las organizaciones sindicales.

2. Serán destinatarias de las subvenciones las personas jóvenes desempleadas entre 18 y menores de 30 años con titulación universitaria, de formación profesional, inscritas como beneficiarias en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que resulten contratadas para el desarrollo de los proyectos presentados por las entidades beneficiarias de las subvenciones.

3. No podrán ser destinatarias de las subvenciones las personas jóvenes que ya lo hubieran sido en las convocatorias efectuadas en los años 2023, 2024 y 2025.

Requisitos de las entidades beneficiarias.

1. Para ser beneficiarias de las subvenciones, las entidades deberán cumplir, con carácter general, los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro administrativo correspondiente al menos con dos años de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones en el Boletín Oficial de Canarias.

Se entenderá cumplido el requisito, en el supuesto de entidades de nueva creación legalmente inscritas en el registro administrativo correspondiente, si en su constitución participa o ha participado una entidad constituida legalmente con anterioridad, cuando se subrogasen en los derechos y obligaciones y asumieran parte del objeto o fin social de la originaria o cuando se hubiese constituido producto de la transformación o fusión de entidades anteriormente constituidas. En todo caso, las entidades originarias deberán ser entidades privadas sin ánimo de lucro y tener dos años de antigüedad en su correspondiente inscripción a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente convocatoria.

b) Que la entidad tenga entre sus fines la realización de actuaciones relacionadas con los sectores de actuación de las políticas transversales de juventud enunciados en la Ley 2/2023, de 1 de marzo, de Políticas de Juventud de Canarias.

c) Que tenga en su ámbito de actuación la Comunidad Autónoma de Canarias.

2. No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades que incurran en alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Requisitos del proyecto

1. Para ser admitidos, los proyectos deberán cumplir, dejando constancia de ello, con los requisitos establecidos en los criterios de selección de operaciones del Programa FSE+ 2021-2027 Canarias (Metodología, procedimiento y criterios de selección de operaciones versión 2.0 aprobado por el Comité de Seguimiento el 14 de abril de 2025) y las normas de elegibilidad del FSE+, así como con lo señalado a continuación:

a) Los proyectos presentados deberán ser de interés público y social de acuerdo con lo establecido en la base segunda, punto 2, y estar dirigidos a personas jóvenes de Canarias con edades comprendidas entre 12 y 30 años, de forma exclusiva, o que les incluya de forma significativa (por encima de un 60%) entre una pluralidad de personas destinatarias.

b) El proyecto deberá incluir y desarrollar todos los apartados y contenidos contemplados en el modelo de proyecto previsto en el Formulario 2 de las presentes bases.

c) El ámbito territorial en el que se desarrollará el proyecto será la Comunidad Autónoma de Canarias, pudiendo ser este municipal, insular o regional.

d) La ejecución del proyecto deberá estar vinculada y debidamente justificada a la contratación laboral de una persona joven como mínimo y dos como máximo inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

e) El proyecto deberá tener una duración única de 12 meses, cuya ejecución se iniciará en el ejercicio 2026 y finalizará en el 2027.

f) En el proyecto se deberá especificar el título universitario o de formación profesional de grado medio o superior, o de títulos oficialmente reconocidos como equivalentes de acuerdo con el sistema educativo vigente que deben poseer las personas jóvenes con las cuales se pretenda concertar el contrato formativo para la adquisición de una práctica profesional.

g) Para la ejecución del proyecto, la entidad deberá designar a una persona responsable, avalada por su experiencia profesional o por su trayectoria de voluntariado, para coordinar y apoyar el trabajo que deban realizar las personas jóvenes contratadas.

h) El proyecto ha de contribuir a la consecución del objetivo redactado en la base reguladora primera, cumplir con todos los requisitos redactados en las presentes base e ir destinado a un perfil de participante que cumple los requisitos redactados en la base octava.

