Subvención por el establecimiento

OBJETO

Facilitar la constitución de desempleados en trabajadores autónomos o por cuenta propia.

 

CUANTÍA

La cuantía de la subvención, hasta un máximo de 6.500,00 euros, se graduará en función de la dificultad para el  acceso al mercado de trabajo de la persona solicitante, de acuerdo con su inclusión en alguno de los siguientes colectivos:

 

Colectivos

Importe (euros)

Parado de Larga Duración/ Economía Verde o Azul/ Municipio < 5.000 habittes *

1º Hombres Desempleados en general

4.000

4500

2º Hombre de 30 o menos años

4.500

5000

3º Hombre con discapacidad

5.000

5.500

4º Hombre de 45 o más años

4.500

5.000

5º Mujeres desempleadas en general

5.000

5.500

6º Mujer de 30 o menos años 

5.500

6.000

7º Mujer con discapacidad

6.000

6.500

8º Mujer de 45 o más años

5.500

6.000

 

* Si la persona solicitante de la subvención es parada de larga duración, o está dada de alta en una actividad relacionada con la economía circular, verde o azul o si su actividad se desarrolla en un centro de trabajo o establecimiento en municipios con una población inferior a 5.000 habitantes, el importe de la subvención que le corresponda, sumados todos los importes a los que tenga derecho, se incrementará en 500,00 € en total, independientemente de que reúna una o varias de las condiciones.

La determinación del número de habitantes se realizará de acuerdo a la publicación de las cifras de población oficiales de cada uno de los municipios que realice el Instituto Nacional de Estadística en concordancia con el Real Decreto por el que se declaren oficiales las cifras de población resultante de la revisión padronal, que esté vigente a la fecha de
publicación en el BOC del extracto de la Resolución por la que se convocan estas subvenciones correspondiente a cada año.
No podrán beneficiarse del incremento de 500,00 euros por actividad desarrollada en un municipio de menos de 5.000 habitantes aquellas personas cuyo lugar de trabajo sea su domicilio particular. En la correspondiente convocatoria de subvenciones se establecerán las actividades económicas que se considerarán economía circular, verde o azul a los efectos de estas subvenciones.

* En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades que les correspondan por todos los conceptos relacionados en los subapartados a) y b) anteriores se incrementarán en un diez por ciento, no operando en estos supuestos el importe máximo de 6.500,00 euros.

 

REQUISITOS

  1. Cumplir con caracter previo a la solicitud de subvención los requisitos generales señalados.
  2. Cuando al Organismo Autónomo se le planteen dudas razonables acerca del cumplimiento de los requisitos previstos en las bases para ser beneficiario de la subvención solicitada, así como de la efectiva realización de la actividad empresarial o profesional por la que solicita la subvención, durante la tramitación del procedimiento de concesión, se podrá efectuar una inspección con la finalidad de realizar las comprobaciones pertinentes, para lo cual el SCE podrá solicitar la colaboración de otros departamentos de la Administración, en tanto en cuanto no pueda realizarlas con sus propios medios.