Emitiremos las certificaciones que soliciten los interesados en un plazo máximo de 10 días.
Nos comprometemos a actualizar la página web de la Dirección General en un plazo máximo de 24 horas desde que se produzcan convocatorias, resoluciones y en general, novedades de interés para la ciudadanía.
Publicaremos trimestralmente en la página web los listados actualizados de la actividad turística de intermediación, de conformidad con los datos que figuran en el Registro General Turístico
Publicaremos trimestralmente en la página web los listados actualizados de la actividad turística de observación de cetáceos, de conformidad con los datos que figuran en el Registro General Turístico.
Facilitaremos los listados de guías turísticos habilitados solicitados por los intermediadores turísticos en un plazo máximo de 3 días.
Resolveremos los expedientes de modificación de habilitación de guías turísticos y reexpedición de carné en un plazo inferior a 10 días.
Expediremos duplicados de carné de guías turísticos sin modificación de datos personales en un plazo máximo de 3 días.
Nos comprometemos a publicitar los actos de convocatorias de exámenes de habilitación de guías turísticos en un máximo de 24 horas desde su aprobación.
Expedición de resguardo acreditativo del pago de las tasas y/o certificación acreditativa; del título de TEAT antes de 72 horas desde su solicitud.
Expedición de Certificaciones Académicas Personales de enseñanzas TEAT antes de 72 horas, desde su solicitud.