Prevención de Riesgos Laborales

Prevención de Riesgos Laborales en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias

La adaptación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus Organismos Autónomos se regula mediante el Decreto 168/2009, publicado en el BOC de 8 de febrero de 2010.

Esta norma se desarrolla en cumplimiento de las previsiones incluidas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Tiene como objetivo que la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su condición de empleador, disponga de una normativa específica que adapte la legislación en materia de prevención de riesgos laborales a las particularidades propias de su organización.

El Decreto 168/2009, en sustitución del Decreto 73/2002, es la norma que regula los derechos de participación y representación, la organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas, la definición de las funciones y niveles de cualificación de las empleadas y empleados públicos que las lleven a cabo y el establecimiento de adecuados instrumentos de control.

Acoso Laboral

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Los Delegados de Prevención son representantes de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus Organismos Autónomos, sin distinción del régimen jurídico que rija su relación de servicios, con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales.

Los Comités de Seguridad y Salud son Órganos paritarios y colegiados de participación destinados a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus Organismos Autónomos en materia de prevención de riesgos laborales.