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BOC-A-2022-230-3523.
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Examinado el expediente instruido a instancia de la dirección del Colegio de Educación Infantil y Primaria “La Angostura”, código 35005250, sito en calle El Tejar, s/n, Santa Brígida, Gran Canaria, y de conformidad con la Memoria Propuesta de la Ilma. Sra. Directora General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa, de fecha 9 de noviembre de 2022, y de conformidad con los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Reunido el Consejo Escolar del citado centro educativo, el día 14 de septiembre de 2022, se acuerda por unanimidad proponer el cambio de denominación específica del Colegio de Educación Infantil y Primaria “La Angostura” por la de Colegio de Educación Infantil y Primaria “Lola Massieu La Angostura”.
Segundo.- Visto el escrito del Ayuntamiento de Santa Brígida, de fecha 27 de octubre de 2022, en el que se manifiesta “(…) el apoyo de la corporación municipal, por haber sido Lola Massieu, premio Canarias de las Artes, vecina de este municipio, en el mismo barrio donde se ubica el Centro (...)”, y de conformidad con el siguiente
FUNDAMENTO DE DERECHO
Único.- Es de aplicación lo dispuesto en el artículo 5.1 del Decreto 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En virtud de las competencias atribuidas en el artículo 29.1.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, el
artículo 5.1) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, aprobado por el Decreto 7/2021, de 18 de febrero,
RESUELVO:
Primero.- Autorizar el cambio de denominación específica del Colegio de Educación Infantil y Primaria “La Angostura” por la de Colegio de Educación Infantil y Primaria “Lola Massieu La Angostura”.
Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa en el plazo de un mes a contar desde que hubiera interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.
Santa Cruz de Tenerife, a 10 de noviembre de 2022.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,
UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,
Manuela de Armas Rodríguez.
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