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BOC-A-2022-084-1437.
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ANTECEDENTES
1. De conformidad con el procedimiento establecido en la Resolución 945/2021 de la Dirección General de la Función Pública, por la que se dictan, con carácter vinculante, criterios de gestión para la aplicación de lo previsto en la disposición adicional vigésima octava de la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021, con fechas 9 de noviembre de 2021, 16 de febrero de 2022, 4 de marzo de 2022 y 17 de marzo de 2022 (Escuelas de Capacitación Agraria); 30 de diciembre de 2021 y 18 de marzo de 2022 (personal Administrativo y Auxiliar); y 28 de marzo de 2022 (Técnico/Titulados Superior); se reciben sendas propuestas de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca de modificación de la relación de puestos de trabajo, consistente en la supresión de determinados puestos de trabajo de personal laboral y la creación de otros bajo el vínculo de personal funcionario adscritos a dicho Departamento. Finalmente, se recibe en este Centro Directivo un informe complementario final comprensivo de la totalidad de las citadas propuestas de 5 de abril de 2022, en el que se reflejan los términos finales de la misma.
En las propuestas remitidas se indica:
a) Que las Escuelas de capacitación agraria, adscritas a la Dirección General de Agricultura, prestan un servicio público de naturaleza docente. Por diversos motivos estas han venido sufriendo una pérdida de profesores y monitores de prácticas que ponen en riesgo la prestación de dicho servicio esencial afectando así a la organización e impartición de determinados módulos, causando graves perjuicios al alumnado por pérdidas en horas lectivas que no pueden recuperar, afectando a su formación, llegando incluso en algunas situaciones a tener que suspender cursos ofertados por no disponer de suficiente personal docente que los imparta.
En virtud de los motivos expuestos y vista la previsión recogida en la Resolución 945/2021 de la Dirección General de la Función Pública, se propone la adecuación del vínculo funcionarial de tres puestos de trabajo de profesor de enseñanzas agrícolas, con vínculo laboral, que se encuentran vacantes, y la creación en su lugar de otros tres puestos de vínculo funcionarial.
b) Que por diversos motivos se ha venido sufriendo una merma de personal administrativo y otros en los distintos departamentos de la Consejería, cuya cobertura se hace necesaria para cubrir las necesidades de los servicios, con el fin de lograr un buen funcionamiento y eficacia de la gestión administrativa y técnica que se realiza en los mismos.
c) Que la Unidad de Apoyo al Director General de Agricultura cuenta con un puesto de Titulado Superior-Licenciado en Derecho, el cual ha quedado recientemente vacante y sin reserva legal, por lo que la Jefatura de Actuación Jurídico Administrativa ha tenido que asumir la gestión de todos los asuntos relacionados con la actuación jurídico administrativa como consecuencia de que la Unidad de Apoyo al Director General no cuenta con otro puesto de trabajo con el mismo perfil jurídico. En esta situación se produce una acumulación de tareas y un considerable retraso en la tramitación de los expedientes relacionados con:
• Estudio e informe de los expedientes de infracciones en materia de sanidad vegetal y de producción agrícola para la incoación de expedientes sancionadores.
• Estudio, informe y tramitación de expedientes de recursos en materias propias de la Dirección General de Agricultura.
• Estudio e informe propuesta de expedientes de reintegro de subvenciones.
• Estudio y preparación de los expedientes para la aprobación de las bases reguladoras y de las convocatorias de subvenciones competencia de esta Dirección General.
• Estudio, preparación y tramitación de iniciativas de disposiciones generales en las materias competencia de esta Dirección General.
• Otros asuntos relacionados con las solicitudes de información pública, quejas y reclamaciones.
2. En las propuestas presentadas se detallan los puestos de personal laboral para los que propone su supresión:
• Escuelas de Capacitación Agraria:
- 24994 Profesor de prácticas enseñanzas agrícolas (Grupo II). Escuela de Capacitación Agraria de Los Llanos de Aridane.
- 24997 Profesor de prácticas enseñanzas agrícolas (Grupo II). Escuela de Capacitación agraria de Arucas.
- 24999 Profesor de prácticas enseñanzas agrícolas j. internado (Grupo II). Escuela de Capacitación agraria de Arucas.
• Personal Administrativo y Auxiliar:
- 12192310 Jefe Administrativo II (Grupo III).
- 18830 Oficial I Administrativo (Grupo III).
- 24034 Técnico Administrativo (Grupo III).
- 26598 Oficial I Administrativo (Grupo III).
- 25024 Encargado General (Grupo III).
- 19205 Oficial I Administrativo (Grupo III).
- 18885 Auxiliar Administrativo (Grupo IV).
- 21424 Auxiliar Administrativo (Grupo IV).
- 22197 Auxiliar Administrativo (Grupo IV).
- 22229 Auxiliar Administrativo (Grupo IV).
- 24166 Auxiliar Administrativo (Grupo IV).
- 24167 Auxiliar Administrativo (Grupo IV).
- 24170 Auxiliar Administrativo (Grupo IV).
- 24990 Auxiliar Administrativo (Grupo IV).
- 25018 Auxiliar Administrativo (Grupo IV).
- 25023 Auxiliar Administrativo (Grupo IV).
- 9888 Auxiliar Administrativo (Grupo IV).
- 24169 Auxiliar Administrativo (Grupo IV).
