Atención domiciliaria y aulas hospitalarias

¿Qué son las aulas hospitalarias?

Las aulas hospitalarias consisten en unidades escolares ubicadas en recintos hospitalarios para la atención educativa del alumnado de Educación Infantil y enseñanza básica que permanecen hospitalizados.

El programa de intervención contemplará prioritariamente el apoyo a las actividades escolares que correspondan y, además, podrán llevar a cabo programas de ajuste personal, social y afectivo.

El profesorado de estos centros sanitarios se coordina periódicamente con los centros educativos que escolaricen o vayan a escolarizar a este alumnado, garantizando la coordinación y seguimiento con el equipo docente de dicho centro escolar.

¿Qué es la atención domiciliaria?

La atención domiciliaria proporciona respuesta educativa en su domicilio al alumnado de Educación Infantil y enseñanza básica con algún tipo de enfermedad prolongada que le impide acudir al centro educativo y que no está hospitalizado.

Cuando un alumno o alumna requiera permanecer de forma prolongada en su domicilio a causa de una enfermedad, se actuará de la siguiente manera:

  1. El centro, previa petición de la familia, solicitará la atención domiciliaria a la Dirección General de Ordenación, Innovación y Calidad.
  2. A la solicitud se acompañará la documentación médica que acredite que el alumno o la alumna no puede asistir a su centro educativo durante 30 o más días naturales.
  3. El alumno o alumna será atendido en su domicilio, en horario de tarde, por profesorado de apoyo. Dicho profesorado será preferentemente del mismo centro, si existieran voluntarios, o de otros centros, si no los hubiera.
  4. Deberá existir la adecuada coordinación entre el profesorado tutor y el de apoyo domiciliario.
  5. Después de terminada la atención domiciliaria por recuperación del alumno o alumna, el centro escolar comunicará tal extremo a la Dirección General de Ordenación, Innovación y Calidad.

RESOLUCIÓN - N.º: 1248/2022 - Tomo: 1 - Libro: 583 - Fecha: 07/10/2022.

Resolución de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Calidad por la que se corrige error material en la resolución n.º 1002/2022 de 28 de julio, por la que se dictan instrucciones para la organización y funcionamiento de la respuesta educativa al alumnado de la Educación Infantil, la Enseñanza Básica y el Bachillerato, que asiste a las Aulas Hospitalarias y Centros Terapéuticos sostenidos con fondos públicos, en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Puede solicitar este servicio a través de la Sede electrónica del Gobierno de Canarias para  alumando de Educación Infantil, de Enseñanza Básica y de Bachillerato al alumnado que no pueda asistir al centro educativo por prescripción médica por un periodo superior a treinta días.

Plazo de presentación: Periodo lectivo del calendario académico.

 

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Atención educativa hospitalaria y domiciliaria
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