Competencias
Se atribuyen a la Viceconsejería de Igualdad y Diversidad las competencias que no estén legalmente asignadas a otros órganos de planificación, elaboración, desarrollo, coordinación, promoción de iniciativas e impulso y seguimiento de actuaciones que hagan real y efectiva la igualdad entre mujeres y hombres y para la prevención y erradicación de la violencia de género, así como para hacer efectivo el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de orientación sexual, de identidad de género o de expresión de género.
Asimismo tendrá atribuidas las competencias que se determinen en el reglamento orgánico de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud.