MOVIMIENTO DE ANIMALES

Los movimientos de animales con carácter comercial, o los que, pese a no tener carácter comercial, lo necesiten en función de la especie que se transporte deberán contar con una autorización sanitaria emitida por la Dirección General de Ganadería.

El documento deberá solicitarse directamente a esa Dirección General o a través de las Agencias de Extensión Agraria pertenecientes a los Cabildos insulares. Deberá aportarse la siguiente información: 

  • Explotación registrada de origen del movimiento.

  • Explotación registrada del destino del movimiento.

  • Número y tipo de animales implicados en el movimiento, así como su identificación individual en el caso de que sea preceptiva.

Este tipo de autorización sanitaria varía en función del destino de los animales.

  • Desplegar Movimientos dentro de la Comunidad Autónoma

  • Desplegar Movimientos hacia otras comunidades autónomas

  • Desplegar Movimiento hacia otros países miembros de la UE

  • Desplegar Movimiento hacia terceros países no miembros de la UE

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