Competencias
Bajo la dependencia directa de la Viceconsejería de Administraciones y Transparencia, la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana es el órgano responsable de la gestión y desarrollo de las competencias en las materias siguientes:
- Procesos electorales.
- Transparencia y acceso a la información pública.
- Participación ciudadana.
- Colaboración ciudadana.
- Datos abiertos.
- Buen Gobierno.
- Responsabilidad social corporativa.
- Colegios profesionales.
- Asociaciones.
- Fundaciones.
- Reales Academias y academias de Canarias.
- Parejas de hecho.
En materia de procesos electorales, corresponden a la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana las competencias siguientes:
- La gestión de los procesos electorales autonómicos.
- La ejecución de las campañas electorales institucionales.
En materia de transparencia y acceso a la información pública, sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de Transformación Digital de los Servicios Públicos y de las atribuidas a la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios Públicos en materia de información y atención presencial a la ciudadanía, así como del sistema de gestión documental integral y de archivos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, corresponden a la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana:
- La elaboración de las normas reglamentarias en materia de transparencia y de acceso a la información pública, en colaboración, en sus respectivas áreas funcionales, con la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios Públicos y el órgano competente en materia de transformación digital de los servicios públicos.
- La definición, desarrollo e implantación y gestión del Portal de Transparencia, en colaboración con el centro directivo competente en materia de transformación digital de los servicios públicos.
- La coordinación de los contenidos que los distintos departamentos trasladen al Portal de Transparencia.
- La determinación de los conjuntos de datos a proveer por los distintos departamentos y entidades de acuerdo a lo establecido en la normativa de transparencia e información pública.
- El impulso de la formación de las personas responsables de los distintos departamentos sobre el contenido, funcionamiento y utilización del Portal de la Transparencia.
- La elaboración, conjuntamente con el órgano competente en materia de transformación digital de los servicios públicos, en su ámbito funcional, de las directrices técnicas aplicables a la publicación de la información pública en internet, para garantizar su coherencia, uniformidad, accesibilidad, calidad e interoperabilidad.
- La coordinación de las unidades responsables de la información pública previstas en la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, o norma que la sustituya.
- La gestión y mantenimiento del registro de solicitudes de acceso a la información pública, coordinando la incorporación e inscripción de los datos en el mismo por los órganos de los departamentos y entidades de derecho público.
- La elaboración de los informes anuales del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley por las entidades del sector público autonómico.
- El impulso de la formación del personal al servicio del sector público autonómico en materia de transparencia y de acceso a la información pública.
- La propuesta de medidas y acciones para facilitar e incrementar la transparencia en el ámbito de la Administración Pública y de las entidades vinculadas o dependientes de la misma.
- La cooperación con el Instituto Canario de Estadística en la identificación y publicidad de la información estadística necesaria para valorar el grado de cumplimiento y calidad de los servicios públicos, así como el desarrollo económico.
- Las demás que le atribuyen las disposiciones vigentes.
En materia de participación ciudadana, corresponden a la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana las competencias siguientes:
- El impulso y fomento de la participación ciudadana en los asuntos públicos, promoviendo el desarrollo de la democracia participativa.
- La promoción de proyectos de carácter participativo relacionados con la gestión de los intereses públicos.
- La promoción y desarrollo de instrumentos de participación ciudadana.
- La interlocución y coordinación con las restantes administraciones en esta materia.
- La ejecución de campañas informativas y formativas para el desarrollo de los valores democráticos y la participación ciudadana como valor social y solidario.
- La elaboración de la propuesta de regulación de la organización y funcionamiento del Registro de Participación Ciudadana.
- La gestión del Registro de Participación Ciudadana.
- Los informes de la selección de las personas miembros de los paneles ciudadanos y de los jurados ciudadanos.
- Las demás que le atribuya el ordenamiento jurídico.
En materia de colaboración ciudadana, corresponde a la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana:
- El diseño y elaboración de propuestas de acciones y medidas para fomentar la colaboración público-privada en la prestación de los servicios públicos.
- El diseño y elaboración de mecanismos de colaboración ciudadana, a través del diseño e implantación de herramientas y procesos de co-diseño y co-creación de servicios públicos con la ciudadanía.
