Competencias
Se suprime la Viceconsejería de Planificación Territorial y Aguas, cuyas competencias en materia de planificación territorial se asumen por la Viceconsejería de Planificación Territorial y Reto Demográfico, y las competencias en materia de aguas por la Viceconsejería de Cohesión Territorial y Aguas.
Con carácter general, corresponde a la Viceconsejería de Planificación Territorial y Aguas el ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 11 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, y además, las siguientes:
- Coordinar las políticas públicas y la acción administrativa en materia de política territorial, bajo la superior dirección del Consejero o Consejera.
- En materia de personal, le corresponde:
• La concesión de vacaciones anuales, permisos y licencias retribuidas por causas justificadas al personal funcionario y laboral adscrito a la Viceconsejería.
• El reconocimiento de indemnizaciones por razón del servicio en relación con los órganos colegiados con funciones de carácter territorial adscritos a la Consejería.
- Ejercer las facultades de contratación administrativa hasta el límite de 602.000 euros.
- Emitir informe previo sobre las reclamaciones que se interpongan ante el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública en relación con las solicitudes de acceso a la información pública que sean competencia de la Viceconsejería, y remitir dicho informe a la Secretaría General Técnica para la evacuación del informe-propuesta definitivo.
- Realizar todo tipo de análisis y diagnósticos de situación en materia territorial.
- La resolución de los procedimientos de expropiación en las materias de la Viceconsejería.
- Promover, en materia de política territorial, el desarrollo de programas operativos europeos y la ejecución, por las Administraciones competentes, de actuaciones vinculadas a los mismos, así como informar a los organismos correspondientes sobre la consecución de los objetivos previstos.
- La relación con los órdenes jurisdiccionales correspondientes en los asuntos referidos a procedimientos y competencias propias y específicas de la Viceconsejería, incluyendo la remisión de expedientes, la práctica de emplazamientos, la emisión de informes, y demás actuaciones requeridas por los órganos judiciales, por el Ministerio Fiscal o por el Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias.
- El impulso, tramitación y propuesta de los convenios relativos a las materias que sean de competencia específica de la Viceconsejería.
- Proponer al Consejero o Consejera la formalización de encargos a las entidades adscritas a la Consejería que tengan la condición de medio propio personificado de la Administración autonómica.
- Formular la propuesta de resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial negocial derivada de convenios administrativos suscritos por la Consejería en materia de planificación territorial y aguas.
- La instrucción y resolución de los procedimientos correspondientes al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, olvido, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento de datos de carácter personal, en el ámbito competencial específico de la Viceconsejería y de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Aguas.
- La gestión del registro de actividades de tratamiento de datos de carácter personal de la Viceconsejería.
- La coordinación de la ejecución de la actividad estadística en las materias propias o de interés de la Viceconsejería, en el marco de los instrumentos de planificación estadística de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Funciones en materia de planificación territorial:
- Formular Directrices de Ordenación sectorial en los ámbitos competenciales de la Viceconsejería, en particular las concernientes a los espacios incluidos en la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos; y realizar estudios conducentes a su elaboración o a la fijación de criterios para su formulación.
- Realizar estudios y análisis previos a la elaboración de las Normas Técnicas del Planeamiento Urbanístico.
- Proponer a la Consejería competente en materia de régimen local el requerimiento a las distintas Administraciones para la adecuación de sus acuerdos a la normativa de ordenación del territorio, de los recursos naturales y urbanística, así como en su caso la impugnación de los mismos.
- Proponer al Consejero o Consejera la elevación al Gobierno de los expedientes de suspensión de la vigencia de cualquier instrumento de ordenación, cuando concurran razones justificadas de interés público, social o económico relevante.
- Proponer al Consejero o Consejera la elevación al Gobierno del requerimiento a los Cabildos para que procedan a la elaboración de los instrumentos de ordenación de los Espacios Naturales Protegidos en caso de inacción o retraso injustificado, así como, en su caso, la propuesta de subrogación en la competencia insular para formular dichos instrumentos.
- Proponer al Consejero o Consejera la elevación al Gobierno del requerimiento a Ayuntamientos y Cabildos para que procedan a la inmediata adaptación de los instrumentos de ordenación urbanística a los instrumentos de ordenación de los recursos naturales y del territorio aprobados con posterioridad, o bien de los instrumentos insulares a los instrumentos autonómicos, cuando concurran razones de urgencia o de excepcional interés público.
