Cargo público

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Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria

Consejero

Excmo. Sr. D. Alejandro Narvay Quintero Castañeda

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Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria

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Excmo. Sr. D. Alejandro Narvay Quintero Castañeda

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La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria asume las competencias que estaban atribuidas a la Consejería de Agricultura, Ganadería, y Pesca. El Consejero o Consejera de Agricultura, Ganadería y Pesca, como órgano superior de dirección y titular del departamento, ejerce las atribuciones establecidas en el Reglamento Orgánico en vigor y cualesquiera otras asignadas por las disposiciones vigentes. Corresponden además al Consejero o Consejera, las siguientes funciones: - Dirigir y coordinar las distintas áreas materiales de la Consejería y aprobar los planes y programas de actuación sobre las mismas, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros organismos. - Aprobar las disposiciones de carácter general necesarias para la aplicación de la Política Agrícola Común (PAC) y la Política Pesquera Común (PPC). - Aprobar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones financiadas por la Unión Europea, no consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias. - Convocar las subvenciones a que se refiere el apartado c) anterior, a excepción de aquellas cuya concesión corresponda, por razón de la materia, al Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria. - Imponer sanciones, según prevea la legislación vigente, por infracciones muy graves, a excepción de las de subvenciones y las reservadas al Gobierno de Canarias. - Ejercer la potestad expropiatoria en el ámbito funcional de la Consejería. - Iniciar y resolver los procedimientos de revisión de oficio y de declaración de lesividad en el ámbito funcional de la Consejería, a excepción de los de subvenciones. - Iniciar y resolver los procedimientos de responsabilidad patrimonial en el ámbito funcional de la Consejería, cuya competencia no esté atribuida a otros órganos. - Participar, cuando sea procedente, en la discusión y elaboración de acuerdos, convenios y tratados en materia de agricultura, ganadería, pesca y alimentación, que afecten a la Comunidad Autónoma de Canarias, en coordinación con la Presidencia del Gobierno, así como dirigir y coordinar la ejecución de los mismos. - Aprobar el plan estratégico de subvenciones en las áreas materiales que tiene encomendadas. - Aprobar el Plan de Innovación y Mejora Continua, con carácter anual o plurianual. - Convocar y conceder los premios agrarios, pesqueros y alimentarios. - Los encargos a los entes, organismos y entidades que tengan la consideración de medios técnicos propios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, no atribuidos por este Reglamento al resto de órganos superiores del Departamento. Funciones de carácter específico: En materia de calidad agroalimentaria diferenciada, y sin perjuicio de las atribuidas a otros órganos por las disposiciones vigentes: - Aprobar los Estatutos de los Consejos Reguladores de las denominaciones de origen de Canarias. - Aprobar las normas técnicas específicas de los sistemas agrícolas de producción integrada de Canarias. En materia agraria: - Adoptar las medidas fitosanitarias y zoosanitarias cautelares de salvaguarda de carácter general previstas respectivamente en la legislación de sanidad vegetal y animal. - Declarar las áreas libres de plagas o enfermedades, así como la existencia o extinción de las mismas. - La creación de registros agrarios y agroalimentarios establecidos en una norma legal o de derecho comunitario, así como la regulación del procedimiento de inscripción, modificación y cancelación. - Aprobar las normas complementarias reguladoras de la inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitarios (ROPO). - Aprobar las normas complementarias para la obtención del carné de usuarios profesionales de productos fitosanitarios. - Aprobar las reglamentaciones específicas de los libros genealógicos de razas canarias. - Proponer al Gobierno de Canarias la creación, transformación y supresión de las Escuelas de Capacitación Agraria. - Aprobar la ampliación y clasificación de las Escuelas de Capacitación Agraria, así como regular la actividad docente en las mismas, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros organismos. - Convocar la asignación de cantidades de referencia no asignadas a ningún productor de plátanos conforme a lo establecido en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias. - Proponer a la Administración del Estado, en materia de reforma y desarrollo agrario, la declaración de obras de interés general. - Proponer al Gobierno de Canarias las normas sobre la política hidráulica-agrícola, orientaciones productivas y, en general, las que aseguren la mejor ordenación y aprovechamiento de los recursos de aguas y tierra, en coordinación con otros órganos competentes en la materia. En materia pesquera: - La regulación de las actividades pesqueras extractivas de carácter experimental o temporal. - El acotamiento de zonas de pesca y marisqueo, estableciendo su normativa específica. - La regulación de las tallas mínimas de las especies pesqueras y marisqueras permitidas y, en su caso, el volumen máximo de capturas de estas. - Otorgar concesiones y autorizaciones de explotaciones e instalaciones para establecimientos marisqueros y, en general, para el ejercicio de actividades extractivas. - Aprobar con carácter provisional el Plan Regional de Ordenación de la Acuicultura, así como proponer al Gobierno la aprobación del Plan definitivo. - Autorizar o prohibir, con carácter excepcional y por razones de urgencia relacionadas con la protección de los recursos pesqueros u otras que redunden en la mejora de la situación del sector pesquero o de dichos recursos, determinadas modalidades o artes de pesca. - Establecer las directrices por las que habrán de regirse las cofradías de pescadores y sus federaciones cuando desarrollen funciones de consulta y colaboración con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. - Aprobar la creación, disolución o fusión de las cofradías de pescadores y sus federaciones, así como establecer en el caso de disolución el procedimiento de liquidación. - Proponer al Gobierno de Canarias la creación, transformación y supresión de los Institutos de Formación Profesional Marítimos Pesqueros. - Aprobar la ampliación y clasificación de los Institutos de Formación Profesional Marítimos Pesqueros, así como regular la actividad docente en los mismos, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros organismos. - Regular las convalidaciones de los títulos correspondientes a las enseñanzas subacuáticas.

Marco legal

• Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias

• Ley 14/1990, de 26 de julio (BOC nº 96, de 01.08.90), de Regimen Jurídico de las Administraciones Publicas de Canarias

• DECRETO 329/2023, de 1 de agosto, (BOC nº 152 de 2 de agosto), que modifica y corrige errores del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

• Decreto 47/2023, de 17 de julio (BOC nº140 de 18.07.2023), del Presidente, por el que se modifica el Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, y se determina la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.

• Decreto 123/2023, de 17 de julio (BOC nº 140 de 18.07.2023) , por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

• Decreto 41/2023, de 14 de julio (BOC nº 138 de 15.07.2023), del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías.

• Decreto 24/2020, de 11 de marzo (BOC nº 59 de 25.03.2020), por el que se modifica el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por Decreto 110/2018, de 23 de julio.

• Decreto 110/2018, de 23 de julio (BOC nº 147, de 31.07.2018), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

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