En materia de datos abiertos, corresponde a la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas la Consejería sobre la materia y en particular las siguientes:
- La elaboración de las normas reglamentarias en materia de datos abiertos, conjuntamente con el Instituto Canario de Estadística y el centro directivo competente en materia de transformación digital de los servicios públicos.
- La definición, desarrollo, implantación y gestión del Portal de Datos Abiertos, conjuntamente con el Instituto Canario de Estadística y el centro directivo competente en materia de transformación digital de los servicios públicos.
- La coordinación de los contenidos que los distintos departamentos trasladen al Portal de Datos Abiertos.
- La determinación de los conjuntos de datos a proveer por los distintos departamentos y entidades de acuerdo a lo establecido en la normativa de datos abiertos.
- La elaboración, conjuntamente con el órgano competente en materia de transformación digital de los servicios públicos, en su ámbito funcional, de las directrices técnicas aplicables a la publicación de los datos abiertos, para garantizar su correcta reutilización.
- El impulso de la formación del personal al servicio del sector público autonómico en materia de datos abiertos, conjuntamente con el centro directivo competente en materia de transformación digital de los servicios públicos.
- La propuesta de medidas y acciones para facilitar la apertura de datos en el ámbito de la Administración Pública y de sus entidades vinculadas o dependientes, garantizando la apertura de datos por defecto.
- Las demás que le atribuyen las disposiciones vigentes.
En materia de buen gobierno, corresponden a la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana las competencias siguientes:
- El impulso, elaboración y propuestas de normas y medidas de buen gobierno.
- La promoción y ejecución de actividades divulgativas de las normas y principios de buen gobierno.
En materia de responsabilidad social corporativa, corresponden a la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana:
- La propuesta y elaboración de acciones y medidas en orden a la promoción e implantación en las organizaciones que conforman el sector público autonómico de la cultura y sistemas de gestión de responsabilidad social corporativa.
- La promoción y ejecución de eventos y actividades de formación, investigación, difusión y sensibilización en materia de responsabilidad social corporativa.
- La participación en comités, comisiones, grupos de trabajo o cualquier otro foro de ámbito nacional e internacional relacionado con esta materia, sin perjuicio de la participación que pudiera corresponder a otros órganos en función de su ámbito material de atribuciones.
En materia de colegios profesionales, asociaciones, fundaciones y Reales Academias y academias de Canarias, corresponden a la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana las competencias siguientes:
- La elaboración de las disposiciones generales en materia de colegios profesionales y Reales Academias y academias de Canarias.
- La gestión de la inscripción y registro de las asociaciones, fundaciones, colegios profesionales y consejos de colegios de Canarias, así como de las Reales Academias y academias de Canarias.
- Las relaciones con los colegios profesionales, Reales Academias y academias de Canarias y las restantes corporaciones de Derecho Público, cuyo ámbito no exceda del Archipiélago Canario, sin perjuicio de las competencias que correspondan a las demás consejerías respecto de los contenidos materiales de cada profesión.
- La emisión de informe previo a la propuesta de autorización del Gobierno para la constitución, modificación, fusión, federación y extinción, así como para los actos o negocios que impliquen la adquisición o pérdida del carácter de fundación pública de una fundación preexistente o la participación mayoritaria en la creación de una fundación.
- La instrucción de los expedientes de declaración de interés público canario de las asociaciones.
- La tramitación de las solicitudes e instrucción de los procedimientos de declaración de utilidad pública de asociaciones comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica reguladora del Derecho de Asociación e inscritas en el Registro de Asociaciones de Canarias, así como de las federaciones, confederaciones y uniones de las mismas.
- La tramitación de los procedimientos de creación y reconocimiento de nuevas academias canarias y de su fusión, absorción y segregación, así como de los procedimientos de modificaciones estatutarias y de extinción de estas y de las Reales Academias de Canarias.
- La elaboración y tramitación de las normas que se precisen en desarrollo y ejecución de la Ley 5/2012, de 25 de octubre, por la que se regulan las Reales Academias de Canarias y las de nueva creación.
En materia de parejas de hecho, corresponden a la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana la gestión del Registro de Parejas de Hecho y la coordinación en esta materia con otras Comunidades Autónomas.