- 25006 Auxiliar Administrativo (Grupo IV).
• Titulado Superior Unidad Apoyo Dirección General de Agricultura:
- 11161110 Titulado Superior (Grupo I). Unidad de Apoyo a Dirección General de Agricultura.
3. Se comprueba que los puestos que se suprimen son puestos vacantes puros, es decir, que no están ocupados, ni definitiva ni provisionalmente, ni reservados.
Y se recogen, asimismo, los puestos que se propone crean en su lugar:
- Un puesto de Técnico (A244 ITA, 22/40). Escuela de Capacitación Agraria de Los Llanos de Aridane.
- 2 puestos de Técnico (A244 ITA, 22/40). Escuela de Capacitación agraria de Arucas.
- 5 puestos de Administrativo (C111, 18/18).
- 14 puestos de Auxiliar (C211, 14/11).
- 2 Técnicos (A111, 24/50).
En los Anexos I y II de esta Resolución se recogen los detalles de los puestos que se suprimen y que se crean, respectivamente.
Asimismo, y de conformidad con el resuelvo cuarto.1 de la Resolución 945/2021, para cada puesto que se propone crear se identifican las funciones correspondientes y su valoración económica, resultando que el coste de los puestos de trabajo de nueva creación no excede al de los puestos suprimidos.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional vigésima octava de la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021 (BOC nº 270, de 31.12.2020):
“1. Con carácter general, los puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias serán desempeñados por funcionarios públicos, con las únicas excepciones previstas en la normativa básica de aplicación.
En consecuencia, en la tramitación de los expedientes de modificación de las relaciones de puestos de trabajo no se podrá incluir la creación de puestos de trabajo de personal laboral cuando por razón de las funciones asignadas a los puestos, estos deban ser reservados a personal funcionario en atención a la coincidencia de su contenido funcional con el propio de los cuerpos y escalas de funcionarios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Ello sin perjuicio de las actuaciones que procedan en los casos de ejecución de resoluciones judiciales.
2. Mediante resolución de la Dirección General de la Función Pública, previa tramitación del oportuno expediente en el que, en todo caso, deberá ser oído el departamento u organismo autónomo afectado, se procederá a la supresión de los puestos de trabajo de personal laboral que, encontrándose vacantes, y atendidas las funciones asignadas a los mismos en las relaciones de puestos de trabajo en vigor, deban estar reservados para su provisión a funcionarios públicos. La citada supresión será acordada simultáneamente a la creación de los correspondientes puestos base de funcionarios, adscritos a cuerpos o escalas cuyas funciones se correspondan con las de los puestos suprimidos, salvo que el departamento u organismo afectado proponga la creación de puestos adscritos a otros cuerpos o escalas. En ningún caso, el coste de los puestos de trabajo de nueva creación podrá ser superior al de los puestos suprimidos.”
En virtud de dicha disposición adicional, con fecha 21 de junio de 2021 se dicta Resolución 945 de la Dirección General de la Función Pública, ya indicada anteriormente, en la que se establecen con carácter vinculante los criterios que habrán de seguirse en la gestión y tramitación de los procedimientos de modificación de las relaciones de puestos de trabajo de los distintos Departamentos y Organismos Autónomos, que resulten necesarios para dar cumplimiento a lo previsto en la disposición adicional vigésima octava de la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021.
En la disposición adicional vigésima tercera de la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022 (BOC nº 269, del 31.12.2021), se recoge, para dicho ejercicio, la misma previsión que la contenida en la disposición adicional vigésima octava de la Ley 7/2020, de 29 de diciembre.
Finalmente, y respecto de las creaciones de puestos de trabajo, ha de tenerse en cuenta que en virtud del resuelvo primero de la Resolución 945/2021 de la Dirección General de la Función Pública, se establece qué se consideran puestos base de los distintos Cuerpos/Escalas a los efectos de lo dispuesto en las citadas disposiciones, quedando así definidos los límites a los cuales deberán ser ajustados los complementos retributivos de los puestos de trabajo de nueva creación.
Visto el informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto de fecha 6 de abril de 2022.
Habiéndose llevado a cabo la negociación colectiva en el ámbito de la Comisión Asesora de Plantilla, y en la Mesa Sectorial de Personal Funcionario, ambos con fecha 18 de abril de 2022.
Habiéndose celebrado la Comisión de la Función Pública Canaria, con fecha 18 de abril de 2022.
Vista la disposición adicional vigésima tercera de la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022, que atribuye expresamente a esta Dirección General de la Función Pública las competencias de tramitación y resolución de los expedientes que se tramiten para su cumplimiento,
RESUELVO:
Primero.- Modificar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, en orden a la adecuación legal al vínculo funcionarial de determinados puestos en ella incluidos, en los siguientes términos:
1.- Supresión de los puestos de trabajo de personal laboral, vacantes, no ocupados ni reservados a personal, identificados en el Anexo I.
2.- Creación de los puestos de trabajo a proveer por personal funcionario indicados en el Anexo II.
Segundo.- Publicación y comunicación.
Esta Resolución, que pone fin al procedimiento, se comunicará a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, y surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 20 de abril de 2022.- La Directora General de la Función Pública, Montserrat García Santana.
ANEXO I
Ver anexo en las páginas 16735-16746 del documento Descargar
ANEXO II
Ver anexo en las páginas 16747-16758 del documento Descargar
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