i) Sin perjuicio de la obligación de respetar la normativa que resulte de aplicación en las distintas fases de ejecución de los proyectos, las entidades beneficiarias, con carácter general, deberán utilizar criterios transparentes y no discriminatorios, que garanticen la accesibilidad a las personas con discapacidad y la igualdad de género y que tengan en cuenta la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el principio de desarrollo sostenible y la política de la Unión Europea en materia de medio ambiente de conformidad con el artículo 11 y el artículo 191, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

j) La perspectiva de género debe estar presente desde el principio hasta el fin del proyecto, de manera transversal en cada una de las fases, es decir, en su diagnóstico, en la formulación de objetivos y planificación de actuaciones, en su ejecución y en su seguimiento y evaluación.

k) El proyecto deberá Incluir medidas que garanticen la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos sus apartados.

l) Los proyectos que se presenten a esta convocatoria deberán integrar de manera obligatoria, real y transversal, la perspectiva de género en todos sus apartados, incluyéndose necesariamente en la justificación, los objetivos, la metodología, las actividades, los indicadores de seguimiento y la evaluación, de conformidad con los principios horizontales de igualdad entre mujeres y hombres establecidos en la normativa europea, estatal y autonómica de aplicación. A estos efectos, los proyectos deberán:

1. Incorporar un análisis con perspectiva de género, identificando las posibles desigualdades, necesidades diferenciadas o impactos específicos por razón de sexo y género en la población destinataria.

2. Desagregar por sexo y género todos los datos e indicadores relevantes, tanto de diagnóstico como de ejecución y resultados.

3. Diseñar, en su caso, objetivos, actuaciones e indicadores específicos de igualdad, así como acciones positivas dirigidas a prevenir o corregir desigualdades y sesgos de género en el acceso, desarrollo y resultados del proyecto.

4. Evaluar los resultados e impactos del proyecto desde una perspectiva de género, valorando su contribución efectiva a la igualdad entre mujeres y hombres.

5. Acreditar el cumplimiento de las obligaciones legales en materia de igualdad, incluyendo, cuando resulte exigible conforme a la normativa vigente, la existencia y aplicación efectiva de planes de igualdad y protocolos de prevención y actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral.

2. La integración de la perspectiva de género tendrá carácter de requisito obligatorio y transversal, no pudiendo ser considerada como un criterio valorable de forma independiente ni objeto de puntuación específica.

La ausencia, insuficiencia o incorporación meramente formal de la perspectiva de género en cualquiera de los apartados del proyecto, así como el incumplimiento de las obligaciones descritas en esta base, determinará la inadmisión o desestimación del proyecto, sin que proceda su valoración parcial ni la subsanación de este requisito.

3. Quedan excluidos del ámbito de esta convocatoria los proyectos asociados a la realización de prácticas no laborales u otras alternativas de adquisición de experiencia laboral que no supongan una contratación laboral bajo la modalidad prevista en el artículo 11.3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

4. Los proyectos que no cumplan estos requisitos no serán valorados y serán desestimados, sin más trámite.

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Convocatorias cerradas

Subvenciones 2025 destinadas a financiar la contratación laboral en prácticas de personas jóvenes desempleadas inscritas en Garantía Juvenil - Dirección General de Juventud Desplegar
Subvenciones 2024 destinadas a la realización de proyectos de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del IRPF. Desplegar
Subvenciones destinadas a financiar en 2024, la contratación laboral en prácticas de personas jóvenes desempleadas inscritas en Garantía Juvenil - Dirección General de Juventud Desplegar
Ayudas a la promoción y fomento de la participación juvenil en Canarias - Fundación Canaria de Juventud Ideo. Desplegar
Subvenciones destinadas a financiar en 2023, la contratación laboral en prácticas de personas jóvenes desempleadas inscritas en Garantía Juvenil Plus - Dirección General de Juventud Desplegar
Campos de Voluntariado Juvenil. Convocatoria cerradaDesplegar
Subvenciones 2019 destinadas a la Promoción y Fomento de la calidad de vida de la juventudDesplegar
Integración SocialDesplegar
Prevención, Tratamiento y Recuperación de Jóvenes con Trastornos de la Conducta AlimentariaDesplegar