Especies marisqueras

Póster de las especies de equinodermos, moluscos y crustáceos objeto de marisqueo a pie reflejadas en la Orden de 2 mayo de 2011.

 

Los volúmenes de captura autorizados son los siguientes: 

 

Marisqueo profesional/día

Marisqueo recreativo

(Máx. 5 Kg/día, incluido el peso de la pesca que se obtenga cuando el mismo día se practique también pesca recreativo)

Lapas

10 Kg

Fuerteventura: 25 Kg semanales (en un solo día o durante los días de la semana)

3 Kg

Burgados

5 Kg (2,5 Kg – burgado macho)

1,5 Kg (500 g – burgado macho)

Erizo común

3 Kg

1 Kg

Pulpo

12 Kg

5 Kg

Cangrejo moro

10 Kg

3,5 Kg

Cangrejo blanco

6 Kg

2,5 Kg

 

Carnada:

 

Araña plana

La cantidad (una o varias de las especies) que se precise para el ejercicio de su actividad de pesca profesional.

200 g

Carnada de vieja

500 g

Juyón

200 g

Las tallas/pesos mínimos de determinadas especies objeto del marisqueo a pie son:

  • Lapa blanca o de pie blanco (Patella ulyssiponensis aspera) – 45 mm

  • Lapa curvina o lapa de sol (Patella rustica o Patella piperata) – 45 mm

  • Lapa negra o de pie negro (Patella candei crenata) – 45 mm

  • Burgado común (Phorcus (=Osilinus) atratus) – 15 mm

  • Burgado macho (Phorcus (=Osilinus) sauciatus) – 15 mm

  • Cangrejo moro o negro (Grapsus adscensionis) – 60 mm

  • Cangrejo blanco (Plagusia depressa) – 50 mm

  • Pulpo común (octopus vulgaris) – 1 kg

  • Mejillón canario (Perna perna) – 7 cm

 

 
 La talla mínima de las lapas es de 45 mm en su eje más largo.

 

Las lapas, burgados, mejillones y cangrejos se miden de la siguiente manera: 

 

 

SEDE ELECTRÓNICA

acceder