Al acceder a la aplicación para dispositivos móviles App Discapacidad Canarias, como persona usuaria, manifiesta que ha leído y acepta los términos del servicio que se recogen a continuación.
Esta aplicación está pensada exclusivamente para personas físicas que actúen en nombre propio o por medio de su representante legal. Podrá ser usada por toda persona que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que disponga del acceso a Cl@ve (en este caso, certificado electrónico o cl@ve permanente).
La Tarjeta Acreditativa de Grado de Discapacidad (en adelante, la Tarjeta) tendrá la misma validez y surtirá los mismos efectos ante cualquier Administración Pública, que la resolución administrativa de reconocimiento del grado de discapacidad.
La Tarjeta tendrá un anverso y un reverso conforme al modelo que figura en la normativa vigente.
La Tarjeta será emitida preferentemente en formato digital, sin perjuicio de que la misma se pueda expedir también en formato papel (cuando así lo solicite la persona interesada a través del formulario habilitado, o bien al descargarla desde la propia aplicación para poderla imprimir). En la Tarjeta emitida en formato papel, el color variará en función de que el grado reconocido sea permanente o de carácter provisional.
Tendrá un formato común, conteniendo los siguientes datos:
- Datos identificativos de la persona titular.
- Grado de discapacidad reconocido.
- Periodo de vigencia, en los términos previstos en la normativa vigente.
- Dificultades de movilidad, en caso de estar reconocida.
- Necesidad de tercera persona, en caso de estar reconocida.
El modelo de solicitud de la Tarjeta estará disponible en la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias y se presentará por las personas interesadas, por vía telemática o de manera presencial (pudiendo presentarlo en cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como en los demás registros regulados por el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
De acuerdo con lo que se establezca en la correspondiente resolución de reconocimiento del grado de discapacidad, la Tarjeta podrá tener una vigencia permanente o bien establecer un plazo concreto si el reconocimiento del grado de discapacidad es provisional.
Cuando la Administración competente no haya finalizado el procedimiento de revisión del grado de discapacidad, el plazo de vigencia de la Tarjeta se entenderá automáticamente prorrogado, en tanto se concluya el citado procedimiento de revisión del grado y se dicte nueva resolución.
Si se produce una modificación del grado de discapacidad por resolución judicial o administrativa firme que afecte al contenido de la Tarjeta, se procederá por parte de la Administración a la emisión de una nueva Tarjeta a favor del titular, cancelándose la anterior. Si la modificación en la resolución del grado de discapacidad, conlleva la declaración de un grado de discapacidad inferior al 33%, la Tarjeta será cancelada de oficio, quedando obligado el titular de la Tarjeta a su devolución.
La Dirección General con competencia en materia de discapacidad procederá la cancelación de la Tarjeta en los siguientes casos:
- En los supuestos de modificación del grado de discapacidad, según la normativa vigente.
- En los casos de pérdida, sustracción o robo, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.
En este caso, la persona titular deberá comunicarlo al órgano competente y solicitar la expedición de una nueva Tarjeta. En el caso de robo es necesario formular denuncia previa, debiendo adjuntar ésta a la solicitud.
- Cuando se produzca un uso fraudulento, previa audiencia a la persona titular, y sin perjuicio de las responsabilidades que puedan ser exigibles.
- Fallecimiento de la persona titular.
En los casos en que el reconocimiento del grado de discapacidad se haya realizado por otras Comunidades Autónomas, las personas con un grado reconocido igual o superior al 33 por 100 también podrán solicitar la expedición de la Tarjeta, siendo requisito previo que se haya solicitado y resuelto favorablemente el traslado del expediente a la Comunidad Autónoma de Canarias para el reconocimiento del grado de discapacidad, así como acreditar la residencia en algún municipio de la misma. El documento acreditativo de este requisito deberá ser presentado junto con la correspondiente solicitud de expedición de la Tarjeta.
El órgano competente para la emisión de la Tarjeta, una vez recibido el correspondiente expediente, iniciará el procedimiento para la expedición de la Tarjeta de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
Con el fin de garantizar que son exactos los datos personales que son mostrados a través de esta aplicación, y que constan en su expediente administrativo de reconocimiento de grado de discapacidad, la persona usuaria o su representante legal, deberá comunicar a la Dirección General de Discapacidad cualquier modificación de los mismos, de forma que sus datos personales queden en todo momento actualizados. Usted es la persona responsable de la veracidad de los datos que constan en su expediente.
Información básica sobre protección de datos:
- Tratamiento: Reconocimiento del grado de discapacidad y de la necesidad de concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida diaria y de la dificultad de utilizar transportes públicos colectivos.
- Responsable del tratamiento: Dirección General de Discapacidad.
- Finalidad del tratamiento: Registro de ficheros de datos personales relativos a los expedientes de reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y de la necesidad de concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida diaria y de la dificultad de utilizar transportes públicos colectivos.
- Derechos de personas interesadas: De acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos, podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición y a no ser objeto de decisiones individualizadas basadas únicamente en el tratamiento automatizado ante el Responsable del Tratamiento: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/5211
- Información adicional: https://www.gobiernodecanarias.org/protecciondedatos/registrotratamiento/