Prioridad 2.A. Transición Verde:
-OE2.1 El fomento de la eficiencia energética y la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.
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2.1.1.G.A Programa de mejora de la eficiencia energética en los edificios del sector residencial y proyectos de eficiencia energética de las Administraciones Públicas regional y local de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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Breve descripción de la actuación
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Se buscará reducir la demanda energética a través del apoyo a la eficiencia energética a todos los niveles (edificios e instalaciones públicas, de carácter residencial o empresarial), incluido los contratos de rendimiento energético suscrito con empresas de servicios energéticos, en la edificación y en las infraestructuras asociadas a los diferentes sectores económicos contribuyendo así a la reducción de emisiones de CO2.
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Beneficiarios
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Administración Pública de la CA de Canarias.
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Tipo de financiación
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Convocatoria de expresiones de interés.
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Criterios básicos elegibilidad
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Las actuaciones del Objetivo Específico 2.1 están sujetas al cumplimiento de la Condición Favorecedora 2.1 “Marco político estratégico para apoyar la renovación de la eficiencia energética de edificios residenciales y no residenciales”. En base a ello, las operaciones seleccionadas en el OE 2.1, deben ser coherentes con Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España (ERESEE 2020) y el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC).
En caso de intervenciones en materia de alumbrado público exterior, se configurarán en forma de instrumentos financieros, han de formar parte de actuaciones integrales, incorporarán elementos innovadores y el apoyo financiero será limitado.
Se deberá garantizar la realización de auditorías previas, la fijación de objetivos de ahorro energético y asegurar un adecuado seguimiento de las intervenciones.
Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos.
Consultar CPSO*
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Condiciones medio ambientales
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Que se garantice que se combinen adecuadamente los principios de sostenibilidad, estética e integración en las instalaciones, equipos y materiales empleados. Este criterio solo afecta a los proyectos de eficiencia energética en las edificaciones, en concreto los destinados a mejoras en la envolvente térmica.
En cuanto al criterio previsto de “tener en consideración la cuantía de la reducción del consumo de energías de fuentes convencionales/fósiles lograda por el aumento de la eficiencia” se cumplirá mediante los criterios previstos en el apartado e).
Consultar CPSO*
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DNSH
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No Causar Perjuicio Significativo.
Consultar CPSO*
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Protección frente al cambio climático
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Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
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Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
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- Garantizar un nivel mínimo de ahorro energético
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Órgano concedente
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Dirección General de Planificación y Presupuesto
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Plazo presentación de solicitudes
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Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
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Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
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52.735.856,00€
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Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
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https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
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Normativa Reguladora
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a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
Entre otras, y sin ser exhaustivo, se aplica:
Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L 352, de 24.12.2013).
Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado mediante los Decretos 5/2015, de 30 de enero, y 151/2022, de 23 de junio (en adelante, Decreto 36/2009, de 31 de marzo).
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Condiciones de la Ayuda
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Las previstas en el Anexo I de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Formulario de Solicitud
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Previsto en el Anexo IV de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Instrucción del procedimiento de selección
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Previsto en el Anexo II, apartado 9 de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Metodología de valoración de los proyectos
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Atendiendo a la posible valoración de la operación de conformidad a los baremos previstos para cada uno de los criterios, se obtiene una media ponderada por todos los criterios para obtener la puntuación final. No se seleccionará operaciones que no alcancen al menos el 50% de la puntuación máxima. Detalle de la baremación en la tabla 1.
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Órgano Instructor
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Servicio de Planificación Económica
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Propuesta de Selección
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Subdirección de Gestión de Fondos Europeos
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Entrega DECA
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Dirección General de Planificación y Presupuesto
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Aceptación de la ayuda
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Es requerida
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Recurso
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De Reposición
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Criterios de priorización
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2.1.1.G.A Programa de mejora de la eficiencia energética en los edificios del sector residencial y proyectos de eficiencia energética de las Administraciones Públicas regional y local de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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Criterios de Priorización
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Definición
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Baremación (B)
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Valoración de cada criterio* (PC)
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Puntuación Final (PF)
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Garantizar un nivel mínimo de ahorro energético
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La convocatoria adopta medidas destinadas a garantizar que haya un nivel mínimo de ahorro energético significativo de las renovaciones para el caso de las edificaciones que será necesario, al menos, mejorar al menos una letra en emisiones de CO2 en el certificado de eficiencia energética. En el resto de los casos, se asegurará un nivel mínimo de ahorro energético significativo que suponga, al menos, un ahorro mínimo del 30% con respecto al valor de las emisiones iniciales asegurado mediante certificado o estudio realizado por profesional.
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100
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La puntuación máxima es 100 puntos:
Si el ahorro previsto es igual o superior al 30%, y en el caso de edificaciones se mejora al menos una letra, se puntúa con 100 puntos. Si el ahorro energético previsto está por debajo del 30% se puntúa con 0 punto
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100/0
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Puntuación Final
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100
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Suma de todos los criterios
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Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo, se valorará los borradores de las bases reguladoras y las convocatorias de la DG de Energía, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación.
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2.1.1.G.C. Ayudas a las empresas para proyectos de eficiencia energética (incluidas comunidades energéticas).
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Breve descripción de la actuación
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Ayudas a las empresas, con independencia de su tamaño, para la mejora de la eficiencia energética especialmente las del sector servicios y las industriales
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Beneficiarios
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Empresas
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Tipo de financiación
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Convocatoria de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva.
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Criterios básicos elegibilidad
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Está sujeta al cumplimiento de la Condición Favorecedora 2.1 “Marco político estratégico para apoyar la renovación de la eficiencia energética de edificios residenciales y no residenciales”.
En caso de intervenciones en materia de alumbrado público exterior, se configurarán en forma de instrumentos financieros,
Se buscará concentrar las actuaciones en los edificios e infraestructuras con mayor potencial de ahorro energético.
Para garantizar el resultado de las actuaciones de eficiencia energética, se deberá garantizar la realización de auditorías previas, fijación de objetivos de ahorro energético y seguimiento de las intervenciones.
Consultar CPSO*
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Condiciones medio ambientales
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El cumplimiento de estas condiciones y criterios se justifica en el documento de Análisis de aplicación de la DAE del Programa FEDER Canarias 2021-2027 (Anexo II de este documento).
Consultar CPSO*
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DNSH
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Cumplimiento de los condicionantes técnicos establecidos en la evaluación sustantiva realizada en el documento “Evaluación de conformidad con el Principio “No Causar Perjuicio Significativo”
Consultar CPSO*
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Protección frente al cambio climático
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Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
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Criterios de Priorización
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- Garantizar un nivel mínimo de ahorro energético
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Órgano concedente
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Dirección General de Energía
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Plazo presentación de solicitudes
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Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
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Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
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52.735.856,00€
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Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
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https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
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Normativa Reguladora
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a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
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2.1.1.G.D Programa de apoyo a las Administraciones Públicas Locales para proyectos de eficiencia energética incluido alumbrado público mediante instrumentos financieros combinados con subvenciones.
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Breve descripción de la actuación
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Se buscará reducir la demanda energética a través del apoyo a la eficiencia energética en alumbrado público, dirigido a Administraciones Públicas Locales contribuyendo así a la reducción de emisiones de CO2.
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Beneficiarios
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Administración Pública de la CA de Canarias.
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Tipo de financiación
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Convocatoria de expresiones de interés.
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Criterios básicos elegibilidad
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Las actuaciones del Objetivo Específico 2.1 están sujetas al cumplimiento de la Condición Favorecedora 2.1 “Marco político estratégico para apoyar la renovación de la eficiencia energética de edificios residenciales y no residenciales”. En base a ello, las operaciones seleccionadas en el OE 2.1, deben ser coherentes con Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España (ERESEE 2020) y el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC).
En caso de intervenciones en materia de alumbrado público exterior, se configurarán en forma de instrumentos financieros, han de formar parte de actuaciones integrales, incorporarán elementos innovadores y el apoyo financiero será limitado.
Se deberá garantizar la realización de auditorías previas, la fijación de objetivos de ahorro energético y asegurar un adecuado seguimiento de las intervenciones.
Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos.
Consultar CPSO*
|
|
Condiciones medio ambientales
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Que se garantice que se combinen adecuadamente los principios de sostenibilidad, estética e integración en las instalaciones, equipos y materiales empleados. Este criterio solo afecta a los proyectos de eficiencia energética en las edificaciones, en concreto los destinados a mejoras en la envolvente térmica.
En cuanto al criterio previsto de “tener en consideración la cuantía de la reducción del consumo de energías de fuentes convencionales/fósiles lograda por el aumento de la eficiencia” se cumplirá mediante los criterios previstos en el apartado e).
Consultar CPSO*
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|
DNSH
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No Causar Perjuicio Significativo.
Consultar CPSO*
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|
Protección frente al cambio climático
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Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
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Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
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- Nivel de ahorro energético alcanzado
- Madurez de la propuesta
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Órgano concedente
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
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Plazo presentación de solicitudes
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Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
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Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
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52.735.856,00€
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Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
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https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
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Normativa Reguladora
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a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
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|
Condiciones de la Ayuda
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Las previstas en el Anexo I de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Formulario de Solicitud
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Previsto en el Anexo IV de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Instrucción del procedimiento de selección
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Previsto en el Anexo II, apartado 9 de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Metodología de valoración de los proyectos
|
Atendiendo a la posible valoración de la operación de conformidad a los baremos previstos para cada uno de los criterios, se obtiene una media ponderada por todos los criterios para obtener la puntuación final. No se seleccionará operaciones que no alcancen al menos el 50% de la puntuación máxima. Detalle de la baremación en la tabla 1.
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Órgano Instructor
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Servicio de Planificación Económica
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Propuesta de Selección
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Subdirección de Gestión de Fondos Europeos
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Entrega DECA
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Dirección General de Planificación y Presupuesto
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Aceptación de la ayuda
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Es requerida
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Recurso
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De Reposición
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Criterios de priorización
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2.1.1.G.D Programa de apoyo a las Administraciones Públicas Locales para proyectos de eficiencia energética incluido alumbrado público mediante instrumentos financieros combinados con subvenciones.
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|
Criterios de Priorización
|
Definición
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Baremación (B)
|
Valoración de cada criterio* (PC)
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Puntuación Final (PF)
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|
Nivel de ahorro energético alcanzado
|
Se priorizarán los proyectos que alcancen mayores niveles de ahorro energético.
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60
|
Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Bueno: 100 puntos si se exige como criterio para seleccionar a los perceptores finales. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las empresas que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
|
PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 60) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
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|
Madurez de la propuesta
|
Existencia de estudio previo de las condiciones o estado actual de las instalaciones y edificios, mejoras para el ahorro que se propone y viabilidad económica.
|
40
|
Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Bueno: 100 puntos si se exige como criterio para seleccionar a los perceptores finales. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las empresas que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
|
PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 40) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
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|
Puntuación Final
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|
100
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Suma de todos los criterios
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|
Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo, se valorará los borradores de los Acuerdos de Financiación presentados, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación. Se considera prioritario que la operación para ser seleccionada cuente con un mínimo de calidad y que, al menos, alcance el 50% de la puntuación total.
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2.1.1.G.E Apoyo a las empresas y a las comunidades energéticas para proyectos de eficiencia energética mediante instrumentos financieros combinados con subvenciones.
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Breve descripción de la actuación
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Se buscará reducir la demanda energética a través del apoyo a la eficiencia energética a empresas incluido los contratos de rendimiento energético suscrito con empresas de servicios energéticos, en la edificación y en las infraestructuras asociadas a los diferentes sectores económicos contribuyendo así a la reducción de emisiones de CO2.
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Beneficiarios
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Administración Pública de la CA de Canarias.
