Cargo público
Dirección General de Ordenación de las Enseñanzas, Inclusión e Innovación
Dirección General de Ordenación de las Enseñanzas, Inclusión e Innovación
Director General
Ilmo. Sr. D. David Pablos González
WEB:
https://www.gobiernodecanarias.org/eucd/CORREO:
dgoeii.educacion@gobiernodecanarias.org
Perfil
Competencias
Contacto
Nombramiento
Méritos académicos
- Postgrado Desarrollo de la Función Directiva en Centros Docentes. Universidad Nacional de Educación a Distancia.
- Grado en Maestro de Educación Primaria. Universidad Camilo José Cela.
- Titulado Superior en Pedagogía Musical, especialidad guitarra clásica. Conservatorio Superior de Música de Canarias.
Trayectoria profesional
- Delegado de la Junta de Personal Docente. Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deporte del Gobierno de Canarias. (enero - julio 2023)
- Coordinación de diseño de Currículos LOMLOE Canarias. Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deporte del Gobierno de Canarias. (2021- junio 2023)
- Docente en el Cuerpo de Profesores de Educación Secundaria. (Funcionario de carrera en Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes) (septiembre 2011- enero 2023)
- Cargos directivos en centros de Educación Secundaria (enero 2016 - junio 2018)
- Docente en el Conservatorio Superior de Música de Canarias (2008 - 2009)
Compatibilidad actividades públicas-privadas
- Ninguna.
Declaración de bienes
Retribución íntegra anual (Sin Seguridad Social ni Antigüedad)
72.701,66 €
Otras retribuciones y gastos
• Información de las indemnizaciones por razón del servicio (viajes, dietas, etc.)
Competencias
Competencias generales y específicas.
La Dirección General de Ordenación de las Enseñanzas, Inclusión e Innovación ejercerá, en su ámbito funcional, las competencias previstas en el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias.
Asimismo, le corresponden las competencias de dirección, coordinación, estudio y resolución en materia de ordenación de las enseñanzas, inclusión e innovación no atribuidas específicamente a otro órgano, y en concreto las siguientes:
- Establecer la ordenación académica así como elaborar y renovar, en su ámbito de competencia, los currículos, planes y programas de estudios y establecer normas y orientaciones para su implantación.
- Dirigir y gestionar las enseñanzas de Educación de Personas Adultas, incluyendo la planificación y autorización de la oferta propia de estas enseñanzas; así como coordinar los procedimientos de admisión del alumnado en los centros educativos públicos que impartan estas enseñanzas.
- Gestionar la distribución de fondos a los centros públicos de enseñanza no universitaria de su ámbito de actuación.
- Proponer la normativa relativa a la organización y funcionamiento de los centros de educación que imparten Educación de Personas Adultas en el ámbito que le corresponda.
- En materia de Educación de Personas Adultas, convocar y gestionar los procedimientos para el desarrollo de las pruebas libres para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, incluyendo la designación de los tribunales calificadores y del equipo colaborador.
- Favorecer la difusión de las enseñanzas, para su conocimiento por la sociedad, y promover la información y la orientación profesional.
- Promover la participación y colaboración con los distintos agentes sociales, administraciones públicas y otras entidades, a través de convenios y acuerdos relacionados con las enseñanzas de su ámbito competencial.
- Desarrollar la organización y funcionamiento de los Centros del Profesorado, así como tramitar los procesos de selección de sus direcciones y asesorías.
- Autorizar las áreas y materias opcionales así como las optativas.
- Desarrollar e impulsar iniciativas de investigación e innovación educativas, incluidas la gestión económica y administrativa de las mismas.
- Desarrollar el establecimiento de las prescripciones técnicas del material didáctico y equipamiento escolar.
- Informar sobre las condiciones para la declaración del interés educativo de una actividad, proyecto, organización o asociación sin ánimo de lucro, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otras Direcciones Generales.
- Gestionar la respuesta educativa al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en coordinación con otros centros directivos y servicios de apoyo.
- Gestionar la atención educativa de menores sujetos a medidas judiciales.
- Coordinar la respuesta educativa al alumnado que no puede asistir presencialmente al aula ordinaria.
- Fijar los criterios en la elaboración de pruebas para el acceso a la función pública docente en el ámbito de sus competencias.
- Diseñar, fomentar y autorizar programas y medidas educativas de carácter experimental o extraordinario dirigidos a la mejora de la convivencia y el bienestar del alumnado, el respeto a la diversidad, la igualdad y la inclusión, la transición del alumnado entre las diferentes etapas educativas, la atención al alumnado en riesgo de abandono escolar, el fomento del plurilingüismo, así como al incremento de las tasas de idoneidad y de titulación y a la continuidad en el sistema a estudios superiores.
- Determinar y desarrollar la incorporación al currículo escolar de los aprendizajes relativos a los aspectos culturales, históricos, naturales, sociales y lingüísticos más relevantes del patrimonio autonómico.
- Elaborar propuestas de desarrollo de la normativa básica en coordinación con las distintas Direcciones Generales.
- Fijar los criterios para la provisión de puestos vacantes y colaborar con la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado en la programación y elaboración de las plantillas docentes en el ámbito de su competencia.
- Gestionar los Programas de Cooperación Territorial vinculados al ámbito de sus competencias.
- Promover y publicar contenidos de carácter educativo y didáctico.
- Proponer la presidencia de tribunales para el acceso a la función pública docente no universitaria en las áreas de su competencia.
- Diseñar e impulsar actuaciones para la generalización del uso responsable educativo y didáctico de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en los centros educativos públicos no universitarios.
- Autorizar el uso de aplicaciones y servicios digitales para los procesos de enseñanza y aprendizaje respecto de las enseñanzas de su ámbito material de actuación que se imparten en los centros educativos públicos no universitarios.
- Tramitar los procedimientos para reconocer al alumnado con mejores expedientes académicos en las etapas de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
- Elevar a la Viceconsejería de Educación propuesta de instrucciones relativas a la realización de la prueba para el acceso a la universidad.
- Las demás funciones que le vengan atribuidas por el ordenamiento jurídico.
Marco legal
Direcciones
Edf. Servicios Múltiples III (Edif. Tres de Mayo) Planta 4ª
38071 Santa Cruz de Tenerife
Santa Cruz de Tenerife
España
Teléfono: 922 42 35 00 — Fax: 922 42 38 06
Edf. Granadera Canaria Planta 1ª
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Las Palmas
España
Teléfono: 928 45 54 00 — Fax: 928 45 57 42