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BOC Nº 084. Lunes 2 de mayo de 2022 - 1438

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

1438 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 20 de abril de 2022, por la que se procede a la supresión y creación de determinados puestos en la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio en virtud de lo establecido en la disposición adicional vigésima tercera de la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022.

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BOC-A-2022-084-1438. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES

1. De conformidad con el procedimiento establecido en la Resolución 945/2021 de la Dirección General de la Función Pública, por la que se dictan, con carácter vinculante, criterios de gestión para la aplicación de lo previsto en la disposición adicional vigésima octava de la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021, con fecha 22 de marzo de 2022 se recibe propuesta de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, de modificación de la relación de puestos de trabajo, consistente en la supresión de un determinado puesto de trabajo de personal laboral y la creación de otro bajo el vínculo de personal funcionario adscrito a dicho Departamento.

En la propuesta remitida se indica que atendiendo a las razones expresadas en la solicitud formulada por la Dirección General de Industria en fecha 23 de febrero de 2022, relativa a la necesidad de urgente provisión de puesto vacante y dotado presupuestariamente nº 19674, Titulado Superior, con vínculo de personal laboral, adscrito al Servicio de Desarrollo Industrial de la citada Dirección General, se hace necesaria la inmediata modificación del mismo, habida cuenta el déficit de recursos humanos y el gran volumen de tareas encomendadas al expresado Centro Directivo en materia de tramitación de expedientes en materia de industria, autorización y seguimiento de Organismos de control e instaladoras, procedimientos especiales y supervisión de inspecciones.

En virtud de los motivos expuestos y vista la previsión recogida en la Resolución 945/2021 de la Dirección General de la Función Pública, se propone la adecuación del vínculo funcionarial del expresado puesto de trabajo con vínculo laboral, que se encuentran vacante, y la creación en su lugar de otro puesto de vínculo funcionarial.

2. En la propuesta presentada se especifica el puesto de personal laboral cuya supresión se propone:

- 19674 Titulado Superior (Grupo I), en el Servicio de Desarrollo Industrial de la Dirección General de Industria. Requisito de titulación: Ingeniero Industrial.

Se comprueba que el puesto que se suprime es un puesto vacante puro, es decir, que no está ocupado, ni definitiva ni provisionalmente, ni reservado.

Y se recoge, asimismo, el puesto que se propone crean en su lugar:

- Un puesto de Técnico (A121 IIN, 24/50), adscrito al mismo Servicio y Centro Directivo que el suprimido y con igual localización geográfica que aquel.

En los Anexos I y II de esta Resolución se recogen los detalles del puesto que se suprime y del que se crea, respectivamente.

Asimismo, y de conformidad con el resuelvo cuarto.1 de la Resolución 945/2021, para el puesto que se propone crear se identifican las funciones correspondientes y su valoración económica, resultando que el coste de los puestos de trabajo de nueva creación no excede al de los puestos suprimidos.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional vigésima octava de la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021 (BOC nº 270, de 31.12.2020):

“1. Con carácter general, los puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias serán desempeñados por funcionarios públicos, con las únicas excepciones previstas en la normativa básica de aplicación.

En consecuencia, en la tramitación de los expedientes de modificación de las relaciones de puestos de trabajo no se podrá incluir la creación de puestos de trabajo de personal laboral cuando por razón de las funciones asignadas a los puestos, estos deban ser reservados a personal funcionario en atención a la coincidencia de su contenido funcional con el propio de los cuerpos y escalas de funcionarios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Ello sin perjuicio de las actuaciones que procedan en los casos de ejecución de resoluciones judiciales.

2. Mediante resolución de la Dirección General de la Función Pública, previa tramitación del oportuno expediente en el que, en todo caso, deberá ser oído el departamento u organismo autónomo afectado, se procederá a la supresión de los puestos de trabajo de personal laboral que, encontrándose vacantes, y atendidas las funciones asignadas a los mismos en las relaciones de puestos de trabajo en vigor, deban estar reservados para su provisión a funcionarios públicos. La citada supresión será acordada simultáneamente a la creación de los correspondientes puestos base de funcionarios, adscritos a cuerpos o escalas cuyas funciones se correspondan con las de los puestos suprimidos, salvo que el departamento u organismo afectado proponga la creación de puestos adscritos a otros cuerpos o escalas. En ningún caso, el coste de los puestos de trabajo de nueva creación podrá ser superior al de los puestos suprimidos.”

En virtud de dicha disposición adicional, con fecha 21 de junio de 2021 se dicta Resolución 945 de la Dirección General de la Función Pública, ya indicada anteriormente, en la que se establecen con carácter vinculante los criterios que habrán de seguirse en la gestión y tramitación de los procedimientos de modificación de las relaciones de puestos de trabajo de los distintos Departamentos y Organismos Autónomos, que resulten necesarios para dar cumplimiento a lo previsto en la disposición adicional vigésima octava de la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021.

En la disposición adicional vigésima tercera de la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022 (BOC nº 269, de 31.12.2021), se recoge, para dicho ejercicio, la misma previsión que la contenida en la disposición adicional vigésima octava de la Ley 7/2020, de 29 de diciembre.

Finalmente, y respecto de las creaciones de puestos de trabajo, ha de tenerse en cuenta que, en virtud del resuelvo primero de la Resolución 945/2021 de la Dirección General de la Función Pública, se consideran puestos base adscritos al subgrupo A1 a estos efectos, aquellos cuyos complementos se corresponden con 24 puntos de complemento de destino y 50 puntos de complemento específico, por lo que la creación de los mismos se ha de ajustar a tales complementos.

Visto el informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto de fecha 6 de abril de 2022.

Habiéndose llevado a cabo la negociación colectiva en el ámbito de la Comisión Asesora de Plantilla, y en la Mesa Sectorial de Personal Funcionario, ambos con fecha 18 de abril de 2022.

Habiéndose celebrado la Comisión de la Función Pública Canaria, con fecha 18 de abril de 2022.

Vista la disposición adicional vigésima tercera de la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022, que atribuye expresamente a esta Dirección General de la Función Pública las competencias de tramitación y resolución de los expedientes que se tramiten para su cumplimiento,

RESUELVO:

Primero.- Modificar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, en orden a la adecuación legal al vínculo funcionarial de determinados puestos en ella incluidos, en los siguientes términos:

1.- Supresión de los puestos de trabajo de personal laboral, vacantes, no ocupados ni reservados a personal, identificados en el Anexo I.

2.- Creación de los puestos de trabajo a proveer por personal funcionario indicados en el Anexo II.

Segundo.- Publicación y comunicación.

Esta Resolución, que pone fin al procedimiento, se comunicará a la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, y surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de abril de 2022.- La Directora General de la Función Pública, Montserrat García Santana.

ANEXO I

Ver anexo en la página 16762 del documento Descargar

ANEXO II

Ver anexo en la página 16763 del documento Descargar

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