Cargo público
Dirección General de Discapacidad
Dirección General de Discapacidad
Directora General
Ilma. Sra. Dña. Dulce María Gutiérrez González
WEB:
https://www.gobiernodecanarias.org/bienestarsocial/discapacidad/CORREO:
discapacidad.bienestarsocial@gobiernodecanarias.org
Perfil
Competencias
Contacto
Nombramiento
Méritos académicos
- Escuela de Prácticas Jurídicas. ICATF.
- Experta universitaria en liderazgo político y gobernabilidad, obtenido a través de la ULL.
- Curso de Agente de Empleo y Desarrollo Local, impartido por el Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).
- Licenciada en Derecho. Universidad de La Laguna.
Trayectoria profesional
- Trabajadora autónoma, abogada ejerciente (julio 2020 - julio 2023)
- Concejala del Ayuntamiento de La Victoria de Acentejo (febrero 2016 - junio 2019) (junio 2011-junio 2015)
- Agente de empleo y desarrollo local. Mancomunidad del Nordeste (septiembre - diciembre 2009)
- Abogada en empresas ligadas al sector de la construcción:
* Lladjem Industrial de Naves y Servicios (febrero - septiembre 2007)
* Gestiones y Promociones Construteide S.L. (junio 2002 - enero 2007)
* Viviendas del Atlántico S.L. (abril 1998 - junio 2002)
Compatibilidad actividades públicas-privadas
- Ninguna.
Declaración de bienes
Retribución íntegra anual (Sin Seguridad Social ni Antigüedad)
70.049,28 €
Otras retribuciones y gastos
• Información de las indemnizaciones por razón del servicio (viajes, dietas, etc.)
Competencias
La Dirección General de Discapacidad ejercerá, en su ámbito funcional, las competencias previstas en el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, elevándose a trescientos mil (300.000) euros el límite para el ejercicio de las facultades inherentes como órgano de contratación.
La incoación, instrucción y resolución de los expedientes disciplinarios al personal adscrito al Centro Directivo por la comisión de faltas leves.
Asimismo, le corresponden las competencias de dirección, coordinación, estudio y resolución en materia de discapacidad no atribuidas específicamente a otros órganos y, en concreto, las siguientes:
- Reconocimiento del grado de discapacidad y de la necesidad de concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida diaria y de la dificultad de utilizar transportes públicos colectivos, así como las referentes a diagnosis, valoración y orientación de las personas con discapacidad.
- Gestión del Fondo destinado a la supresión de barreras de acuerdo con las disposiciones en materia de subvenciones.
- Expedición de tarjetas de estacionamiento de vehículos a las personas de movilidad reducida con grave discapacidad motórica y la homologación de las similares expedidas por otras Administraciones Públicas, españolas o extranjeras.
- Imposición de las sanciones por infracciones leves en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, previstas en el Título III del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o normativa que lo sustituya.
- Gestión de los programas de promoción y de atención a las personas con discapacidad.
- La tramitación e informe de los procedimientos conducentes a la concesión de los Símbolos Internacionales de Accesibilidad, previa a su remisión al Consejo para la Promoción de la Accesibilidad y la Supresión de Barreras para su informe y propuesta, en su caso.
- La propuesta y emisión de informe sobre los proyectos normativos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias que incidan directamente en materia de discapacidad.
- La tramitación y resolución de los procedimientos de reconocimiento, pérdida y suspensión de la condición de perro de asistencia, a solicitud de la persona interesada, a que se refiere el Capítulo III de la Ley 3/2017, de 26 de abril, de perros de asistencia para personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Canarias.
- La imposición de sanciones por infracciones leves a la normativa en materia de perros de asistencia para personas con discapacidad.
- La gestión y funcionamiento del registro de perros de asistencia, a los efectos de la Ley 3/2017, de 26 de abril, de perros de asistencia para personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Canarias.
- El registro de actividades de tratamiento de los datos de carácter personal relacionados con los procedimientos gestionados por el Centro Directivo.
- La iniciación del procedimiento, impulso, tramitación y propuesta de resolución de los conciertos sociales dentro de su área funcional, cuando ejerza competencias para gestionar la prestación o servicio objeto de la acción concertada.
- La aprobación del Mapa de Servicios del Centro Directivo.
- La elaboración y propuesta de la planificación de los servicios sociales en materia de discapacidad, bajo la dirección y supervisión de la Viceconsejería de Igualdad y Diversidad.
- La elaboración, actualización, revisión y propuesta a la persona titular de la Consejería, para su elevación al Gobierno, del Catálogo de servicios y prestaciones y del mapa de recursos de servicios sociales, en su área de competencia, previo informe de la Comisión Técnica de seguimiento y evaluación del Catálogo de servicios y prestaciones, en colaboración con las otras áreas de la Consejería, Cabildos Insulares, ayuntamientos y entidades del Tercer Sector de acción social.
