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Becas para alumnado de Itinerarios Formativos de Capacitación +21 (IFC+21)

Becas para personas participantes en el proyecto "Itinerarios Formativos de Capacitación +21", curso 2024-2025

Listado definitivo de concesión de becas del alumnado participante en el proyecto Itinerarios Formativos de Capacitación +21, curso 2024-2025

Listado provisional de concesión de becas del alumnado participante en el proyecto Itinerarios Formativos de Capacitación +21, curso 2024-2025

  • RESOLUCIÓN - N.º 509/2025 - Tomo: 1 - Libro: 570 - Fecha: 03/11/2025

  • Fecha de publicación: 03/11/2025.

    Resolución de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial por la que se aprueba el listado provisional de concesión de becas al alumnado participante en el proyecto «itinerarios formativos de capacitación +21», de la formación profesional adaptada, en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, ejecutados durante la oferta formativa 2024/2025, convocadas mediante orden n.º 1176/2025, de 25 de septiembre.

    Plazo de reclamaciones: 10 días hábiles, computados apartir del día siguiente a su publicación.

Objetivos:

El objeto de las presentes bases es establecer los criterios y el procedimiento para la concesión de becas a las personas participantes en el proyecto “Itinerarios Formativos de Capacitación +21”, de la formación profesional adaptada, en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, autorizados por la DGFPERE, durante la acción formativa 2024/2025.

Dirigido a:

Podrá acceder a estas becas el alumnado que cumpla con los siguientes requisitos:

  1. Haber participado en un Itinerario Formativo de Capacitación +21 en un centro educativo público de la Comunidad Autónoma de Canarias, ejecutados durante la acción formativa 2024/2025.
  2. No haber abandonado su periodo formativo en el centro educativo hasta la finalización de la acción formativa 2024/2025. En caso de haber abandonado su periodo formativo, únicamente se podrá obtener la beca si la alumna o el alumno ha justificado debidamente la falta en su centro educativo durante todo el periodo de ausencia y se abonarán exclusivamente los días de asistencia efectiva.
  3. Finalizar la formación, habiendo asistido, al menos, al 75% de la duración de la acción formativa.
  4. Tener la condición de desempleada o desempleado, en caso contrario no se tendrá derecho a las becas. Se interrumpirá el derecho a la percepción de la beca si la alumna o el alumno deja de tener la condición de desempleada o desempleado.
  5. Disponer de Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE).
  6. En su caso, los requisitos generales para obtener la condición de personas beneficiarias de las subvenciones, establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Forma y plazo de presenación de solicitudes:

Fecha de publicación: 06/10/2025. 

Plazo de presentación de solicitudes: 10 días hábiles a contar desde la publicación de la presente Orden. Con la solicitud, el alumnado, o su representante legal, deberá adjuntar la documentación correspondiente para la beca.

Las solicitudes de becas y la documentación adjunta correspondiente se presentarán, preferentemente, a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el apartado específico correspondiente a esta convocatoria.

Convocatoria: