Organigrama - Director

  • El Director del Instituto Canario de la Vivienda, con rango de Director General, nombrado y cesado por el Gobierno de Canarias, a propuesta del Consejero competente en materia de vivienda, ejercerá las siguientes funciones:

A) En materia de organización y régimen jurídico:

a) Ejecutar los acuerdos del Consejo de Dirección.

b) Desempeñar la jefatura superior del personal, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Secretario.

c) Resolver los procedimientos disciplinarios por faltas graves y muy graves, cuando las sanciones no impliquen separación del servicio de funcionarios o despido de trabajadores.

d) Elevar, previa aprobación del Consejo de Dirección, al Consejero competente en materia de vivienda, para su tramitación el anteproyecto de presupuestos del Instituto.

e) Ejecutar el presupuesto del Instituto Canario de la Vivienda.

f) Elaborar el balance, la liquidación del presupuesto, la cuenta y la memoria anual de actividades del Instituto y elevarlos al Presidente para su aprobación.

g) Tramitar y proponer la aprobación de las modificaciones que afecten al presupuesto del Instituto.

h) Autorizar los gastos propios del Instituto Canario de la Vivienda y la ordenación de pagos, salvo los que resulten competencia del Gobierno.

i) Elevar al Presidente el anteproyecto de relación de puestos de trabajo del Instituto Canario de la Vivienda.

j) Dictar las instrucciones y órdenes de servicio que sean necesarias para la organización y el funcionamiento de los servicios administrativos del Instituto Canario de la Vivienda.

k) Proponer al Presidente la celebración de convenios.

l) Presidir la Comisión de Vivienda.

m) Proponer al Consejo de Dirección la aprobación del inventario de bienes así como su posterior remisión a la Consejería competente en materia de patrimonio.

n) Proponer al Presidente la concesión de ayudas y subvenciones, así como aprobar las bases y efectuar las convocatorias de subvenciones genéricas.

o) Dirigir e inspeccionar los centros, establecimientos, servicios y dependencias del Instituto Canario de la Vivienda.

p) Coordinar la ejecución de los planes, programas y actividades de los órganos de gestión del Instituto Canario de la Vivienda.

q) Proponer al Presidente asuntos para la inclusión en los órdenes del día del Pleno y la Comisión Ejecutiva del Consejo de Dirección y preparar, asistido por el Secretario, la correspondiente documentación.

r) La elaboración del Plan de disposición de fondos de la Tesorería del Instituto Canario de la Vivienda.

s) La dirección y gestión de los servicios de depósito para la constitución de todos los fondos y valores que se presten a favor del Instituto Canario de la Vivienda.

t) Acordar la revocación de sus propios actos.

u) Adoptar las resoluciones específicas de encomienda para la ejecución de obras, trabajos, asistencias técnicas, prestación de servicios, y otras complementarias y accesorias, por empresas públicas reconocidas como medio instrumental y servicio técnico propio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

B) En materia de vivienda y suelo:

a) Otorgar la calificación provisional y definitiva de viviendas protegidas, dentro de los objetivos anuales establecidos en el Plan de Vivienda.

b) Tramitar y resolver los expedientes de solicitud de financiación cualificada y no cualificada, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7.2.i) de los presentes Estatutos.

c) Incoar los expedientes sancionadores cuya resolución venga atribuida al Consejo de Dirección.

d) Incoar y resolver los expedientes sancionadores por infracciones graves y leves.

e) Acordar la iniciación del procedimiento de apremio.

f) Suscribir las escrituras públicas de vivienda y suelo titularidad del Instituto.

g) Autorizar la enajenación y subrogaciones en la titularidad de viviendas protegidas, así como acordar su descalificación.

h) Autorizar, previo informe de la Consejería competente en materia de industria y sin perjuicio de la necesaria obtención por parte del interesado de las autorizaciones y licencias que de acuerdo con la legislación aplicable resulten exigibles, el ejercicio, en las viviendas protegidas, de una profesión, oficio o pequeña industria por sus titulares.

i) Acordar la prórroga del plazo para iniciar o ejecutar la construcción de viviendas protegidas de promoción privada.

C) En materia de gestión patrimonial:

a) Acordar los actos de adquisición, disposición, enajenación, cesión y gravamen de los bienes inmuebles de su patrimonio cuya cuantía no exceda de 300.000 euros.

No obstante, será necesaria la previa autorización del Presidente en aquellos casos en que dichos negocios jurídicos vengan referidos a varios bienes inmuebles pertenecientes a una misma promoción.

b) Adjudicar las viviendas protegidas, titularidad del Instituto Canario de la Vivienda, y realizar las actuaciones previas que no vengan atribuidas a otros órganos.

c) Acordar los actos de disposición de bienes muebles.

d) Ejercer las potestades de desahucio y ejecución forzosa en relación con las viviendas protegidas.

e) Tramitar y resolver los expedientes de expropiación forzosa, en los que el Instituto Canario de la Vivienda, ostente la condición de beneficiario.

f) Acordar, en nombre del Instituto Canario de la Vivienda, el ejercicio de los derechos de adquisición preferente, tanteo y retracto.

g) Autorizar la desocupación temporal de las viviendas protegidas.

  • El Director ejercerá, además, cuantas funciones le delegue el Presidente o el Consejo de Dirección, así como aquellas que siendo competencia del Instituto Canario de la Vivienda, no vengan atribuidas expresamente a otros órganos.
  • El Director ejercerá sus funciones bajo la dirección y de acuerdo con las instrucciones del Presidente del Instituto Canario de la Vivienda.
  • En caso de vacante, ausencia o enfermedad, el Director será sustituido por quien determine el Presidente, de entre los vocales que representan al Gobierno de Canarias en el Consejo de Dirección del Instituto o, en su caso, de entre los Jefes Técnicos o Jefes de las Unidades Administrativas del Instituto Canario de la Vivienda.