- Proponer al Consejero o Consejera la tramitación de las iniciativas legales o reglamentarias para la descalificación de zonas que formen parte de los Espacios Naturales Protegidos, en los supuestos legalmente establecidos.
- Proponer al Consejero o Consejera, a iniciativa de los Cabildos, la tramitación de las iniciativas legales o reglamentarias precisas para revisar la categoría de protección de un espacio natural protegido o incorporar cualquier suelo a una determinada categoría de espacio, cuando se detecte dicha necesidad con ocasión de la elaboración o modificación sustancial del Plan Insular de Ordenación.
Funciones en materia de información geográfica y territorial:
- Coordinar, promover el establecimiento del marco jurídico, impulsar y gestionar el Sistema de Información Territorial de Canarias (SITCAN), sistema de información en materia de ordenación del territorio que integra toda la información georreferenciada disponible del Gobierno de Canarias y su Infraestructura de Datos Espaciales (IDE Canarias) que permite el libre acceso a los datos y servicios geográficos y su interoperabilidad, en el marco de las políticas comunitarias y estatales en dicha materia.
- Gestionar y coordinar las políticas públicas y las acciones administrativas del Gobierno de Canarias en materia de información geográfica y de cartografía con otras administraciones, especialmente con la Administración General del Estado en el marco del Sistema Cartográfico Nacional, bajo la superior dirección del Consejero o Consejera.
- Gestionar el Registro de Planeamiento de Canarias y custodiar la documentación en él contenida, sin perjuicio de la alta dirección que puede ejercer la persona titular de la Consejería.
Funciones en materia de ordenación del litoral:
- Emitir informe en los procedimientos de deslinde del dominio público marítimo terrestre y proponer su impugnación.
- Proponer al órgano competente del Estado la revisión de los deslindes del dominio público marítimo-terrestre, y emitir informe en los procedimientos de revisión de dichos deslindes.
- Proponer al órgano competente del Estado la modificación de la delimitación de la ribera del mar y de las zonas de servidumbre de tránsito y protección del dominio público marítimo terrestre, y emitir informe en los procedimientos de modificación de dichas delimitaciones.
- Catalogar los tramos naturales y urbanos de las playas.
- Emitir informe sobre la desafectación de terrenos de dominio público marítimo terrestre.
- Emitir informe en los procedimientos de aprobación de normas de protección de tramos de costa.
- Emitir informe sobre las disposiciones normativas estatales y europeas en materia de ordenación del litoral.
- Emitir informe previo a la declaración de situación de regresión grave de los tramos de dominio público marítimo terrestre.
- Otorgar las autorizaciones de usos, obras e instalaciones permitidos en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre.
- Elaborar el censo informativo de edificaciones que, ubicadas en el dominio público marítimo terrestre y en sus zonas de servidumbre de tránsito y protección, tengan un valor etnográfico, arquitectónico o pintoresco, al objeto de su consideración en el otorgamiento de concesiones y autorizaciones al amparo del derecho transitorio de la legislación en materia Costas.
Funciones en materia de aguas:
- Coordinar a las Administraciones Públicas hidráulicas canarias entre sí, y con la Administración General del Estado, de acuerdo con las directrices emanadas del Gobierno.
- Ejercer las atribuciones propias de los Consejos Insulares de Aguas, en los supuestos previstos en la legislación de aguas de Canarias, y previo Decreto del Gobierno.
- Establecer o impulsar las medidas necesarias para garantizar la unidad de gestión de las aguas, y la cooperación en el ejercicio de las competencias que en relación con su protección ostenten las distintas Administraciones Públicas de Canarias.
- Remitir a la Unión Europea, a través del Ministerio competente en materia de medio ambiente, la información relativa a la demarcación hidrográfica que sea requerida.
- Proponer al Consejero o Consejera la aprobación y revisión del Plan Hidrológico de Canarias.
- Proponer al Consejero o Consejera los programas de obras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma de Canarias y aquellas que sean consideradas de interés general, para su elevación al Gobierno del Estado.
- Proponer al Consejero o Consejera la concesión de auxilios o subvenciones para la realización de obras hidráulicas de iniciativa pública, previo informe del respectivo Consejo Insular de Aguas.