Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE)

El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) se crea en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 301 a 307 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y sus certificados acreditan frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en ellos reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo.

 

  • Desplegar ¿Es obligatoria la inscripción?.

  • Desplegar ¿Quién puede inscribirse en el ROLECE?.

  • Desplegar ¿Qué datos se inscriben de oficio en el ROLECE?.

  • Desplegar ¿Qué datos pueden inscribirse voluntariamente en el ROLECE?.

  • Desplegar ¿Cómo obtener la inscripción inicial en el Registro o la posterior modificación de datos o el alta de nuevos datos?.

  • Desplegar ¿Cómo se solicita la inscripción en el ROLECE de la información de cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil?. 

  • Desplegar ¿Qué documentación debe aportarse?.

  • Desplegar ¿Cuál es el plazo de resolución?.

  • Desplegar ¿Qué período de validez tienen las inscripciones?.

  • Desplegar ¿Tiene fecha de caducidad el certificado?.

  • Desplegar Acceso al Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE)

Desplegar Atención de consultas.

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