Entidades colaboradoras en materia de contaminación ambiental

La protección del medio ambiente requiere la realización de actuaciones de vigilancia, seguimiento y control de las instalaciones potencialmente contaminadoras basándose en un enfoque global de los efectos sobre el mismo, aplicando el principio de prevención en el funcionamiento de las instalaciones contaminantes, con la consiguiente necesidad de una mayor profundización en la valoración de las posibles repercusiones que las actividades puedan provocar en el medio ambiente.

La evolución de la normativa medioambiental y el enfoque integrado de la misma en los distintos sectores supone cada vez un mayor nivel de especialización técnica del control a que se somete el ejercicio de las actividades con repercusión en el medio ambiente. De este modo, se hace necesario habilitar a las entidades colaboradoras para que puedan realizar las actividades técnicas de control y vigilancia establecidas en la normativa vigente en materia de contaminación ambiental y en las autorizaciones ambientales.