PROGRAMA OPERATIVO INTEGRADO DE CANARIAS 2000-2006.
PROGRAMA OPERATIVO INTEGRADO DE CANARIAS 2000-2006
El Programa Operativo de Canarias (POIC) cuyo ámbito de actuación es el archipiélago canario, plantea cinco objetivos finales, de acuerdo a las prioridades estratégicas definidas en el Plan de Desarrollo Regional (PDR) y el Marco de Apoyo Comunitario.
- Mejorar la accesibilidad de Canarias respecto al exterior y la integración territorial del Archipiélago
- Mejorar la competitividad del tejido productivo de la región
- Promover la generación de empleo y la cualificación de los recursos humanos
- Garantizar la disponibilidad de recursos naturales básicos para el desarrollo económico y promover un uso sostenible del territorio y del medio ambiente
- Mejorar la cobertura y la calidad de los Servicios Públicos vinculados a las personas
Para alcanzar estos objetivos se han programado un conjunto de actuaciones plurianuales agrupadas en torno a once ejes de desarrollo y a unas medidas de asistencia técnica.
Eje 1. |
Mejora de la competitividad y desarrollo del tejido productivo |
Eje 2. |
Sociedad del conocimiento (Innovación, I+D, Sociedad de la Información) |
Eje 3. |
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Eje 41. |
Infraestructura educativa y refuerzo de la educación técnico - profesional |
Eje 42. |
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Eje 43. |
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Eje 44. |
Integración en el mercado de trabajo de las personas con especiales dificultades |
Eje 45. |
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Eje 5. |
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Eje 6. |
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Eje 7. |
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Eje 9. |
Asistencia técnica |
Una descripción más exhaustiva de las medidas del POIC y de los indicadores de realización, resultado e impacto, así como la distribución de la ayuda y el gasto desglosado a nivel de medida viene recogida en el Complemento de Programa del Programa Operativo
En aplicación del apartado 1 del artículo 37 del Reglamento (CE) nº 1260/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999, la Autoridad de Gestión del Programa Operativo (Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Economía y Hacienda) deberá enviar a la Comisión Europea un Informe de Ejecucion, que deberá contener toda la información relevante sobre la ejecución del Programa Operativo.
La aplicación de los Fondos Estructurales Europeos es objeto, en virtud de lo dispuesto en los artículos 40 a 43 del Reglamento (CE) 1260/1999 del Consejo, de una serie de evaluaciones dirigidas a valorar la eficacia de las intervenciones cofinanciadas con los Fondos Estructurales.
Hay tres tipos de evaluaciones: Previas, Intermedias y Posteriores.
Las evaluaciones previas sirven de base para preparar los planes y documentos de programación, en los cuales se integran. Son responsabilidad del Estado miembro.
Las evaluaciones intermedias, realizadas a mitad del período de programación, son fundamentales para valorar la marcha de los Programas y, en su caso, establecer las reprogramaciones y modificaciones en los procedimientos de gestión que se consideren oportunos. Las evaluaciones intermedias son realizadas por expertos en evaluación independientes, bajo la responsabilidad de los Estados miembros. Se evalúan tanto los Marcos Comunitarios de Apoyo como todos los Programas Operativos y DOCUPs en ejecución.
Como continuación de la evaluación intermedia, se efectúa, dos años después, una actualización de la misma, tanto de los Marcos Comunitarios de Apoyo como de todos los Programas Operativos y DOCUPs.
La evaluación posterior analiza la utilización de los fondos, la eficacia y eficiencia de las intervenciones y su impacto. También tiene como finalidad extraer conclusiones para el próximo período de programación. Este proceso se realiza también por expertos independientes, bajo la responsabilidad de la Comisión Europea.
El Programa supone un esfuerzo conjunto de las administraciones nacional, regional y local para alcanzar los objetivos señalados con el apoyo de recursos de tres fondos estructurales, FEDER, FEOGA y FSE, de acuerdo a la siguiente distribución:
(Millones de euros)
Participación pública |
Aportación privada |
Coste Total |
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Ayuda Comunitaria |
Participación Nacional |
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FEDER 1.510,7 |
Ad. Central 586,4 |
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FEOGA 154,9 |
Ad. Regional 385,6 |
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FSE 262,3 |
Ad. Local 43 |
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IFOP |
Otras ???? 1 |
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TOTAL 1.927,9 |
Total 1.016,1 |
2.943,6 |
* Versión aprobada por desición de la Comisión de 15/11/2006.