Estas instrucciones tienen por objeto regular y establecer los criterios de selección para autorizar la implantación de la modalidad bilingüe en los ciclos formativos de grado medio y superior (Grado D, niveles 2 y 3), en centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el curso académico 2025/2026.
Podrán solicitar la impartición de la modalidad bilingüe en formación profesional los centros docentes públicos que impartan ciclos formativos de grado medio y superior (Grado D, niveles 2 y 3), que cumplan los requisitos establecidos en la presente resolución y manifiesten su interés mediante la correspondiente solicitud, según Anexo II.
Centros públicos que impartan ciclos formativos de grado superior de Formación Profesional que cumplan los requisitos establecidos en la presente Resolución y manifiesten su interés mediante la correspondiente solicitud, según Anexo II.
Los centros docentes que deseen impartir una oferta bilingüe deben reunir los siguientes requisitos:
La dirección del centro deberá presentar a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, hasta el 26 de junio de 2025, la documentación anteriormente citada a través de ventanilla única. Simultáneamente la misma documentación, debidamente registrada, se enviará en formato digital a la dirección de correo electrónico siguiente: fp.educacion@gobiernodecanarias.org.
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