Competencias
Bajo la dependencia directa de la Viceconsejería de Justicia y Seguridad, la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia es el órgano responsable de la gestión de las competencias en materia de Administración de Justicia, asistencia jurídica gratuita, mediación, medios adecuados para la solución de controversias y memoria histórica.
En materia de Administración de Justicia, corresponden a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia las competencias siguientes:
- La gestión económico-presupuestaria de los créditos asignados en los programas presupuestarios en materia de justicia.
- La iniciativa para las modificaciones presupuestarias previstas en las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, que afecten a los créditos de los programas asignados a su Dirección General.
- La gestión y mantenimiento de infraestructuras para las sedes judiciales, así como de los restantes medios materiales que se destinan a la Administración de Justicia.
- El ejercicio de las competencias del departamento para el funcionamiento de los juzgados de paz.
- La organización y funcionamiento de los Institutos de Medicina Legal de Canarias.
- La organización y funcionamiento de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- La participación en la fijación de la demarcación y planta judicial, así como en la programación y coordinación de actuaciones para la creación de órganos y unidades jurisdiccionales y fiscales.
- Las relaciones ordinarias con el departamento ministerial competente en materia de justicia, con el Consejo General del Poder Judicial, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias y con el Ministerio Fiscal, así como con los órganos de los departamentos de las Comunidades Autónomas competentes en materia de justicia, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.
- Las relaciones ordinarias con los Colegios profesionales de la abogacía, procuraduría de los tribunales y graduados sociales con sede en Canarias, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.
- La aprobación de las instrucciones respecto a la organización y gestión de los medios personales y materiales de las unidades que integran la Oficina Judicial.
- La presidencia de la Comisión de Calidad de la Administración de Justicia.
- La determinación, mediante resolución, de la competencia de los Grupos de Mejora de la Calidad de la Justicia, ubicados en cada partido judicial o, en su caso, en el ámbito territorial que defina la Comisión de Calidad.
- La colaboración en la ejecución de las competencias que correspondan a la Viceconsejería, siempre que así se determine por la persona titular de la misma.
- Las demás que en materia de Administración de Justicia no estén legal o reglamentariamente atribuidas a otro órgano.
En materia de asistencia jurídica gratuita, corresponden a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia las competencias siguientes:
- La elaboración, tramitación y propuesta de aprobación de disposiciones generales reguladoras de la asistencia jurídica gratuita.
- La aprobación de las instrucciones y criterios de certificación de las actuaciones profesionales para su aplicación homogénea por los colegios de Abogados y Procuradores.
- La aprobación del modelo de solicitud de asistencia jurídica gratuita.
- La aprobación de los modelos de certificación, informe, declaración y demás documentos que deben presentarse por los profesionales de la abogacía y procuraduría, así como por sus Colegios Profesionales, conforme a la normativa reguladora de la asistencia jurídica gratuita.
- La determinación del baremo o concepto, entre los existentes, al que deben retribuirse las actuaciones que no tengan un baremo establecido.
- La evaluación periódica del funcionamiento y del coste de los servicios de asistencia jurídica gratuita y de la eficiencia de la aplicación de los fondos públicos.
- El ejercicio de las competencias recogidas en los apartados a) a f) de este artículo en relación con los medios adecuados de solución de controversias que, en su caso, se establezcan con cargo al presupuesto de esta Consejería.
Corresponde a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia ejercer las competencias que en materia de personal al servicio de los órganos judiciales y fiscales de la Administración de Justicia corresponden a la Comunidad Autónoma, incluido el personal de los servicios de apoyo a los mismos, y, en particular, con sujeción a los procedimientos legalmente establecidos, las siguientes:
- La gestión del personal funcionario y laboral, sin perjuicio de las competencias que tiene atribuidas la Dirección General de la Función Pública.
- La autorización y disposición de los gastos, así como el reconocimiento de las obligaciones y la propuesta de pago.
- El nombramiento de personal funcionario interino al servicio de los órganos judiciales y fiscales de la Administración de Justicia, con indicación del nombre del órgano judicial o fiscal de que se trate y de la existencia de vacante en la plantilla judicial correspondiente.
- El nombramiento de personal interino de refuerzo o de sustitución de las personas titulares liberadas sindicales o con crédito horario, dando cuenta posteriormente a la Dirección General de la Función Pública.
- La contratación de personal laboral temporal al servicio de los órganos judiciales y fiscales de la Administración de Justicia, con indicación del nombre del órgano judicial o fiscal de que se trate y del número del puesto de trabajo.
- La adopción de las medidas necesarias en aplicación de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales.
- Las relaciones ordinarias con los sindicatos con implantación en el ámbito de la Justicia.
- El establecimiento de los servicios mínimos en las huelgas que afecten al personal al servicio de los órganos judiciales y fiscales de la Administración de Justicia correspondientes a la Comunidad Autónoma, incluido el personal de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad Autónoma y demás servicios de apoyo a los citados órganos judiciales y fiscales.
Corresponden a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia las competencias previstas en la normativa relativa a mediación familiar, civil, mercantil, penal y la conectada con otras materias que pudieran ser objeto de procedimientos judiciales como medios adecuados de solución de controversias y con actuaciones concretas de la Administración de Justicia y, específicamente, las siguientes:
- La gestión del Registro de personas mediadoras de la Comunidad Autónoma.
- La resolución de las solicitudes de inscripción en el Registro de personas mediadoras.
- La designación de la persona mediadora a solicitud de las partes en conflicto.
- El reconocimiento o denegación del derecho a la mediación gratuita.
- La incoación y resolución de los procedimientos sancionadores por infracciones tipificadas en la legislación reguladora de la Mediación.
- Las anteriores, cuando procedan, en relación a medios adecuados de solución de controversias.
En materia de modernización de la Administración de Justicia, corresponden a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia las siguientes competencias:
- La elaboración de la estrategia, la ejecución y seguimiento de las iniciativas en materia de modernización de la Administración de Justicia en el territorio de la Comunidad Autónoma.
- El impulso, coordinación y apoyo del desarrollo de los trabajos de los grupos que se constituyan para acometer los proyectos de diseño, creación, organización e implantación de la Oficina Judicial y de la Oficina Fiscal, así como para la modernización organizativa, funcional o tecnológica de la Administración de Justicia en Canarias.
- La programación de las acciones formativas necesarias en cada una de las sedes, evaluando los resultados alcanzados.
- El seguimiento de cualquier acción que, en el marco del proceso de implantación de la Oficina Judicial y de la Oficina Fiscal, se produzca en la Comunidad Autónoma de Canarias, con conocimiento de la Comisión de Participación y Asesoramiento.
- La elaboración de las propuestas que precisen de aprobación del titular del Departamento relativas al Sistema de gestión de la Calidad de la Administración de Justicia en Canarias; así como la coordinación de su implantación y evaluación.
- La elaboración de los proyectos, propuestas, manuales, protocolos y guías para la creación, organización e implantación de la Oficina Judicial y de la Oficina Fiscal.
- La ejecución de programas, directrices e instrumentos para la modernización de la justicia, así como para la implantación de las comunicaciones telemáticas en la Administración de Justicia y el expediente judicial electrónico, en coordinación con la Dirección General competente en materia de transformación digital de los servicios públicos.
- La participación de la persona titular de la citada Dirección General, como vocal, en el Comité de Dirección y Seguimiento del Proyecto Atlante, órgano colegiado dependiente de la Viceconsejería de Justicia y Seguridad, responsable del Proyecto Tecnológico de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Las demás que, relacionadas con las anteriores, no estén atribuidas a otro órgano.
En materia de memoria histórica, corresponden a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia las siguientes competencias:
- La elaboración y actualización del Registro de víctimas canarias de la Guerra Civil y la dictadura franquista.
- La gestión del Mapa de fosas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- La incoación de los procedimientos para la localización y, en su caso exhumación e identificación de restos de personas desaparecidas.
- La autorización de las actividades de localización, exhumación e identificación de personas desaparecidas, conforme a lo establecido en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, o norma que la sustituya.
- La autorización de la exhumación o la oportuna intervención técnica en los supuestos de hallazgo de restos humanos de manera fortuita si existieran indicios de que los mismos pudieran corresponder a víctimas canarias desaparecidas conforme a lo establecido en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, o norma que la sustituya.
- Las demás atribuidas a la Consejería competente en materia de memoria histórica por la Ley 5/2018, de 14 de diciembre, de memoria histórica de Canarias y de reconocimiento y reparación moral de las víctimas canarias de la guerra civil y la dictadura franquista, o norma que la sustituya, o por cualquier otra normativa siempre que no estén asignadas legal o reglamentariamente a otro órgano.