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Normativa

Las becas, tanto de formación académica como de formación práctica se rigen por unas bases reguladoras conjuntas, publicadas en el Boletín Oficial de Canarias núm. 16 de 25 de enero de 2021. El número de becas y la cuantía de cada una de ellas podrán consultarse en la correspondiente orden de convocatoria anual, a publicar en la sede electrónica de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de Canarias.

 

REQUISITOS

Aparte de los requisitos propios de cada modalidad de becas, se indican a continuación aquellos que son comunes a sendas modalidades.

 Los requisitos de las personas aspirantes, entre otros, son:

  • Ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea;
  • Tener fijada la residencia en el Archipiélago Canario, al menos durante los cuatro (4) años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria;
  • Estar en posesión de un título universitario correspondiente a un título de grado o equivalente, oficial u homologado por el ministerio competente en materia de educación, obtenido en los cinco (5) años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria;
  • Tener el nivel de idiomas, oral y escrito, de inglés y francés, en el caso de la beca de prácticas, y de inglés y/o francés, en el caso de la beca de estudios de posgrado, que se evaluará mediante la realización de pruebas de ambos idiomas, exigiéndose el nivel B2 (usuario independiente) del Marco Común Europeo de Referencia.
  • No haberse beneficiado con anterioridad de la misma modalidad de estas becas.

Los restantes requisitos, así como la documentación exigida para acreditar su cumplimiento, deberán consultarse en las bases de la convocatoria.

 

SELECCIÓN DE ASPIRANTES

La selección de aspirantes se realizará en dos fases, siendo la primera de ellas eliminatoria.

  • Pruebas de idiomas (eliminatoria): constan de cuatro partes, correspondientes a las distintas destrezas lingüísticas: audición, uso de gramática y vocabulario, redacción y entrevista oral. Para la realización de las pruebas de idiomas, el Comité de selección contará con la asistencia de dos profesionales titulados, uno para cada idioma.
  • Valoración de méritos: el Comité de selección se encargará de llevar a cabo la valoración de méritos de las personas aspirantes, atendiendo a su expediente académico y a la formación complementaria alegada, conforme a los criterios establecidos en las bases reguladoras.

 

FORMA DE ABONO

El abono se realizará mediante transferencia, practicándose previamente la retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en función de la situación personal y familiar comunicada por la persona beneficiaria, y el correspondiente descuento en concepto de cotización a la Seguridad Social.

Una vez finalizado el periodo de prácticas o el curso académico, en función de la modalidad de la que se trate, se deberá presentar la justificación, siguiendo el procedimiento descrito en la base decimonovena de las bases reguladoras.