La financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común se rige por la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las CC.AA. y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias. Esta Ley recoge el Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera 6/2009, de 15 de julio de 2009, para la reforma del sistema de financiación de las CC.AA. y Ciudades con Estatuto de Autonomía.
El sistema de financiación integra la financiación de la totalidad de los servicios traspasados. La financiación de todas estas competencias se realiza a través de los tributos cedidos (capacidad tributaria), de la Transferencia del Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales y del Fondo de Suficiencia Global.
Además, para favorecer la convergencia financiera y económica entre CC.AA., la Ley 22/2009 crea dos Fondos de Convergencia Autonómica dotados con recursos adicionales del Estado: el Fondo de Competitividad y el Fondo de Cooperación. Las participaciones en estos dos Fondos son percibidas por las CC.AA. cuando se practica la liquidación correspondiente al año al que se refieren.
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