Registro de Intereses

La Ley 3/1997, de 8 de mayo, de Incompatibilidades de los miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias regula el régimen de declaración de actividades y de bienes y derechos patrimoniales y el de sanciones aplicable en caso de incumplimiento de las prescripciones que en la misma se contienen. El Decreto 195/1997, de 24 de julio, regula la organización y el funcionamiento del Registro de Intereses de Altos Cargos.

Los altos cargos que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la Ley 3/1997, deberán formular, dentro del plazo de los tres meses siguientes a la toma de posesión, cese, variación en la situación patrimonial del declarante en cuantía superior a sus retribuciones brutas anuales o nueva actividad susceptible de proporcionarle ingresos económicos, las declaraciones de: Actividades; Bienes y derechos patrimoniales y Bienes y derechos patrimoniales para su publicación en el B.O.C., según proceda.

Los altos cargos que sean cesados en un puesto, pero inmediatamente sean nombrados en otro, deberán presentar las declaraciones correspondientes a su nuevo nombramiento, dándose por reproducidas aquellas que debieran presentarse con ocasión del cese, al contener los mismos datos.

Normativa

Ley 3/1997, de 8 de mayo, de Incompatibilidades de los miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Decreto 195/1997, de 24 de julio, por el que se regulan la organización y el funcionamiento del Registro de Intereses de Altos Cargos.

Decreto 377/2015, de 18 de diciembre, que modifica el Decreto 195/1997, de 24 de julio, por el que se regulan la organización y el funcionamiento del Registro de Intereses de Altos Cargos.

Resolución, 21 dic 2015, de la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se aprueba el modelo normalizado para la presentación de la declaración de bienes y derechos patrimoniales de altos cargos, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias