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PROGRAMA DE SEGUNDA OPORTUNIDAD, EN COLABORACIÓN CON LOS CABILDOS INSULARES, DIRIGIDO A JÓVENES INSCRITOS EN EL SNGJ

Financiación: acción cofinanciada por el Servicio Canario de Empleo y el Fondo Social Europeo Plus, PROGRAMA FSE+ CANARIAS 2021-2027, con una tasa de cofinanciación del 85%, dentro de la Prioridad 5- Empleo Juvenil.  

 

OBJETO

Desarrollar proyectos generadores de empleo, en colaboración con los Cabildos Insulares de Canarias y/o sus entidades de derecho público vinculadas o dependientes, que impartan, en una parte de su jornada laboral, formación en competencias claves o básicas y otra formación profesionalizante en su caso, no retribuida y de carácter obligatorio, acorde con las necesidades de las personas trabajadoras participantes con contrato formativo, pertenecientes al Sistema Nacional de Garantía Juvenil (en adelante SNGJ); y dedicando otra parte de su jornada a la obtención de experiencia profesional, que estará retribuida, realizando obras y servicios de interés general y social, que sean competencia de tales Administraciones, preferentemente, en los servicios personalizados de carácter cotidiano, los servicios de utilidad colectiva, de ocio, cultura y turismo, de promoción del medio ambiente, de recuperación del patrimonio histórico y, en general, de los servicios derivados de la Ley de dependencia.

 

ENTIDADES BENEFICIARIAS

1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones objeto de la convocatoria los Cabildos Insulares y/o las entidades de derecho público, dependientes o vinculados a las mismas, que contraten personas trabajadoras desempleadas para la realización de obras o la prestación de servicios calificados de interés general y social.
2. No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

En régimen de concurrencia competitiva.

 

NORMATIVAS RELACIONADAS

 

 

Esta información es orientativa y en todo caso se estará a lo dispuesto en la normativa reguladora del programa y su convocatoria respectiva.