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Tipo de financiación
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Convocatoria de expresiones de interés.
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Criterios básicos elegibilidad
|
Las actuaciones del Objetivo Específico 2.1 están sujetas al cumplimiento de la Condición Favorecedora 2.1 “Marco político estratégico para apoyar la renovación de la eficiencia energética de edificios residenciales y no residenciales”. En base a ello, las operaciones seleccionadas en el OE 2.1, deben ser coherentes con Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España (ERESEE 2020) y el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC).
En caso de intervenciones en materia de alumbrado público exterior, se configurarán en forma de instrumentos financieros, han de formar parte de actuaciones integrales, incorporarán elementos innovadores y el apoyo financiero será limitado.
Se deberá garantizar la realización de auditorías previas, la fijación de objetivos de ahorro energético y asegurar un adecuado seguimiento de las intervenciones.
Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos.
Consultar CPSO*
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|
Condiciones medio ambientales
|
Que se garantice que se combinen adecuadamente los principios de sostenibilidad, estética e integración en las instalaciones, equipos y materiales empleados. Este criterio solo afecta a los proyectos de eficiencia energética en las edificaciones, en concreto los destinados a mejoras en la envolvente térmica.
En cuanto al criterio previsto de “tener en consideración la cuantía de la reducción del consumo de energías de fuentes convencionales/fósiles lograda por el aumento de la eficiencia” se cumplirá mediante los criterios previstos en el apartado e).
Consultar CPSO*
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DNSH
|
No Causar Perjuicio Significativo.
Consultar CPSO*
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|
Protección frente al cambio climático
|
Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
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Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
|
- Nivel de ahorro energético alcanzado
- Madurez de la propuesta
- Carácter innovador
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Órgano concedente
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
|
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Plazo presentación de solicitudes
|
Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
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Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
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52.735.856,00€
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|
Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
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https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
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Normativa Reguladora
|
a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
Entre otras, y sin ser exhaustivo, se aplica:
Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L 352, de 24.12.2013).
Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado mediante los Decretos 5/2015, de 30 de enero, y 151/2022, de 23 de junio (en adelante, Decreto 36/2009, de 31 de marzo).
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Órgano Instructor
|
Servicio de Planificación Económica
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Propuesta de Selección
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Subdirección de Gestión de Fondos Europeos
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Entrega DECA
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Dirección General de Planificación y Presupuesto
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Aceptación de la ayuda
|
Es requerida
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Recurso
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De Reposición
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Criterios de priorización
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2.1.1.G.E Apoyo a las empresas y a las comunidades energéticas para proyectos de eficiencia energética mediante instrumentos financieros combinados con subvenciones.
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Criterios de Priorización
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Definición
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Baremación (B)
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Valoración de cada criterio* (PC)
|
Puntuación Final (PF)
|
|
Nivel de ahorro energético alcanzado
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Se priorizarán los proyectos que alcancen mayores niveles de ahorro energético asegurando un nivel mínimo de ahorro energético significativo que suponga, al menos, del 30% con respecto al valor de las emisiones iniciales asegurado mediante certificado o estudio realizado por profesional.
|
60
|
Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Exelente: se otorga 100 puntos en el caso de que se establezca en las convocatorias como requisito para seleccionar a los perceptores finales y suponga el criterio de priorización más importante. Bueno: 60 puntos si se exige como criterio para seleccionar a los perceptores finales pero no sea el criterio más importante o se desconozca en el momento de selección del instrumento financiero tal circunstancia. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las empresas que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
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PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 60) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
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Madurez de la propuesta
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Existencia de estudio previo de las condiciones o estado actural de las instalaciones y edificios, mejora para el ahorro que se propone y viabilidad económica.
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20
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Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Bueno: 100 puntos si se exige como criterio para seleccionar a los perceptores finales. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las empresas que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
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PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 20) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
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Carácter Innovador
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Nuevas tecnologías que supongan una mejora significativa, sobre las existentes, y que permitan una producción energética más respetuosa con el medio ambiente.
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20
|
Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Exelente: se otorga 100 puntos en el caso de que se establezca en las convocatorias como requisito básico para seleccionar a los perceptores finales. Bueno: 60 puntos si se exige como criterio de priorización para seleccionar a los perceptores finales. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las empresas que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
|
PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 20) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
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Puntuación Final
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|
100
|
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Suma de todos los criterios
|
|
Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo, se valorará los borradores de los Acuerdos de Financiación presentados, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación. Se considera prioritario que la operación para ser seleccionada cuente con un mínimo de calidad y que, al menos, alcance el 50% de la puntuación total.
|
-OE2.2 El fomento de las energías renovables de conformidad con la Directiva (UE) 2018/2001, en particular los criterios de sostenibilidad que se detallan en ella.
|
2.2.1.G.A. Ayudas para el fomento de las energías renovables.
|
|
Breve descripción de la actuación
|
Ayudas a las empresas, con independencia de su tamaño, para aumentar el uso de las energías renovables especialmente las del sector servicios y las industriales
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Beneficiarios
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Empresas
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Tipo de financiación
|
Convocatoria de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva.
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Criterios básicos elegibilidad
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Está sujeta al cumplimiento de la Condición Favorecedora 2.2 “Gobernanza del sector de la Energía: Plan Nacional Integrado de Energía y Clima”.
Dispone de exclusiones o limitaciones a la financiación.
Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos.
Consultar CPSO*
|
|
Condiciones medio ambientales
|
El cumplimiento de estas condiciones y criterios se justifica en el documento de Análisis de aplicación de la DAE del Programa FEDER Canarias 2021-2027 (Anexo II de este documento).
En el Estudio Ambiental Estratégico se definió como criterio de elegibilidad para la actuación la cuantía de la reducción del consumo de energías de fuentes convencionales/fósiles lograda por el aumento de la eficiencia.
Consultar CPSO*
|
|
DNSH
|
Cumplimiento de los condicionantes técnicos establecidos en la evaluación sustantiva realizada en el documento “Evaluación de conformidad con el Principio “No Causar Perjuicio Significativo”
Consultar CPSO*
|
|
Protección frente al cambio climático
|
Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
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|
Criterios de Priorización
|
- Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero
|
|
Órgano concedente
|
Dirección General de Energía
|
|
Plazo presentación de solicitudes
|
Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
|
|
Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
|
41.296.634,00€
|
|
Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
|
https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
|
|
Normativa Reguladora
|
a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
|
|
2.2.1.G.B Programa de ayudas para el fomento de las energías renovables
|
|
Breve descripción de la actuación
|
Las acciones a financiar en los diferentes sectores podrán ser nuevas instalaciones de energías renovables para usos térmicos y para la producción de electricidad (de origen fotovoltaico fundamentalmente) en modalidad de autoconsumo o aisladas de red; de apoyo a la creación de comunidades de energías renovables que prevean realizar actuaciones que incluyan la instalación de energías renovables; implantación de baterías a nivel de usuario asociadas a instalaciones de energía renovable, así como el fomento de la eólica marina, creando las condiciones necesarias para su implementación.
|
|
Beneficiarios
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Administración de la CA de Canarias y Entidades del Sector Público vinculadas a las mismas (incluido Puertos Canarios).
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Tipo de financiación
|
Convocatoria de expresiones de interés.
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|
Criterios básicos elegibilidad
|
Potenciar las energías renovables
Consultar CPSO*
|
|
Condiciones medio ambientales
|
Reducción del consumo de energías de fuentes convencionales/fósiles lograda por el aumento de la eficiencia
Consultar CPSO*
|
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DNSH
|
Evaluación de conformidad con el Principio. No Causar Perjuicio Significativo.
Consultar CPSO*
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|
Protección frente al cambio climático
|
Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
|
|
Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
|
- Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
|
|
Órgano concedente
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
|
|
Plazo presentación de solicitudes
|
Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
|
|
Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
|
41.296.634,00€
|
|
Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
|
https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
|
|
Normativa Reguladora
|
a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
Entre otras, y sin ser exhaustivo, se aplica:
Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L 352, de 24.12.2013).
Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado mediante los Decretos 5/2015, de 30 de enero, y 151/2022, de 23 de junio (en adelante, Decreto 36/2009, de 31 de marzo).
|
|
Condiciones de la Ayuda
|
Las previstas en el Anexo I de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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|
Formulario de Solicitud
|
Previsto en el Anexo IV de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Instrucción del procedimiento de selección
|
Previsto en el Anexo II, apartado 9 de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Metodología de valoración de los proyectos
|
Atendiendo a la posible valoración de la operación de conformidad a los baremos previstos para cada uno de los criterios, se obtiene una media ponderada por todos los criterios para obtener la puntuación final. No se seleccionará operaciones que no alcancen al menos el 50% de la puntuación máxima. Detalle de la baremación en la tabla 1.
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Órgano Instructor
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Servicio de Planificación Económica
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Propuesta de Selección
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Subdirección de Gestión de Fondos Europeos
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Entrega DECA
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
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Aceptación de la ayuda
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Es requerida
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|
Recurso
|
De Reposición
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Criterios de priorización
|
2.2.1.G.B Programa de ayudas para el fomento de las energías renovables.
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|
Criterios de Priorización
|
Definición
|
Baremación (B)
|
Valoración de cada criterio* (PC)
|
Puntuación Final (PF)
|
|
Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
|
El programa de ayudas garantizará que las inversiones que se lleven a cabo dan lugar, como mínimo, a una reducción del consumo de energías de fuentes convencionales/fósiles o de reducción de emisiones de gases que garantice, en el caso de las edificaciones, mejorar al menos una letra en emisiones de CO2 en el certificado de eficiencia energética. En el resto de los casos se debe asegurar mediante certificado o estudio realizado por profesional un ahorro mínimo del 20% con respecto al valor de las emisiones iniciales.
|
100
|
La puntuación máxima es 100 puntos:
Si el ahorro previsto es igual o superior al 20%, y en el caso de edificaciones se mejora al menos una letra, se puntúa con 100 puntos. Si el ahorro energético previsto está por debajo del 20% se puntúa con 0 punto
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100/0
|
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Puntuación Final
|
|
100
|
|
Suma de todos los criterios
|
|
Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo, se valorará los borradores de las bases reguladoras y las convocatorias de la DG de Energía, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación.
|
|
2.2.1.G.C Programa de ayudas mediante instrumentos financieros combinado con subvenciones para el fomento de las energía renovables en las empresas y Séctor Público.
|
|
Breve descripción de la actuación
|
Las acciones a financiar consisten en apoyo a empresas, comunidades de energía renovables y el sector público canario para el fomento de energías renovables.
|
|
Beneficiarios
|
Administración Pública de la CA de Canarias.
|
|
Tipo de financiación
|
Convocatoria de expresiones de interés.
|
|
Criterios básicos elegibilidad
|
Potenciar las energía renovables.
Consultar CPSO*
|
|
Condiciones medio ambientales
|
Reducción del consumo de energías de fuentes convencionales/fósiles lograda por el aumento de la eficiencia.
Consultar CPSO*
|
|
DNSH
|
Evaluación de conformidad con el principio. No causa Perjuicio Significativo.
Consultar CPSO*
|
|
Protección frente al cambio climático
|
Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
|
|
Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
|
- Niveles de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero alcanzado.
- Actuaciones integrales.
- Carácter Innovador.
|
|
Órgano concedente
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
|
|
Plazo presentación de solicitudes
|
Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
|
|
Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
|
41.296.634,00€
|
|
Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
|
https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
|
|
Normativa Reguladora
|
a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
Entre otras, y sin ser exhaustivo, se aplica:
Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L 352, de 24.12.2013).
Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado mediante los Decretos 5/2015, de 30 de enero, y 151/2022, de 23 de junio (en adelante, Decreto 36/2009, de 31 de marzo).
|
Criterios de priorización
|
2.2.1.G.C Programas de ayudas mediante instrumentos financieros combinado con subvenciones para el fomento de las energía renovables en las empresas y Sector Público.
|
|
Criterios de Priorización
|
Definición
|
Baremación (B)
|
Valoración de cada criterio* (PC)
|
Puntuación Final (PF)
|
|
Niveles de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero alcanzado
|
El programa de ayudas priorizará que las inversiones que se seleccionen propongan los mayores niveles de reducción del consumo de energías de fuentes convencionales/fósiles o de reducción de emisiones de gases.
|
60
|
Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Exelente: se otorga 100 puntos en el caso de que se establezca en las convocatorias como requisito para seleccionar a los perceptores finales y suponga el criterio de priorización más importante. Bueno: 60 puntos si se exige como criterio para seleccionar a los perceptores finales pero no sea el criterio más importante o se desconozca en el momento de selección del instrumento financiero tal circunstancia. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las empresas que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
|
PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 60) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
|
|
Actuaciones Integrales
|
Se priorizarán inversiones que propongan acciones en eficiencia energética, energías renovables y/o almacenamiento.
|
20
|
Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Bueno: 100 puntos si se exige como criterio para seleccionar a los perceptores finales. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las empresas que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
|
PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 20) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
|
|
Carácter Innovador
|
Nuevas tecnologías que supongan una mejora significativa sobre las existentes, y que permitan una producción energética más respetuosa con el medio ambiente.
|
20
|
Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Exelente: se otorga 100 puntos en el caso de que se establezca en las convocatorias como requisito básico para seleccionar a los perceptores finales. Bueno: 60 puntos si se exige como criterio de priorización para seleccionar a los perceptores finales. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las empresas que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
|
PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 20) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
|
|
Puntuación Final
|
|
100
|
|
Suma de todos los criterios
|
|
Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo, se valorará los borradores de los Acuerdos de Financiación presentados, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación. Se considera prioritario que la operación para ser seleccionada cuente con un mínimo de calidad y que, al menos, alcance el 50% de la puntuación total.
|
|
2.2.2.G.A. Suministro eléctrico de gran potencia a buques.
|
|
Breve descripción de la actuación
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Se pretende, en el ámbito de la línea de “Puertos Verdes”, suministrar de electricidad a buques a través de conectores de alta capacidad que eviten la utilización los generadores de combustión, propios del barco, alimentados generalmente por gasóleo, mientras éstos pernoctan en el puerto.
La actuación se ejecuta en puertos de competencia del Gobierno de Canarias.
|
|
Beneficiarios
|
Puertos Canarios
|
|
Tipo de financiación
|
Convocatoria de expresiones de interés.
|
|
Criterios básicos elegibilidad
|
Está sujeta al cumplimiento de la Condición Favorecedora 2.2 “Gobernanza del sector de la Energía: Plan Nacional Integrado de Energía y Clima”.
Dispone de exclusiones o limitaciones a la financiación.
Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos.
Consultar CPSO*
|
|
Condiciones medio ambientales
|
El cumplimiento de estas condiciones y criterios se justifica en el documento de Análisis de aplicación de la DAE del Programa FEDER Canarias 2021-2027 (Anexo II de este documento).
En el Estudio Ambiental Estratégico se definió como criterio de elegibilidad para la actuación la cuantía de la reducción del consumo de energías de fuentes convencionales/fósiles lograda por el aumento de la eficiencia.
Consultar CPSO*
|
|
DNSH
|
Cumplimiento de los condicionantes técnicos establecidos en la evaluación sustantiva realizada en el documento “Evaluación de conformidad con el Principio “No Causar Perjuicio Significativo”
Consultar CPSO*
|
|
Protección frente al cambio climático
|
Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
|
|
Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
|
- Grado de madurez
- Ruido
- Emisiones contaminantes
|
|
Órgano concedente
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
|
|
Plazo presentación de solicitudes
|
Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
|
|
Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
|
41.296.634,00€
|
|
Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
|
https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
|
|
Normativa Reguladora
|
a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
|
|
Condiciones de la Ayuda
|
Las previstas en el Anexo I de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Formulario de Solicitud
|
Previsto en el Anexo IV de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Instrucción del procedimiento de selección
|
Previsto en el Anexo II, apartado 9 de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Metodología de valoración de los proyectos
|
Atendiendo a la posible valoración de la operación de conformidad a los baremos previstos para cada uno de los criterios, se obtiene una media ponderada por todos los criterios para obtener la puntuación final. No se seleccionará operaciones que no alcancen al menos el 50% de la puntuación máxima. Detalle de la baremación en la tabla 1.
|
|
Órgano Instructor
|
Servicio de Planificación Económica
|
|
Propuesta de Selección
|
Subdirección de Gestión de Fondos Europeos
|
|
Entrega DECA
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
|
|
Aceptación de la ayuda
|
Es requerida
|
|
Recurso
|
De Reposición
|
Criterios de priorización
|
2.2.2.G.A. Suministro eléctrico de gran potencia a buques.
|
|
Criterios de Priorización
|
Definición
|
Baremación (B)
|
Valoración de cada criterio* (PC)
|
Puntuación Final (PF)
|
|
Grado de madurez
|
Los proyectos deben tener un grado de madurez suficiente que permita que la ejecución de las actuaciones esté finalizada antes de fin de 2029.
|
|
|
|
|
Ruido
|
Se priorizarán las actuaciones que supongan una mayor disminución de los decibelios.
|
|
|
|
|
Emisiones contaminantes
|
Se priorizarán las actuaciones que supongan una mayor disminución de emisiones contaminantes.
|
|
|
|
|
Puntuación Final
|
|
100
|
|
Suma de todos los criterios
|
|
Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo. se tendrá en cuenta las bases y convocatoria de subvenciones, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación. Se considera prioritario que la operación para ser seleccionada cuente con un mínimo de calidad y que, al menos, alcance el 50% de la puntuación total.
|
-OE2.3 El desarrollo de sistemas, redes y equipos de almacenamiento de energía inteligentes al margen de la red transeuropea de energía (RTE-E).
|
2.3.1.G.A. Ayudas a las empresas para el fomento de sistemas, redes y equipos de almacenamiento.
|
|
Breve descripción de la actuación
|
Ayudas a las empresas, con independencia de su tamaño, para el almacenamiento energético especialmente las del sector servicios y las industriales.
|
|
Beneficiarios
|
Empresas
|
|
Tipo de financiación
|
Convocatoria de expresiones de interés.
|
|
Criterios básicos elegibilidad
|
Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos.
Consultar CPSO*
|
|
Condiciones medio ambientales
|
En el apartado 6 del Estudio Ambiental Estratégico del Programa se establece una serie de Medidas Preventivas/Correctoras/Compensatorias/Optimizadoras de las cuales algunas han de tenerse en cuenta como condiciones de elegibilidad.
El cumplimiento de estas condiciones y criterios se justifica en el documento de Análisis de aplicación de la DAE del Programa FEDER Canarias 2021-2027 (Anexo II de este documento).
Consultar CPSO*
|
|
DNSH
|
Cumplimiento de los condicionantes técnicos establecidos en la evaluación sustantiva realizada en el documento “Evaluación de conformidad con el Principio “No Causar Perjuicio Significativo”
Consultar CPSO*
|
|
Protección frente al cambio climático
|
Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
|
|
Criterios de Priorización
|
- Capacidad de almacenamiento
- Sistemas de control de redes inteligentes
|
|
Órgano concedente
|
Dirección General de Energía
|
|
Plazo presentación de solicitudes
|
Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
|
|
Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
|
13.787.000,00€
|
|
Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
|
https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
|
|
Normativa Reguladora
|
a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
|
|
2.3.1.G.B Programas de ayudas para el fomento de sistemas, redes, y equipos de almacenamiento.
|
|
Breve descripción de la actuación
|
Dentro de este OE se llevará a cabo la actuación denominada “Programas de ayudas para el fomento de sistemas, redes y equipos de almacenamiento” dentro de la cual podrán financiarse, a título orientativo, acciones de implantación de sistemas de almacenamiento (baterías) a nivel de usuario, asociados a instalaciones de energía renovable nuevas o ya existentes; incorporación de sistemas almacenamiento (baterías, hidrógeno verde, etc.) a nivel distribuido, asociados a instalaciones de energía renovable nuevas o ya existentes; sistemas de almacenamiento energético que son claves para la descarbonización de las islas, etc.
|
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Beneficiarios
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Administración Pública de la CA de Canarias.
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|
Tipo de financiación
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Convocatoria de expresiones de interés.
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Criterios básicos elegibilidad
|
Crear sistemas, redes y equipos de almacenamiento de energía inteligentes al margen de la RTE-E.
Consultar CPSO*
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Condiciones medio ambientales
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Reducción del consumo de energías de fuentes convencionales/fósiles lograda por el aumento de la eficiencia
Consultar CPSO*
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DNSH
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Evaluación de conformidad con el Principio. No Causar Perjuicio Significativo.
Consultar CPSO*
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|
Protección frente al cambio climático
|
Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
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|
Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
|
- Capacidad de almacenamiento
- Sistemas de control de redes inteligentes
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Órgano concedente
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
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|
Plazo presentación de solicitudes
|
Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
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|
Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
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13.787.000,00€
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|
Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
|
https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
|
|
Normativa Reguladora
|
a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
Entre otras, y sin ser exhaustivo, se aplica:
Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L 352, de 24.12.2013).
Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado mediante los Decretos 5/2015, de 30 de enero, y 151/2022, de 23 de junio (en adelante, Decreto 36/2009, de 31 de marzo).
|
|
Condiciones de la Ayuda
|
Las previstas en el Anexo I de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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|
Formulario de Solicitud
|
Previsto en el Anexo IV de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Instrucción del procedimiento de selección
|
Previsto en el Anexo II, apartado 9 de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Metodología de valoración de los proyectos
|
Atendiendo a la posible valoración de la operación de conformidad a los baremos previstos para cada uno de los criterios, se obtiene una media ponderada por todos los criterios para obtener la puntuación final. No se seleccionará operaciones que no alcancen al menos el 50% de la puntuación máxima. Detalle de la baremación en la tabla 1.
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|
Órgano Instructor
|
Servicio de Planificación Económica
|
|
Propuesta de Selección
|
Subdirección de Gestión de Fondos Europeos
|
|
Entrega DECA
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
|
|
Aceptación de la ayuda
|
Es requerida
|
|
Recurso
|
De Reposición
|
Criterios de priorización
|
2.3.1.G.B Programas de ayudas para el fomento de sistemas, redes y equipos de almacenamiento
|
|
Criterios de Priorización
|
Definición
|
Baremación (B)
|
Valoración de cada criterio* (PC)
|
Puntuación Final (PF)
|
|
Capacidad de almacenamiento
|
El programa adopta medidas para garantizar una exigencia mínima de capacidad de almacenamiento de al menos un 100% de la potencia renovable instalada.
(Esto solo se aplica a equipos de almacenamiento)
|
100
|
La puntuación máxima es 100 puntos:
Si la capacidad prevista de almacenamiento es igual o superior al 100%, se puntúa con 100 puntos. Si la capacidad prevista de almacenamiento está por debajo del 100% se puntúa con 0 punto
|
100/0
|
|
Sistemas de control de redes inteligentes
|
Se exigirá en caso de redes una capacidad del 100% del control de la potencia renovable instalada.
