Facilitar la constitución de desempleados en trabajadores autónomos o por cuenta propia.
La cuantía de la subvención, hasta un máximo de 10.000 euros, se graduará en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo de la persona desempleada solicitante, de acuerdo con su inclusión en alguno de los siguientes colectivos:
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* Si la persona solicitante de la subvención es parada de larga duración, o está dado de alta en una actividad relacionada con la economía circular, verde o azul o si su actividad se desarrolla en un centro de trabajo o establecimiento en municipios con una población inferior a 5.000 habitantes, el importe de la subvención que le corresponda en función del colectivo al que pertenezca se incrementará en 1.000,00 euros en total, independientemente de que reúna una o varias de las condiciones.
En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades de los puntos 5º, 6º, 7º y 8º anteriores se incrementarán en un diez por ciento.