El acceso a las enseñanzas oficiales conducentes al Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Música requerirá estar en posesión del título de Bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, o estar en posesión de un título de enseñanzas artísticas superiores, título universitario o título de Técnico Superior, así como la superación de una prueba específicas a la que se refiere los artículo 54 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
Quienes deseen inscribirse en las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores deberán acompañar a su solicitud de inscripción los siguientes documentos:
a) Quienes estén en posesión del título de Bachiller o equivalente deberán adjuntar una fotocopia del mismo o del justificante de haber abonado sus derechos de expedición, o de la certificación académica oficial expedida por el centro correspondiente de haber superado las enseñanzas de bachillerato.
b) Quienes hayan superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años presentarán fotocopia de la certificación que lo acredite.
c) Quienes estén en posesión de un título de enseñanzas artísticas superiores deberán adjuntar una fotocopia del mismo o del justificante de haber abonado sus derechos de expedición, o de la certificación académica oficial expedida por el centro correspondiente de haber superado dichas enseñanzas.
d) Quienes estén en posesión de un título universitario deberán adjuntar una fotocopia del mismo o del justificante de haber abonado sus derechos de expedición, o de la certificación académica oficial expedida por el centro correspondiente de haber superado dichas enseñanzas.
e) Quienes estén en posesión de un título de Técnico Superior deberán adjuntar una fotocopia del mismo o del justificante de haber abonado sus derechos de expedición, o de la certificación académica oficial expedida por el centro correspondiente de haber superado dichas enseñanzas.
f) Quienes hubieran superado la prueba de acceso para aspirantes sin requisitos académicos, establecida en el Anexo I de la Resolución de 25 de mayo de 2011, deberán presentar fotocopia del certificado de superación de la misma.
g) Las personas con discapacidad que precisen de recursos personales o materiales para la realización de la prueba deberán comunicarlo por escrito al centro educativo, acreditando el tipo de discapacidad y especificando los recursos necesarios con el fin de determinar las medidas oportunas que garanticen la realización de las pruebas en las debidas condiciones de igualdad.
h) Quienes hayan superado las enseñanzas profesionales de música presentarán una fotocopia de la certificación académica oficial expedida por el conservatorio profesional de música correspondiente, que acredite haber superado dichas enseñanzas y en la que figure la calificación media obtenida.
i) Todas las personas que se presenten a las pruebas específicas deberán aportar el justificante de haber efectuado el ingreso bancario por el importe del precio público correspondiente a los derechos de examen, previstos en la normativa vigente o, en su caso, los importes establecidos por los centros autorizados por este concepto.
Está compuesta por dos partes:
Parte A: Formación básica, común a todas las especialidades. Constará de un ejercicio de análisis musical e Historia de la Música y un ejercicio de percepción auditiva.
Parte B: Formación específica, propia de cada especialidad:
La no superación de esta parte de la prueba tendrá carácter eliminatorio para la persona aspirante.
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