(Esto solo se aplica a las redes inteligentes)
|
100
|
La puntuación máxima es 100 puntos:
Si la capacidad prevista de control de la potencia instalada es igual al 100%, se puntúa con 100 puntos. Si la capacidad prevista de de control de la potencia instalada no alcanza el 100% se puntúa con 0 punto
|
100/0
|
|
Puntuación Final
|
|
100
|
|
Suma de todos los criterios
|
|
Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo, se valorará los borradores de las bases reguladoras y las convocatorias de la DG de Energía, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación.
|
-OE2.4 El fomento de la adaptación al cambio climático, la prevención del riesgo de catástrofes y la resiliencia, teniendo en cuenta los enfoques basados en los ecosistemas.
|
2.4.1.G.A. Medidas de protección y gestión forestal de las Administraciones y entidades del Sector Público.
|
|
Breve descripción de la actuación
|
Se busca adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos. Para ello, se prevén medidas destinadas a proteger, promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, gestionar sosteniblemente los bosques, detener e invertir la degradación de las tierras, así como combatir la desertificación.
Se dará prioridad al uso de infraestructuras verdes por su menor impacto en el ecosistema.
|
|
Beneficiarios
|
Administraciones públicas, incluyendo Gobierno de Canarias, Cabildos Insulares, municipios, mancomunidades o consorcios constituidos por dichas entidades locales y las sociedades públicas que tengan competencias en la mitigación climática.
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|
Tipo de financiación
|
Convocatoria de expresiones de interés.
|
|
Criterios básicos elegibilidad
|
Está sujeta al cumplimiento de la Condición Favorecedora 2.4 “Marco eficaz de gestión del riesgo de catástrofes “.
Los riesgos prioritarios identificados son las inundaciones y avenidas, las sequías y los incendios forestales.
En el caso de actuaciones de abastecimiento de agua, estas se limitarán a las que, en caso de situación de emergencia por sequía, vayan exclusivamente orientadas al consumo humano.
Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos.
Consultar CPSO*
|
|
Condiciones medio ambientales
|
En el apartado 6 del Estudio Ambiental Estratégico del Programa se establece una serie de Medidas Preventivas/Correctoras/Compensatorias/Optimizadoras de las cuales algunas han de tenerse en cuenta como condiciones de elegibilidad.
El cumplimiento de estas condiciones y criterios se justifica en el documento de Análisis de aplicación de la DAE del Programa FEDER Canarias 2021-2027 (Anexo II de este documento).
Consultar CPSO*
|
|
DNSH
|
Cumplimiento de los condicionantes técnicos establecidos en la evaluación sustantiva realizada en el documento “Evaluación de conformidad con el Principio “No Causar Perjuicio Significativo”
Consultar CPSO*
|
|
Protección frente al cambio climático
|
Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
|
|
Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
|
- Conservación del patrimonio natural
- Mejor acceso para la gestión y prevención de incendios
- Zonas de mayor riesgo de incendios
|
|
Órgano concedente
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
|
|
Plazo presentación de solicitudes
|
Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
|
|
Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
|
52.153.279,00€
|
|
Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
|
https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
|
|
Normativa Reguladora
|
a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
|
|
Condiciones de la Ayuda
|
Las previstas en el Anexo I de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Formulario de Solicitud
|
Previsto en el Anexo IV de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Instrucción del procedimiento de selección
|
Previsto en el Anexo II, apartado 9 de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Metodología de valoración de los proyectos
|
Atendiendo a la posible valoración de la operación de conformidad a los baremos previstos para cada uno de los criterios, se obtiene una media ponderada por todos los criterios para obtener la puntuación final. No se seleccionará operaciones que no alcancen al menos el 50% de la puntuación máxima. Detalle de la baremación en la tabla 1.
|
|
Órgano Instructor
|
Servicio de Planificación Económica
|
|
Propuesta de Selección
|
Subdirección de Gestión de Fondos Europeos
|
|
Entrega DECA
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
|
|
Aceptación de la ayuda
|
Es requerida
|
|
Recurso
|
De Reposición
|
Criterios de priorización
|
2.4.1.G.A. Medidas de protección y gestión forestal de las Administraciones y entidades del Sector Público.
|
|
Criterios de Priorización
|
Definición
|
Baremación (B)
|
Valoración de cada criterio* (PC)
|
Puntuación Final (PF)
|
|
Conservación del patrimonio natural
|
Se priorizarán las actuaciones que contribuyan a la conservación del patrimonio natural y respeten la biodiversidad del entorno, fomenten la integridad del ecosistema, el mantenimiento y la mejora de los paisajes y los núcleos urbanos o rurales, y eviten la degradación del entorno.
|
|
|
|
|
Mejor acceso para la gestión y prevención de incendios
|
Se priorizarán aquellas actuaciones que faciliten el acceso a cualquier punto en el que se precise de actuaciones de prevención, extinción y restauración de incendios forestal.
|
|
|
|
|
Zonas de mayor riesgo de incendios
|
Se priorizarán actuaciones e infraestructuras en prevención de incendios en las zonas con mayor potencial de riesgo de incendio forestal.
|
|
|
|
|
Puntuación Final
|
|
100
|
|
Suma de todos los criterios
|
|
Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo. se tendrá en cuenta las bases y convocatoria de subvenciones, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación. Se considera prioritario que la operación para ser seleccionada cuente con un mínimo de calidad y que, al menos, alcance el 50% de la puntuación total.
|
|
2.4.1.G.B. Programa de ayudas para la ejecución de actuaciones preventivas destinadas a disminuir el riesgo de incendio y la erosión del terreno en las superficies forestales de titularidad privada.
|
|
Breve descripción de la actuación
|
Se busca adoptar medidas preventivas para combatir el cambio climático y sus efectos. Para ello, se prevén medidas destinadas a disminuir el riesgo de incendios, gestionar sosteniblemente los bosques de titularidad privada, detener e invertir la degradación de las tierras, así como combatir la desertificación.
|
|
Beneficiarios
|
Asociaciones de propietarios, titulares de superficie forestal.
|
|
Tipo de financiación
|
Convocatoria de ayudas en régimen de concurrencia competitiva.
|
|
Criterios básicos elegibilidad
|
Está sujeta al cumplimiento de la Condición Favorecedora 2.4 “Marco eficaz de gestión del riesgo de catástrofes “.
Los riesgos prioritarios identificados son las inundaciones y avenidas, las sequías y los incendios forestales.
En el caso de actuaciones de abastecimiento de agua, estas se limitarán a las que, en caso de situación de emergencia por sequía, vayan exclusivamente orientadas al consumo humano.
Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos.
Consultar CPSO*
|
|
Condiciones medio ambientales
|
En el apartado 6 del Estudio Ambiental Estratégico del Programa se establece una serie de Medidas Preventivas/Correctoras/Compensatorias/Optimizadoras de las cuales algunas han de tenerse en cuenta como condiciones de elegibilidad.
El cumplimiento de estas condiciones y criterios se justifica en el documento de Análisis de aplicación de la DAE del Programa FEDER Canarias 2021-2027 (Anexo II de este documento).
Consultar CPSO*
|
|
DNSH
|
Cumplimiento de los condicionantes técnicos establecidos en la evaluación sustantiva realizada en el documento “Evaluación de conformidad con el Principio “No Causar Perjuicio Significativo”
Consultar CPSO*
|
|
Protección frente al cambio climático
|
Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
|
|
Criterios de Priorización
|
- Conservación del patrimonio natural
- Zonas de mayor riesgo de incendios
|
|
Órgano concedente
|
D.G. de Espacios Naturales y Biodiversidad
|
|
Plazo presentación de solicitudes
|
Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
|
|
Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
|
52.153.279,00€
|
|
Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
|
https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
|
|
Normativa Reguladora
|
a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
|
|
2.4.2.G.A. Acciones de concienciación, sensibilización, prevención y adaptación al cambio climático.
|
|
Breve descripción de la actuación
|
Entre otras, se prevén medidas destinadas a fomentar el conocimiento de la sociedad de los riesgos del cambio climático, acciones de adaptación que permitan a los sectores económicos ser más resilientes al cambio climático y mejorar las infraestructuras públicas ante los riesgos climático entre otros.
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|
Beneficiarios
|
Administraciones Públicas Canarias.
|
|
Tipo de financiación
|
Convocatoria de expresiones de interés.
|
|
Criterios básicos elegibilidad
|
Está sujeta al cumplimiento de la Condición Favorecedora 2.4 “Marco eficaz de gestión del riesgo de catástrofes “.
Los riesgos prioritarios identificados son las inundaciones y avenidas, las sequías y los incendios forestales.
En el caso de actuaciones de abastecimiento de agua, estas se limitarán a las que, en caso de situación de emergencia por sequía, vayan exclusivamente orientadas al consumo humano.
Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos.
Consultar CPSO*
|
|
Condiciones medio ambientales
|
En el apartado 6 del Estudio Ambiental Estratégico del Programa se establece una serie de Medidas Preventivas/Correctoras/Compensatorias/Optimizadoras de las cuales algunas han de tenerse en cuenta como condiciones de elegibilidad.
El cumplimiento de estas condiciones y criterios se justifica en el documento de Análisis de aplicación de la DAE del Programa FEDER Canarias 2021-2027 (Anexo II de este documento).
Consultar CPSO*
|
|
DNSH
|
Cumplimiento de los condicionantes técnicos establecidos en la evaluación sustantiva realizada en el documento “Evaluación de conformidad con el Principio “No Causar Perjuicio Significativo”
Consultar CPSO*
|
|
Protección frente al cambio climático
|
Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
|
|
Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
|
- Identificación de impactos
- Cobertura de las acciones
- Inversiones en infraestructuras públicas ante los riesgos climáticos
|
|
Órgano concedente
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
|
|
Plazo presentación de solicitudes
|
Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
|
|
Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
|
52.153.279,00€
|
|
Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
|
https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
|
|
Normativa Reguladora
|
a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
|
|
Condiciones de la Ayuda
|
Las previstas en el Anexo I de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Formulario de Solicitud
|
Previsto en el Anexo IV de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Instrucción del procedimiento de selección
|
Previsto en el Anexo II, apartado 9 de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Metodología de valoración de los proyectos
|
Atendiendo a la posible valoración de la operación de conformidad a los baremos previstos para cada uno de los criterios, se obtiene una media ponderada por todos los criterios para obtener la puntuación final. No se seleccionará operaciones que no alcancen al menos el 50% de la puntuación máxima. Detalle de la baremación en la tabla 1.
|
|
Órgano Instructor
|
Servicio de Planificación Económica
|
|
Propuesta de Selección
|
Subdirección de Gestión de Fondos Europeos
|
|
Entrega DECA
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
|
|
Aceptación de la ayuda
|
Es requerida
|
|
Recurso
|
De Reposición
|
Criterios de priorización
|
2.4.2.G.A. Acciones de concienciación, sensibilización, prevención y adaptación al cambio climático.
|
|
Criterios de Priorización
|
Definición
|
Baremación (B)
|
Valoración de cada criterio* (PC)
|
Puntuación Final (PF)
|
|
Identificación de impactos
|
Se dará prioridad a los proyectos que contribuyan a la identificación de los impactos locales (riesgos y vulnerabilidades) del cambio climático.
|
|
|
|
|
Cobertura de las acciones
|
Se priorizarán operaciones que contemplen un mayor nivel de difusión y concienciación social sobre los riesgos del cambio climático. (enfoque preventivo, preferentemente a través de soluciones basadas en la naturaleza.)
|
|
|
|
|
Inversiones en infraestructuras públicas ante los riesgos climáticos
|
Se dará prioridad a aquellos que promuevan la mejora de las mismas ante los efectos de cambio climático.
|
|
|
|
|
Puntuación Final
|
|
100
|
|
Suma de todos los criterios
|
|
Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo. se tendrá en cuenta las bases y convocatoria de subvenciones, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación. Se considera prioritario que la operación para ser seleccionada cuente con un mínimo de calidad y que, al menos, alcance el 50% de la puntuación total.
|
|
2.4.3.G.A. Dotación de sistemas de comunicaciones digitales, equipamientos e infraestructuras para hacer frente a situaciones de riesgo.
|
|
Breve descripción de la actuación
|
Se plantea como objetivo en este ámbito modernizar la Red de Seguridad y Emergencias de Canarias (RESCAN) para prestar un mejor servicio de seguridad a las personas y el medio ambiente en situaciones de emergencia.
Entre las actuaciones previstas vinculadas a la RESCAN, se encuentran actuaciones de ampliación de la cobertura geográfica o poblacional, la mejora de la gestión y monitorización inteligente entre otros.
|
|
Beneficiarios
|
Administraciones públicas regionales, insulares y locales.
|
|
Tipo de financiación
|
Convocatoria de expresiones de interés.
|
|
Criterios básicos elegibilidad
|
Está sujeta al cumplimiento de la Condición Favorecedora 2.4 “Marco eficaz de gestión del riesgo de catástrofes “.
Los riesgos prioritarios identificados son las inundaciones y avenidas, las sequías y los incendios forestales.
En el caso de actuaciones de abastecimiento de agua, estas se limitarán a las que, en caso de situación de emergencia por sequía, vayan exclusivamente orientadas al consumo humano.
Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos.
Consultar CPSO*
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|
Condiciones medio ambientales
|
En el apartado 6 del Estudio Ambiental Estratégico del Programa se establece una serie de Medidas Preventivas/Correctoras/Compensatorias/Optimizadoras de las cuales algunas han de tenerse en cuenta como condiciones de elegibilidad.
El cumplimiento de estas condiciones y criterios se justifica en el documento de Análisis de aplicación de la DAE del Programa FEDER Canarias 2021-2027 (Anexo II de este documento).
Consultar CPSO*
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|
DNSH
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Cumplimiento de los condicionantes técnicos establecidos en la evaluación sustantiva realizada en el documento “Evaluación de conformidad con el Principio “No Causar Perjuicio Significativo”
Consultar CPSO*
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|
Protección frente al cambio climático
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Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
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Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
|
- Nivel de desarrollo tecnológico e implantación de las TIC
- Cobertura geográfica
- Servicios técnicos de calidad
- Eficiencia en la gestión de los riesgos
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Órgano concedente
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
|
|
Plazo presentación de solicitudes
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Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
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Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
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52.153.279,00€
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Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
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https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
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Normativa Reguladora
|
a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
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|
Condiciones de la Ayuda
|
Las previstas en el Anexo I de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Formulario de Solicitud
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Previsto en el Anexo IV de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Instrucción del procedimiento de selección
|
Previsto en el Anexo II, apartado 9 de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Metodología de valoración de los proyectos
|
Atendiendo a la posible valoración de la operación de conformidad a los baremos previstos para cada uno de los criterios, se obtiene una media ponderada por todos los criterios para obtener la puntuación final. No se seleccionará operaciones que no alcancen al menos el 50% de la puntuación máxima. Detalle de la baremación en la tabla 1.
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Órgano Instructor
|
Servicio de Planificación Económica
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Propuesta de Selección
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Subdirección de Gestión de Fondos Europeos
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Entrega DECA
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
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|
Aceptación de la ayuda
|
Es requerida
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Recurso
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De Reposición
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Criterios de priorización
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2.4.3.G.A. Dotación de sistemas de comunicaciones digitales, equipamientos e infraestructuras para hacer frente a situaciones de riesgo.
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Criterios de Priorización
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Definición
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Baremación (B)
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Valoración de cada criterio* (PC)
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Puntuación Final (PF)
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Nivel de desarrollo tecnológico e implantación de las TIC
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Para proyectos referidos a sistemas de comunicaciones, serán valorados en función del nivel de desarrollo tecnológico y de la implantación de herramientas TIC que permitan mejorar los sistemas de comunicación en los servicios de seguridad y emergencia.
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Cobertura geográfica
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Se priorizarán los proyectos que presten mayor cobertura geográfica o poblacional de los servicios públicos.
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Servicios técnicos de calidad
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Se priorizarán las operaciones que cuenten con soluciones para implantar y explotar servicios técnicos de calidad.
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Eficiencia en la gestión de los riesgos
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Se priorizarán las operaciones que contemplen una gestión más eficiente para hacer frente a los riesgos.
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Puntuación Final
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100
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Suma de todos los criterios
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|
Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo. se tendrá en cuenta las bases y convocatoria de subvenciones, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación. Se considera prioritario que la operación para ser seleccionada cuente con un mínimo de calidad y que, al menos, alcance el 50% de la puntuación total.
|
-OE2.5 El fomento del acceso al agua y de una gestión hídrica sostenible.
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2.5.1.G.A. Mejora de la optimización en la distribución y almacenamiento de los recursos hídricos.
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Breve descripción de la actuación
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Se plantean varias acciones para la mejora de la optimización en la distribución y almacenamiento de los recursos hídricos. Se busca a través de las actuaciones, abordar la transición hídrica de Canarias hacia un modelo de gestión que optimice la red de distribución, recupere el conjunto del caudal urbano para la gestión socioeconómica inteligente del territorio, y siempre en el marco de las políticas europeas del agua..
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Beneficiarios
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Gobierno de Canarias, Consejos Insulares de Agua, Cabildos insulares, Puertos Canarios, Ayuntamientos, Empresas gestoras de abastecimiento municipal.
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Tipo de financiación
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Convocatoria de expresiones de interés.
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|
Criterios básicos elegibilidad
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Está sujeta al cumplimiento de la Condición Favorecedora 2.5 “Planificación actualizada de las inversiones requeridas en los sectores del agua y las aguas residuales”.
Se verificará que dichas actuaciones contribuyan a reducir las extracciones, aporten nuevos caudales al ciclo hidrológico, mejoren la eficiencia hídrica y/o reduzcan la contaminación por vertido.
Solo se podrán incluir Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales (EDARs) en las regiones menos desarrolladas,
en las islas, y, de manera excepcional en las regiones en transición.
Las actuaciones de regeneración y reutilización de las aguas depuradas, para la mejora del estado de las masas de agua y la reducción del estrés hídrico, se podrán financiar de forma generalizada en las tres categorías de región.
Las actuaciones que permitan aumentar la disponibilidad del recurso, como las plantas de tratamiento de agua potable o la construcción de nuevas infraestructuras de almacenamiento, estarán limitadas a aquellos lugares donde esté debidamente justificado.
No se podrán financiar plantas desalinizadoras.
Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos.
Consultar CPSO*
|
|
Condiciones medio ambientales
|
En el apartado 6 del Estudio Ambiental Estratégico del Programa se establece una serie de Medidas Preventivas/Correctoras/Compensatorias/Optimizadoras de las cuales algunas han de tenerse en cuenta como condiciones de elegibilidad.
El cumplimiento de estas condiciones y criterios se justifica en el documento de Análisis de aplicación de la DAE del Programa FEDER Canarias 2021-2027 (Anexo II de este documento).
Consultar CPSO*
|
|
DNSH
|
Cumplimiento de los condicionantes técnicos establecidos en la evaluación sustantiva realizada en el documento “Evaluación de conformidad con el Principio “No Causar Perjuicio Significativo”
Consultar CPSO*
|
|
Protección frente al cambio climático
|
Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
|
|
Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
|
- Mejora de la eficiencia hídrica de los sistemas
- Mejora en la garantía del servicio de abastecimiento a la población
- Continuidad de la inversión y mantenimiento
- Digitalización del ciclo del agua
|
|
Órgano concedente
|
D.G. de Planificación y Presupuesto y D.G. de Aguas.
|
|
Plazo presentación de solicitudes
|
Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
|
|
Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
|
14.454.563,00€
|
|
Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
|
https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
|
|
Normativa Reguladora
|
a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
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|
Condiciones de la Ayuda
|
Las previstas en el Anexo I de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Formulario de Solicitud
|
Previsto en el Anexo IV de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Instrucción del procedimiento de selección
|
Previsto en el Anexo II, apartado 9 de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Metodología de valoración de los proyectos
|
Atendiendo a la posible valoración de la operación de conformidad a los baremos previstos para cada uno de los criterios, se obtiene una media ponderada por todos los criterios para obtener la puntuación final. No se seleccionará operaciones que no alcancen al menos el 50% de la puntuación máxima. Detalle de la baremación en la tabla 1.
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|
Órgano Instructor
|
Servicio de Planificación Económica
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Propuesta de Selección
|
Subdirección de Gestión de Fondos Europeos
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Entrega DECA
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
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Aceptación de la ayuda
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Es requerida
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Recurso
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De Reposición
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Criterios de priorización
|
2.5.1.G.A. Mejora de la optimización en la distribución y almacenamiento de los recursos hídricos.
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|
Criterios de Priorización
|
Definición
|
Baremación (B)
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Valoración de cada criterio* (PC)
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Puntuación Final (PF)
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|
Mejora de la eficiencia hídrica de los sistemas
|
Se priorizarán los proyectos que contemplen medidas dirigidas al ahorro y la eficiencia en el uso energético y de los recursos hídricos, particularmente las encaminadas a la reducción de las pérdidas y el incremento de la reutilización.
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|
|
Mejora en la garantía del servicio de abastecimiento a la población
|
Se priorizarán las operaciones que mejoren el servicio a mayor población o a poblaciones que cuenten con sistemas de distribución obsoletos.
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|
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Continuidad de la inversión y mantenimiento
|
Se priorizarán los proyectos que presenten un plan de mantenimiento que garantice la continuidad de los sistemas instalados para el control y gestión de en la distribución y almacenamiento de los recursos hídricos.
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Digitalización del ciclo del agua
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Se priorizarán los proyectos que implementen tecnologías digitales para monitorear, gestionar y optimizar el ciclo completo del agua, desde su captación hasta su consumo y tratamiento, mejorando la eficiencia y sostenibilidad de los recursos hídricos.
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|
|
|
|
Puntuación Final
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|
100
|
|
Suma de todos los criterios
|
|
Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo. se tendrá en cuenta las bases y convocatoria de subvenciones, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación. Se considera prioritario que la operación para ser seleccionada cuente con un mínimo de calidad y que, al menos, alcance el 50% de la puntuación total.
|
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2.5.2.G.A. Mejora y ampliación de estaciones depuradoras de aguas residuales y en las estaciones de bombeo de aguas residuales.
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|
Breve descripción de la actuación
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Las medidas propuestas en depuración de aguas residuales están encaminadas a contribuir al objetivo de contaminación cero, que beneficia a la salud pública, el medio ambiente y la neutralidad climática, además de mejorar la resiliencia. El objetivo de las medidas sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas que se proponen, es proteger la salud humana y salvaguardar el entorno natural, dando así cumplimiento a la obligación de poner en marcha las infraestructuras necesarias para recoger y tratar las aguas residuales urbanas, eliminando o reduciendo así todos sus efectos no deseados cuando se vierten en las masas de agua.
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|
Beneficiarios
|
Gobierno de Canarias, Consejos Insulares de Agua, Cabildos insulares.
|
|
Tipo de financiación
|
Convocatoria de expresiones de interés.
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Criterios básicos elegibilidad
|
Está sujeta al cumplimiento de la Condición Favorecedora 2.5 “Planificación actualizada de las inversiones requeridas en los sectores del agua y las aguas residuales”.
Se verificará que dichas actuaciones contribuyan a reducir las extracciones, aporten nuevos caudales al ciclo hidrológico, mejoren la eficiencia hídrica y/o reduzcan la contaminación por vertido.
Solo se podrán incluir Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales (EDARs) en las regiones menos desarrolladas, en las islas, y, de manera excepcional en las regiones en transición.
