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Datos adicionales

DATOS ADICIONALES DE LA DENUNCIA (ANEXO I del Reglamento)

1. Identificación de las partes.

1.1 Denunciante:

1.1.1 Denominación o razón social completa, Número de Identificación Fiscal o Número de Identidad Extranjero, domicilio, teléfono y fax. Persona de contacto y número de fax. En el caso de denuncias presentadas por empresarios individuales o sociedades sin personalidad jurídica que operen bajo un nombre comercial, identifíquese, asimismo, a los propietarios o socios, indicando sus nombres, apellidos y dirección.

1.1.2 Sucinta descripción de la empresa o asociación de empresas que presentan la denuncia, incluyendo su objeto social y el ámbito territorial en el que opera.

1.1.3 En el caso de denuncias presentadas en nombre de un tercero o por más de una persona, identifíquese al representante (o al mandatario común) y adjúntese copia del poder de representación.

1.2 Denunciados:

1.2.1 Denominación o razón social completa, Número de Identificación Fiscal o Número de Identidad Extranjero, domicilio y, en su caso, número de teléfono y fax.

1.2.2 Sucinta descripción de las empresas.

1.2.3 Forma y alcance de la participación de los denunciados en la práctica denunciada.

2. Objeto de la denuncia.

Descripción detallada de los hechos de los que se deriva la existencia de una infracción de las normas españolas y/o comunitarias de competencia, señalando:

2.1 Qué prácticas de las empresas o las asociaciones de empresas denunciadas tienen por objeto, producen o pueden producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o en parte del mercado nacional o del mercado europeo.

2.2 En qué medida las prácticas denunciadas afectan a las condiciones de competencia en el mercado relevante y en qué medida afectan a los intereses de los denunciantes.

2.3 Cuáles son los productos o servicios y los mercados geográficos afectados por las prácticas denunciadas.

2.4 Si existe alguna regulación particular que afecte a las condiciones de competencia en los mercados afectados.

2.5 Si existe algún amparo legal para dicha práctica.

2.6 Cuáles son los preceptos infringidos por la práctica denunciada.

2.7 Si se solicita la adopción de medidas cautelares, cómo pueden éstas asegurar la eficacia de la resolución que en su momento se dicte y cuáles son los riesgos derivados de que se adopten y de que no se concedan para el funcionamiento del mercado y para los intereses de los denunciantes.

2.8 Si se solicita el tratamiento confidencial de parte de la información, delimítese el alcance de la confidencialidad, teniendo en cuenta que nadie puede ser condenado por pruebas que no le sean puestas de manifiesto, y adjúntese una versión no confidencial de los documentos en los que obre dicha información.

3. Datos relativos al mercado.

3.1 Naturaleza de los bienes o servicios afectados por la práctica denunciada, con mención, en su caso, del código de la nomenclatura combinada española (nueve cifras) o del código de clasificación nacional de actividades económicas (c.n.a.e.) en el caso de servicios.

3.2 Estructura del o de los mercados de estos bienes o servicios: ámbito geográfico, oferentes y demandantes, cuotas de mercado, grado de competencia existente en el mismo, existencia de productos sustitutivos, dificultades de acceso al mercado que puedan encontrar nuevos competidores, existencia de legislación que afecte a las condiciones de competencia en el mercado, así como cualquier otro dato o información relativa al mercado que pueda ser relevante a efectos del eventual procedimiento sancionador.

4. Existencia de interés legítimo.

Motivos por los que el denunciante estime que cumple las condiciones previstas en el artículo 31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para ser considerado interesado en el eventual expediente sancionador que pueda llegar a incoarse.

5. Pruebas.

5.1 Identificación y dirección de las personas o instituciones que puedan testimoniar o certificar los hechos expuestos, en particular las de las personas afectadas por la presunta infracción.

5.2 Documentos referentes a los hechos expuestos o que tengan una relación directa con los mismos (textos de acuerdos, condiciones de transacción, documentos comerciales, circulares, publicidad, actas de negociaciones o asambleas, etc.). De los documentos que contengan información que deba ser considerada confidencial, apórtense los originales completos en pieza separada, así como copia censurada de tal modo que ésta pueda ser incorporada al expediente.

5.3 Estadísticas u otros datos que se refieran a los hechos expuestos (relativas, por ejemplo, a la evolución y formación de los precios, a las condiciones de oferta o de venta, a las condiciones usuales de las transacciones, o a la existencia de boicoteo o discriminación).

5.4 Características técnicas de la producción, ventas, necesidad de licencias, existencia de otras barreras de entrada en el mercado, y aportándose, o en su caso citándose, las referencias útiles de estudios sectoriales o de mercado y de aplicación de las normas de competencia, incluso de Derecho comparado, en casos similares o cercanos.

5.5 Existencia de cualquier otra prueba de la infracción, con indicación de la forma de actuación necesaria para que pueda ser aportada.

6. Acciones adoptadas.

Descripción de las gestiones efectuadas y de las acciones iniciadas con anterioridad a la denuncia, con el fin de hacer cesar la presunta infracción o sus efectos perjudiciales sobre las condiciones de competencia. Remítase la información de todas las gestiones y acciones de que se tenga conocimiento, incluso de las realizadas por cualquier otro afectado por la conducta objeto de la denuncia o por conductas similares. Precísese los procedimientos administrativos o judiciales y, en su caso, la identificación de los asuntos y los resultados de los procedimientos.

7. Otras informaciones.

Remisión de cualquier otra información disponible que podría permitir a los órganos de defensa de la competencia apreciar la existencia de prácticas prohibidas y los remedios más eficaces para restaurar las condiciones de competencia.