Registro de Vivienda Protegida de Canarias

En el artículo 15 del Decreto 27/2006 de 7 de marzo creó el denominado Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias cuya finalidad principal es la de facilitar los datos precisos para la adjudicación y venta de las viviendas protegidas, tanto en primera como en ulteriores transmisiones, así como la de proporcionar a las diferentes Administraciones Públicas una información actualizada de la demanda de vivienda protegida existente en nuestra Comunidad Autónoma, estableciendo, igualmente la obligatoriedad de su inscripción para todas personas o unidades de familiares que deseen ser adjudicatarios o adquirentes de una vivienda protegida, tanto de promoción pública como de promoción privada.

La inscripción en el Registro De Demandantes de vivienda Protegida de Canarias será obligatoria y preceptiva para todas las personas o unidades familiares que deseen ser adquirentes o adjudicatarios de una vivienda protegida de promoción pública o privada, ya sea el régimen de acceso, el de venta o el de alquiler.