Las actuaciones de regeneración y reutilización de las aguas depuradas, para la mejora del estado de las masas de agua y la reducción del estrés hídrico, se podrán financiar de forma generalizada en las tres categorías de región.
Las actuaciones que permitan aumentar la disponibilidad del recurso, como las plantas de tratamiento de agua potable o la construcción de nuevas infraestructuras de almacenamiento, estarán limitadas a aquellos lugares donde esté debidamente justificado.
No se podrán financiar plantas desalinizadoras.
Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos.
Consultar CPSO*
|
|
Condiciones medio ambientales
|
En el apartado 6 del Estudio Ambiental Estratégico del Programa se establece una serie de Medidas Preventivas/Correctoras/Compensatorias/Optimizadoras de las cuales algunas han de tenerse en cuenta como condiciones de elegibilidad.
El cumplimiento de estas condiciones y criterios se justifica en el documento de Análisis de aplicación de la DAE del Programa FEDER Canarias 2021-2027 (Anexo II de este documento).
Consultar CPSO*
|
|
DNSH
|
Cumplimiento de los condicionantes técnicos establecidos en la evaluación sustantiva realizada en el documento “Evaluación de conformidad con el Principio “No Causar Perjuicio Significativo”
Consultar CPSO*
|
|
Protección frente al cambio climático
|
Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
|
|
Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
|
- Mejora de la eficiencia hídrica de los sistemas
- Mejora de las depuradoras existentes
- Calidad del agua
- Nivel de infracción e impacto del vertido
- Tamaño de la aglomeración
|
|
Órgano concedente
|
D.G. de Planificación y Presupuesto y D.G. de Aguas.
|
|
Plazo presentación de solicitudes
|
Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
|
|
Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
|
14.454.563,00€
|
|
Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
|
https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
|
|
Normativa Reguladora
|
a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
|
|
Condiciones de la Ayuda
|
Las previstas en el Anexo I de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Formulario de Solicitud
|
Previsto en el Anexo IV de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Instrucción del procedimiento de selección
|
Previsto en el Anexo II, apartado 9 de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Metodología de valoración de los proyectos
|
Atendiendo a la posible valoración de la operación de conformidad a los baremos previstos para cada uno de los criterios, se obtiene una media ponderada por todos los criterios para obtener la puntuación final. No se seleccionará operaciones que no alcancen al menos el 50% de la puntuación máxima. Detalle de la baremación en la tabla 1.
|
|
Órgano Instructor
|
Servicio de Planificación Económica
|
|
Propuesta de Selección
|
Subdirección de Gestión de Fondos Europeos
|
|
Entrega DECA
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
|
|
Aceptación de la ayuda
|
Es requerida
|
|
Recurso
|
De Reposición
|
Criterios de priorización
|
2.5.2.G.A. Mejora y ampliación de estaciones depuradoras de aguas residuales y en las estaciones de bombeo de aguas residuales.
|
|
Criterios de Priorización
|
Definición
|
Baremación (B)
|
Valoración de cada criterio* (PC)
|
Puntuación Final (PF)
|
|
Mejora de la eficiencia hídrica de los sistemas
|
Se priorizarán los proyectos que contemplen medidas dirigidas al ahorro y la eficiencia en el uso de los recursos hídricos, particularmente las encaminadas al incremento de la reutilización.
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Mejora de las depuradoras existentes
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Se priorizarán aquellos proyectos que aborden la modernización y adecuación de depuradoras que estén operando cerca o en su capacidad máxima o que muestren signos de deficiencia.
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Calidad del agua
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Se priorizarán las operaciones que mejoren la calidad del agua depurada, reduciendo la contaminación (vertidos) y preparándola adecuadamente para su reutilización.
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Nivel de infracción e impacto del vertido
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Se priorizará proyectos en función de los niveles de gravedad de la infracción de acuerdo con la Directiva 91/271 relativa a la recogida y tratamiento de las aguas residuales, así como el impacto ambiental del vertido.
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|
|
|
|
Tamaño de la aglomeración
|
Se priorizarán los proyectos destinados a aglomeraciones de mayor tamaño.
|
|
|
|
|
Puntuación Final
|
|
100
|
|
Suma de todos los criterios
|
|
Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo. se tendrá en cuenta las bases y convocatoria de subvenciones, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación. Se considera prioritario que la operación para ser seleccionada cuente con un mínimo de calidad y que, al menos, alcance el 50% de la puntuación total.
|
-OE2.6 El fomento de la transición hacia una economía circular y eficiente en el uso de recursos.
|
2.6.1.G.A. Mejora en la gestión de residuos.
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|
Breve descripción de la actuación
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Mejora en la gestión de residuos. Todo ello, siguiendo el marco del PIRCAN cuyos objetivos generales para el periodo 2021-27 son:
- Promover la reducción en la producción y peligrosidad.
- Maximizar la preparación para la reutilización y el reciclaje, incluida la fabricación de compost.
- Aumentar la valorización de productos y energía contenidos en los bioresiduos urbanos ya separados.
- Disminuir y optimizar la eliminación de residuos en vertedero.
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Beneficiarios
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Administraciones Públicas.
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Tipo de financiación
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Convocatoria de expresiones de interés.
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|
Criterios básicos elegibilidad
|
Está sujeta al cumplimiento de la Condición Favorecedora 2.6 “Planificación actualizada de la gestión de los residuos”.
Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos.
Las operaciones deberán cumplir con el principio de proporcionalidad entre los costes de gestión y la cantidad de residuos tratada.
Quedarán excluidas las inversiones en eliminación de desechos en vertederos, así como cualquier inversión para incrementar la capacidad de las instalaciones para el tratamiento de los desechos residuales, excepto para las Regiones Ultraperiféricas solamente en caso debidamente justificados.
Consultar CPSO*
|
|
Condiciones medio ambientales
|
En el apartado 6 del Estudio Ambiental Estratégico del Programa se establece una serie de Medidas Preventivas/Correctoras/Compensatorias/Optimizadoras de las cuales algunas han de tenerse en cuenta como condiciones de elegibilidad.
El cumplimiento de estas condiciones y criterios se justifica en el documento de Análisis de aplicación de la DAE del Programa FEDER Canarias 2021-2027 (Anexo II de este documento).
Consultar CPSO*
|
|
DNSH
|
Se trata de un tipo de acción con una evaluación simplificada en el documento “Evaluación de conformidad con el Principio “No Causar Perjuicio Significativo”
Consultar CPSO*
|
|
Protección frente al cambio climático
|
Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
|
|
Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
|
- Principio de jerarquía de residuos
- Trazabilidad de los residuos
- Cobertura
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|
Órgano concedente
|
D.G. de Planificación y Presupuesto y D.G. de Transición Ecológica y Lucha contra el Cambio Climático.
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|
Plazo presentación de solicitudes
|
Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
|
|
Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
|
12.756.077,00€
|
|
Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
|
https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
|
|
Normativa Reguladora
|
a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
|
|
Condiciones de la Ayuda
|
Las previstas en el Anexo I de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Formulario de Solicitud
|
Previsto en el Anexo IV de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Instrucción del procedimiento de selección
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Previsto en el Anexo II, apartado 9 de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Metodología de valoración de los proyectos
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Atendiendo a la posible valoración de la operación de conformidad a los baremos previstos para cada uno de los criterios, se obtiene una media ponderada por todos los criterios para obtener la puntuación final. No se seleccionará operaciones que no alcancen al menos el 50% de la puntuación máxima. Detalle de la baremación en la tabla 1.
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Órgano Instructor
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Servicio de Planificación Económica
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Propuesta de Selección
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Subdirección de Gestión de Fondos Europeos
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Entrega DECA
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Dirección General de Planificación y Presupuesto
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Aceptación de la ayuda
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Es requerida
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Recurso
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De Reposición
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Criterios de priorización
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2.6.1.G.A. Mejora en la gestión de residuos.
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Criterios de Priorización
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Definición
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Baremación (B)
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Valoración de cada criterio* (PC)
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Puntuación Final (PF)
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Principio de jerarquía de residuos
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Se priorizarán las operaciones que incorporen el principio de jerarquía en la producción y gestión de los residuos que ha de centrarse en la prevención, la preparación para la reutilización, el reciclaje u otras formas de valorización, incluida la valorización energética y por último la eliminación (solo en casos debidamente justificados).
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Trazabilidad de los residuos
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Se priorizarán las operaciones que permitan una trazabilidad de los residuos a través de medios informáticos.
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Cobertura
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Se priorizarán los proyectos con una mayor cobertura geográfica o poblacional de los servicios.
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Puntuación Final
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100
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Suma de todos los criterios
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Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo. se tendrá en cuenta las bases y convocatoria de subvenciones, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación. Se considera prioritario que la operación para ser seleccionada cuente con un mínimo de calidad y que, al menos, alcance el 50% de la puntuación total.
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-OE2.7 El fomento de la protección y la conservación de la naturaleza, la biodiversidad y las infraestructuras ecológicas (en lo sucesivo, «infraestructuras verdes»), también en las zonas urbanas, y la reducción de toda forma de contaminación.
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2.7.1.G.A Medidas destinadas a la conservación de la biodiversidad de Canarias
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Breve descripción de la actuación
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Obedecen a las necesidades identificadas en el Marco de Acciones Prioritarias de Canarias para la gestión de la Red Natura 2000 y que consisten en actuaciones, entre otras, de elaboración de estudios y planes de conservación de la naturaleza y de recuperación de las especies.
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Beneficiarios
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Administración Pública de la CA de Canarias.
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Tipo de financiación
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Convocatoria de expresiones de interés.
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Criterios básicos elegibilidad
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Condición Favorecedora. Deben ser coherentes con el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima.
Consultar CPSO*
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Condiciones medio ambientales
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Incrementar la protección y la conservación de la naturaleza, la biodiversidad y las infraestructuras verdes, también en las zonas urbanas, y reducir toda forma de contaminación
Consultar CPSO*
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DNSH
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Evaluación de conformidad con el Principio. No Causar Perjuicio Significativo.
Consultar CPSO*
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Protección frente al cambio climático
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Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
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Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
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- Interés de conservación
- Espacios naturales
- Mejora de la conciencia pública
- Uso de las TICs
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Órgano concedente
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Dirección General de Planificación y Presupuesto
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Plazo presentación de solicitudes
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Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
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Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
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15.460.020,00€
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Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
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https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
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Normativa Reguladora
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a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
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Condiciones de la Ayuda
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Las previstas en el Anexo I de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Formulario de Solicitud
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Previsto en el Anexo IV de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Instrucción del procedimiento de selección
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Previsto en el Anexo II, apartado 9 de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Metodología de valoración de los proyectos
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Atendiendo a la posible valoración de la operación de conformidad a los baremos previstos para cada uno de los criterios, se obtiene una media ponderada por todos los criterios para obtener la puntuación final. No se seleccionará operaciones que no alcancen al menos el 50% de la puntuación máxima. Detalle de la baremación en la tabla 1.
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Órgano Instructor
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Servicio de Planificación Económica
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Propuesta de Selección
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Subdirección de Gestión de Fondos Europeos
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Entrega DECA
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Dirección General de Planificación y Presupuesto
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Aceptación de la ayuda
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Es requerida
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Recurso
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De Reposición
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Criterios de priorización
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2.7.1.G.A Medidas destinadas a la conservación de la biodiversidad de Canarias.
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Criterios de Priorización
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Definición
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Baremación (B)
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Valoración de cada criterio* (PC)
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Puntuación Final (PF)
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Interés de conservación
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Se priorizarán aquellas operaciones cuyo interés para la conservación sea más alto o cuya repercusión e impacto sea más relevante.
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30
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Se valora de 0 a 100 puntos: Excelente: se considera con interés de conservación alto si se actúa sobre especies amenazadas o en peligro de extinción o en hábitats de interés comunitario, 100 puntos. Buena: si se actúa sobre especies protegidas o hábitats protegidos, 50 puntos. Insuficiente: si no actúa sobre especies protegidas o amenazadas, o hábitats protegidos o de interés comunitario, 0 puntos
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30/15/0
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Espacios naturales
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Se considerarán prioritarias aquellas actuaciones que se desarrollen en los espacios Natura 2000 o espacios naturales protegidos.
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30
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Se valora de 0 a 100 puntos: Excelente: si las actuaciones se desarrollan en espacios Natura 2000, obtiene la máxima puntuación, 100 puntos. Buena: Si actúa en espacios naturales protegidos distintos de Red Natura 2000, 50 puntos. Insuficiente: No actúa en espacios Natura 2000 o espacios naturales protegidos, 0 puntos
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30/15/0
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Mejora de la conciencia pública
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Se considerarán prioritarios las operaciones que fomenten la divulgación de las especies y de la biodiversidad a la ciudadanía.
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20
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Se valora de 0 a 100 puntos: Excelente: Si la operación se dedica exclusivamente a fomentar la divulgación de las especies y biodiversidad, obtiene 100 puntos. Buena: si su objetivo principal no es la divulgación pero realiza acciones de difusión, 50 puntos Insuficiente: si no realiza acciones de divulgación, 0 puntos
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20/10/0
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Uso de las TICs
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Se priorizarán las operaciones que desarrollen y optimicen el uso de las TICs para la difusión y divulgación de conocimiento en la materia.
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20
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Se valora de 0 a 100 puntos: Excelente: Si la operación se destina exclusivamente a desarrollar y optimizar el uso de las TICs, obtiene 100 puntos. Buena: si la operaación realiza algunas acciones de difusión y divulgación usando las TICs, 50 puntos. Insuficiente: si no usa la TICs, 0 puntos
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20/10/0
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Puntuación Final
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100
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Suma de todos los criterios
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Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo. se tendrá en cuenta las bases y convocatoria de subvenciones, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación. Se considera prioritario que la operación para ser seleccionada cuente con un mínimo de calidad y que, al menos, alcance el 50% de la puntuación total.
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2.7.2.G.A. Desarrollo de infraestructuras verdes en zonas urbanas y rurales.
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Breve descripción de la actuación
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Han de considerarse prioritarias, será otro de los ámbitos de intervención previstos, orientado a la puesta en valor de rutas de interés, el patrimonio etnográfico, paisajístico y cultural. En este ámbito, destacan el desarrollo previsto de actuaciones para el acondicionamiento de infraestructuras viarias preexistentes, como caminos, senderos, la señalética y la generación de conocimiento para las personas.
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Beneficiarios
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Administración Pública de la CA de Canarias.
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Tipo de financiación
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Convocatoria de expresiones de interés.
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Criterios básicos elegibilidad
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Las actuaciones del Objetivo Específico 2.7 están sujetas al cumplimiento de la Condición Favorecedora 2.7 “Marco de acción prioritaria para las medidas de conservación necesarias que implican cofinanciación de la Unión”
Las actuaciones en el ámbito de la Red Natura 2000 contribuirán a implementar el Marco de Acción Prioritaria para el periodo 2021-2027.
Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos.
Consultar CPSO*
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Condiciones medio ambientales
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En el apartado 6 del Estudio Ambiental Estratégico del Programa se establece una serie de Medidas Preventivas/Correctoras/Compensatorias/Optimizadoras de las cuales algunas han de tenerse en cuenta como condiciones de elegibilidad.
El cumplimiento de estas condiciones y criterios se justifica en el documento de Análisis de aplicación de la DAE del Programa FEDER Canarias 2021-2027 (Anexo II de este documento).
Consultar CPSO*
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DNSH
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Impacto nulo o insignificante en el medio ambiente.
Se trata de un tipo de acción con una evaluación simplificada en el documento “Evaluación de conformidad con el Principio “No Causar Perjuicio Significativo”
Consultar CPSO*
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Protección frente al cambio climático
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Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
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Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
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- Estado de conservación
- Impacto paisajístico
- Viabilidad y grado de madurez
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Órgano concedente
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Dirección General de Planificación y Presupuesto
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Plazo presentación de solicitudes
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Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
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Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
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15.460.020,00€
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Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
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https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
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Normativa Reguladora
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a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
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Condiciones de la Ayuda
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Las previstas en el Anexo I de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Formulario de Solicitud
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Previsto en el Anexo IV de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Instrucción del procedimiento de selección
|
Previsto en el Anexo II, apartado 9 de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Metodología de valoración de los proyectos
|
Atendiendo a la posible valoración de la operación de conformidad a los baremos previstos para cada uno de los criterios, se obtiene una media ponderada por todos los criterios para obtener la puntuación final. No se seleccionará operaciones que no alcancen al menos el 50% de la puntuación máxima. Detalle de la baremación en la tabla 1.
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Órgano Instructor
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Servicio de Planificación Económica
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Propuesta de Selección
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Subdirección de Gestión de Fondos Europeos
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Entrega DECA
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Dirección General de Planificación y Presupuesto
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Aceptación de la ayuda
|
Es requerida
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Recurso
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De Reposición
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Criterios de priorización
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2.7.2.G.A. Desarrollo de infraestructuras verdes en zonas urbanas y rurales.
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Criterios de Priorización
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Definición
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Baremación (B)
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Valoración de cada criterio* (PC)
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Puntuación Final (PF)
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Estado de conservación
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Serán prioritarias las operaciones en las que la necesidad de acondicionamiento o conservación sea mayor.
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Impacto paisajístico
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Se priorizarán las operaciones que consideren el impacto paisajístico cuando se trate de nuevas infraestructuras.
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Viabilidad y grado de madurez
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Los proyectos deberán contar con un grado de madurez y viabilidad para su ejecución.
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Puntuación Final
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100
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Suma de todos los criterios
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Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo. se tendrá en cuenta las bases y convocatoria de subvenciones, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación. Se considera prioritario que la operación para ser seleccionada cuente con un mínimo de calidad y que, al menos, alcance el 50% de la puntuación total.
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Prioridad 2.B. Movilidad Urbana:
-OE2.8 El fomento de la movilidad urbana multimodal sostenible, como parte de la transición hacia una economía con cero emisiones netas de carbono.
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2.8.1.G.A Programa de ayudas para promover infraestructuras de puntos de recarga/repostaje y vehículos eléctricos de uso público
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Breve descripción de la actuación
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Ayudas para la “Movilidad Urbana” para generar entornos más accesibles e inclusivos, respirables, sostenibles e inteligentes, consiguiendo una reducción de tráfico, mejora de la seguridad vial y desviación de tráfico motorizado, actuaciones de gestión y regulación del estacionamiento para disminuir las plazas de aparcamiento en los centros urbanos, y actuaciones de potenciación del transporte público, promoción de la movilidad peatonal, la movilidad ciclista y la movilidad escolar, así como actuaciones de fomento del vehículo eléctrico destinado al transporte público o colectivo y los puntos de recarga para dicho transporte.
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Beneficiarios
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Administración Pública de la CA de Canarias.
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Tipo de financiación
|
Convocatoria de expresiones de interés.
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Criterios básicos elegibilidad
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Fomentar la movilidad urbana multimodal sostenible, como parte de la transición hacia una economía con nivel cero de emisiones netas de carbono
Consultar CPSO*
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Condiciones medio ambientales
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Reducción del consumo de energías de fuentes convencionales / fósiles que las operaciones proyectadas permitan
Consultar CPSO*
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DNSH
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Impacto nulo o insignificante
Consultar CPSO*
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|
Protección frente al cambio climático
|
Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
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Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
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- Puntos de Recarga para transporte público y privado de acceso público
- Potencia instalada
- Vehículo de Servicio Público
- Tipo de Vehículos
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Órgano concedente
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Dirección General de Planificación y Presupuesto
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Plazo presentación de solicitudes
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Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
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Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
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35.225.093,00€
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Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
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https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
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Normativa Reguladora
|
a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
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|
Condiciones de la Ayuda
|
Las previstas en el Anexo I de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Formulario de Solicitud
|
Previsto en el Anexo IV de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Instrucción del procedimiento de selección
|
Previsto en el Anexo II, apartado 9 de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
|
|
Metodología de valoración de los proyectos
|
Atendiendo a la posible valoración de la operación de conformidad a los baremos previstos para cada uno de los criterios, se obtiene una media ponderada por todos los criterios para obtener la puntuación final. No se seleccionará operaciones que no alcancen al menos el 50% de la puntuación máxima. Detalle de la baremación en la tabla 1.
|
|
Órgano Instructor
|
Servicio de Planificación Económica
|
|
Propuesta de Selección
|
Subdirección de Gestión de Fondos Europeos
|
|
Entrega DECA
|
Dirección General de Planificación y Presupuesto
|
|
Aceptación de la ayuda
|
Es requerida
|
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Recurso
|
De Reposición
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Criterios de priorización
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2.8.1.G.A Programa de ayudas para promover infraestructuras de puntos de recarga/repostaje y vehículos eléctricos de uso público
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Criterios de Priorización
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Definición
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Baremación (B)
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Valoración de cada criterio* (PC)
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Puntuación Final (PF)
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Puntos de recarga para transporte público y privado de acceso público
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En el caso de los puntos de recarga, tan solo se financiarán aquellas convocatorias en el que los puntos de recarga subvencionados sean para el transporte público y en el caso de transporte privado que sea de acceso público.
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25
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Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Excelente: 100 puntos si se exige como criterio para seleccionar a las entidades ayudadas y representa al menos el 30% del total de puntuación de valoración. Bueno: 60 puntos si el criterio se tiene en cuenta para priorizar las entidades ayudadas y representa menos del 30%. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las entidades que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
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PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 10) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
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Potencia instalada
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En el caso de los puntos de recarga, la convocatoria ha de establecer que el punto de recarga debe tener una potencia eléctrica mínima igual o superior a 15 KW.
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25
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Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Excelente: 100 puntos si se exige como criterio para seleccionar a las entidades ayudadas y representa al menos el 30% del total de puntuación de valoración. Bueno: 60 puntos si el criterio se tiene en cuenta para priorizar las entidades ayudadas y representa menos del 30%. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las entidades que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
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PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 10) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
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Vehículos de Servicio Público
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En el caso de inversiones en vehículos, la convocatoria excluirá todo vehículo que no esté destinado a transporte de servicio público o colectivo.
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25
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Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Excelente: 100 puntos si se exige como criterio para seleccionar a las entidades ayudadas y representa al menos el 30% del total de puntuación de valoración. Bueno: 60 puntos si el criterio se tiene en cuenta para priorizar las entidades ayudadas y representa menos del 30%. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las entidades que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
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PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 10) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
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Tipo de Vehículos
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Se financiarán las convocatorias que prevean como subvencionables los vehículos tipo M1, M2 y M3.
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25
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Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Excelente: 100 puntos si se exige como criterio para seleccionar a las entidades ayudadas y representa al menos el 30% del total de puntuación de valoración. Bueno: 60 puntos si el criterio se tiene en cuenta para priorizar las entidades ayudadas y representa menos del 30%. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las entidades que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
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PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 10) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
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Puntuación Final
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100
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|
Suma de todos los criterios
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Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo. se tendrá en cuenta las bases y convocatoria de subvenciones, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación. Se considera prioritario que la operación para ser seleccionada cuente con un mínimo de calidad y que, al menos, alcance el 50% de la puntuación total.
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2.8.1.G.B Programa de apoyo a la movilidad eficiente y sostenible
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Breve descripción de la actuación
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Con finalidad de generar entornos más accesibles e inclusivos, respirables, sostenibles e inteligentes, se prevén actuaciones de calmado de tráfico, mejora de la seguridad vial y desviación de tráfico motorizado, actuaciones de gestión y regulación del estacionamiento para disminuir las plazas de aparcamiento en centro urbano, actuaciones de potenciación del transporte público, promoción de la movilidad peatonal, la movilidad ciclista y la movilidad escolar, así como actuaciones de fomento del vehículo eléctrico destinado al transporte público o colectivo y los puntos de recarga para dicho transporte, mientras que para el transporte privado sólo en la vía pública o en lugares que pueda ser usados por toda la ciudadanía.
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Beneficiarios
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Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias Corporaciones Locales de Canarias, y Empresas públicas de Transportes.
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Tipo de financiación
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Convocatoria de expresiones de interés.
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Criterios básicos elegibilidad
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Fomentar la movilidad urbana multimodal sostenible, como parte de la transición hacia una economía con nivel cero de emisiones netas de carbono
Consultar CPSO*
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Condiciones medio ambientales
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Reducción del consumo de energías de fuentes convencionales / fósiles que las operaciones proyectadas permitan
Consultar CPSO*
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DNSH
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Impacto nulo o insignificante
Consultar CPSO*
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Protección frente al cambio climático
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Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
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Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
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- Propuesta de actuación/documento de proyecto
- Grado de innovación de la propuesta
- Participación ciudadana y difusión
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Órgano concedente
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Dirección General de Planificación y Presupuesto
DG de Transporte y Movilidad
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Plazo presentación de solicitudes
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Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
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Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
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35.225.093,00€
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Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
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https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
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Normativa Reguladora
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a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
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Condiciones de la Ayuda
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Las previstas en el Anexo I de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Formulario de Solicitud
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Previsto en el Anexo IV de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Instrucción del procedimiento de selección
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Previsto en el Anexo II, apartado 9 de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Metodología de valoración de los proyectos
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Atendiendo a la posible valoración de la operación de conformidad a los baremos previstos para cada uno de los criterios, se obtiene una media ponderada por todos los criterios para obtener la puntuación final. No se seleccionará operaciones que no alcancen al menos el 50% de la puntuación máxima. Detalle de la baremación en la tabla 1.
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Órgano Instructor
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Servicio de Planificación Económica
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Propuesta de Selección
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Subdirección de Gestión de Fondos Europeos
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Entrega DECA
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Dirección General de Planificación y Presupuesto
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Aceptación de la ayuda
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Es requerida
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Recurso
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De Reposición
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Criterios de priorización
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2.8.1.G.B Programa de apoyo a la movilidad eficiente y sostenible
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Criterios de Priorización
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Definición
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Baremación (B)
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Valoración de cada criterio* (PC)
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Puntuación Final (PF)
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Propuesta de actuación/documento del proyecto
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Se valorará la coherencia y adecuación al objeto y fines de la convocatoria, que aporte una visión integral, suponga una actuación de interés público y su contribución a los objetivos del documento marco que desarrolla, así como la incorporación en su ejecución de criterios de movilidad sostenible, de perspectiva de género y diversidad funcional.
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40
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Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Excelente: 100 puntos si se exige como criterio para seleccionar a las entidades ayudadas y representa al menos el 30% del total de puntuación de valoración. Bueno: 60 puntos si el criterio se tiene en cuenta para priorizar las entidades ayudadas y representa menos del 30%. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las entidades que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
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PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 10) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
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Grado de innovación de la propuesta
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Se valorará la aportación de mejoras o nuevos enfoques frente a los existentes y la repercusión local de la propuesta.
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40
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Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Excelente: 100 puntos si se exige como criterio para seleccionar a las entidades ayudadas y representa al menos el 30% del total de puntuación de valoración. Bueno: 60 puntos si el criterio se tiene en cuenta para priorizar las entidades ayudadas y representa menos del 30%. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las entidades que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
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PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 10) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
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Participación ciudadana y difusión
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Se valorará la implicación activa de la población en la definición y ejecución de la actuación, así como la realización de actividades de difusión, comunicación y sensibilización.
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20
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Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Excelente: 100 puntos si se exige como criterio para seleccionar a las entidades ayudadas y representa al menos el 30% del total de puntuación de valoración. Bueno: 60 puntos si el criterio se tiene en cuenta para priorizar las entidades ayudadas y representa menos del 30%. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las entidades que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
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PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 10) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
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Puntuación Final
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100
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Suma de todos los criterios
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Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo. se tendrá en cuenta las bases y convocatoria de subvenciones, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación. Se considera prioritario que la operación para ser seleccionada cuente con un mínimo de calidad y que, al menos, alcance el 50% de la puntuación total.
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2.8.2.G.A Infraestructuras para promover el transporte intermodal
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Breve descripción de la actuación
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Con la finalidad de contribuir al desarrollo de una red global de infraestructuras digitales de alta velocidad y promover una movilidad multimodal sostenible y no contaminante, con especial atención al transporte público, la movilidad compartida y los desplazamientos a pie y a bicicleta, como parte de la transición hacia una economía con cero emisiones netas de carbono.
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Beneficiarios
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Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias Corporaciones Locales de Canarias, y Empresas públicas de Transportes.
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Tipo de financiación
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Convocatoria de expresiones de interés.
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Criterios básicos elegibilidad
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Fomentar la movilidad urbana multimodal sostenible, como parte de la transición hacia una economía con nivel cero de emisiones netas de carbono
Consultar CPSO*
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Condiciones medio ambientales
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Reducción del consumo de energías de fuentes convencionales / fósiles que las operaciones proyectadas permitan
Consultar CPSO*
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DNSH
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Impacto nulo o insignificante
Consultar CPSO*
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Protección frente al cambio climático
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Para acción de inversión en Infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC.
Consultar CPSO*
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Criterios de Priorización (detalle en tabla 1)
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- Grado de Madurez
- Adecuación del presupuesto solicitado
- Cuantía de la reducción del consumo de energía de fuentes convencionales/fósiles
- Gestión ambiental sostenible
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Órgano concedente
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DG de Planificación y Presupuesto ,DG de Transporte y Movilidad.
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Plazo presentación de solicitudes
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Abierto hasta 31 de diciembre de 2029
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Plan financiero (ayuda del programa en el Objetivo específico)
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35.225.093,00€
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Documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO*)
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https://www.gobiernodecanarias.org/fondoseuropeos/temas/fondos_estructurales_y_de_inversion/feder/periodo-2021-2027/gestion_seguimiento/index.html
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Normativa Reguladora
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a) Reglamento (UE) n.º 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) n.º 2021/1058, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
c) Reglamento (UE, Euratom) n.º 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, por el que se deroga, entre otros, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
d) Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
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Condiciones de la Ayuda
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Las previstas en el Anexo I de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Formulario de Solicitud
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Previsto en el Anexo IV de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Instrucción del procedimiento de selección
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Previsto en el Anexo II, apartado 9 de la Resolución Nº119/2025 del Director General de Planificación y Presupuesto por el que se desarrolla el Procedimiento de Selección de las Operaciones y se regula el contenido del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
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Metodología de valoración de los proyectos
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Atendiendo a la posible valoración de la operación de conformidad a los baremos previstos para cada uno de los criterios, se obtiene una media ponderada por todos los criterios para obtener la puntuación final. No se seleccionará operaciones que no alcancen al menos el 50% de la puntuación máxima. Detalle de la baremación en la tabla 1.
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Órgano Instructor
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Servicio de Planificación Económica
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Propuesta de Selección
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Subdirección de Gestión de Fondos Europeos
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Entrega DECA
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Dirección General de Planificación y Presupuesto
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Aceptación de la ayuda
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Es requerida
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Recurso
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De Reposición
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Criterios de priorización
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2.8.2.G.A Infraestructuras para promover el transporte intermodal
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Criterios de Priorización
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Definición
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Baremación (B)
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Valoración de cada criterio* (PC)
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Puntuación Final (PF)
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Grado de madurez
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Los proyectos deben de tener un grado de madurez suficiente que permita que la ejecución de las actuaciones esté finalizada antes del fin de 2029.
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25
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Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Excelente: 100 puntos si se exige como criterio para seleccionar a las entidades ayudadas y representa al menos el 50% del total de puntuación de valoración. Bueno: Si el criterio que se tiene en cuenta para priorizar las entidades ayudadas representa igual o menos del 50% del total de puntuación de valoración. En este caso se valorará con 50 puntos. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las entidades que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
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PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 10) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
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Adecuación del presupuesto solicitado
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Se valora la claridad, justificación y adecuación del presupuesto en relación con las actividades a desarrollar.
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25
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Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Excelente: 100 puntos si se exige como criterio para seleccionar a las entidades ayudadas y representa al menos el 50% del total de puntuación de valoración. Bueno: Si el criterio que se tiene en cuenta para priorizar las entidades ayudadas representa igual o menos del 50% del total de puntuación de valoración. En este caso se valorará con 50 puntos. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las entidades que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
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PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 10) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
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Cuantía de la reducción del consumo de energías de fuentes convencionales/ fósiles
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Se priorizarán aquellas actuaciones con mayor cuantía de la reducción del consumo de energías de fuentes convencionales/fósiles lograda por el aumento de la eficiencia.
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25
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Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Excelente: 100 puntos si se exige como criterio para seleccionar a las entidades ayudadas y representa al menos el 50% del total de puntuación de valoración. Bueno: Si el criterio que se tiene en cuenta para priorizar las entidades ayudadas representa igual o menos del 50% del total de puntuación de valoración. En este caso se valorará con 50 puntos. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las entidades que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
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PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 10) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
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Gestión ambiental sostenible
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Se priorizarán las que contemplen una gestión ambiental sostenible.
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25
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Cada criterio se valora de 1 a 100 puntos: Excelente: 100 puntos si se exige como criterio para seleccionar a las entidades ayudadas y representa al menos el 50% del total de puntuación de valoración. Bueno: Si el criterio que se tiene en cuenta para priorizar las entidades ayudadas representa igual o menos del 50% del total de puntuación de valoración. En este caso se valorará con 50 puntos. Insuficiente: si el criterio no se tiene en cuenta en la selección de los proyectos de las entidades que pueden ser ayudadas. La puntuación será de 0.
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PFC=(PC*BM)/PMC Siendo PF Puntuación Final del Criterio PC Puntuación de Criterio obtenida BM Baremación máxima del Criterio (en este caso 10) PMC Puntuación máxima de cada criterio (en este caso 100)
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Puntuación Final
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100
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Suma de todos los criterios
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Documentación para valorar la Puntuación que se otorgue
Entre la documentación que se tendrá en cuenta para valorar la puntuación que se otorgue,destaca la solicitud de Financiación presentada por el potencial beneficiario y los compromisos que en la misma se adquiera por parte del solicitante. Asimismo. se tendrá en cuenta las bases y convocatoria de subvenciones, sin perjuicio de cualquier otra información/documentación que pueda presentarse en el momento de selección de la operación. Se considera prioritario que la operación para ser seleccionada cuente con un mínimo de calidad y que, al menos, alcance el 50% de la puntuación total.
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Prioridad 2 RUP Transición Inteligente, Digital y Competitiva:
-OE2.1 RUP: El fomento de la eficiencia energética y la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.
-OE2.3 RUP: El desarrollo de sistemas, redes y equipos de almacenamiento de energía inteligentes al margen de la red transeuropea de energía (RTE-E).
-OE2.4 RUP: El fomento de la adaptación al cambio climático, la prevención del riesgo de catástrofes y la resiliencia, teniendo en cuenta los enfoques basados en los ecosistemas.