Plan de Información y Publicidad.

 

 

Introducción

Con el fin de dar a conocer a la opinión pública y a los potenciales beneficiarios finales de los fondos comunitarios, el contenido y alcance del Programa Operativo Integrado, el Gobierno de Canarias ha diseñado unPlan de Información y Publicidad cuyas acciones principales se detallan en estas páginas.

La Política Regional Comunitaria establece la obligación, por parte de los Estados miembros, de adoptar medidas de información y publicidad, articuladas en el Reglamento (CE) 1159/2000 de la Comisión Europea, de 30 de mayo de 2000 y como tal de obligado cumplimiento.

Con la elaboración de este Plan de Acciones, el Gobierno de Canarias se suma al control de las medidas adoptadas para garantizar la mayor notoriedad y transparencia en la información y la publicidad de la actuación de la Unión Europea, contribuyendo a ofrecer una imagen homogénea de las intervenciones.

El Plan de Acciones de Información y Publicidad está previsto en el Programa Operativo de Canarias y desarrollado en el Complemento del Programa, documento que describe de forma más exhaustiva sus medidas y actuaciones objeto de cumplimiento.

Órganos Responsables

Son responsables de la aplicación y cumplimiento de la normativa sobre información y publicidad, en las intervenciones de su competencia, incluidas en el POI:

  • La Autoridad de Gestión, representada por la Dirección General de Fondos Comunitarios y Financiación Territorial del Ministerio de Hacienda, conjuntamente con el Gobierno de Canarias a través de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.
  • Todos los beneficiarios finales y órganos ejecutores de las actuaciones.
  • La Autoridad de Gestión del Programa y la Dirección General de Planificación y Presupuesto velarán por el cumplimiento de la normativa en materia de publicidad.

Normativa aplicable

Las acciones de información y publicidad del Programa Operativo Integrado de Canarias se realizarán de conformidad con la normativa comunitaria de aplicación en esta materia, constituida por:

Reglamento (CE) nº 1260/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999 por el que se establecen disposiciones generales, sobre los Fondos Estructurales, en especial los artículos 34 y 46.

Reglamento (CE) nº 1159/2000 de la Comisión, de 30 de mayo de 2000, sobre las actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados miembros en relación con las intervenciones de los Fondos Estructurales.

Objetivos

La difusión de la información del Programa Operativo Integrado de Canarias debe cumplir dos objetivos básicos:

1. Informar a la opinión pública del papel que desempeña la Unión Europea a favor de la ejecución de las actuaciones contempladas en el Programa.

2. Facilitar el conocimiento e impulsar la participación de destinatarios clave en el propio desenvolvimiento y en la consecución de los objetivos del Programa

Destinatarios

Las medidas y acciones enmarcadas en el Plan de Información y Publicidad van dirigidas a distintos grupos de beneficiarios cada uno con sus propias características e intereses y, por tanto, con diferentes necesidades de información:

  • Agentes que intervienen en el Programa:
  • Beneficiarios potenciales y finales.
  • Autoridades regionales y locales y demás autoridades públicas competentes.
  • Organizaciones profesionales y medios económicos.
  • Interlocutores económicos y sociales.
  • Organizaciones no gubernamentales, sobre todo los organismos de promoción de la igualdad entre hombres y mujeres y los que se ocupen de la protección y mejora del medio ambiente.
  • Agentes económicos y promotores de proyectos.
  • Medios de comunicación social.

Estos grupos de beneficiarios, se agrupan, a su vez en dos niveles:

Nivel 1:Destinatarios con potencialidad en el desarrollo de medidas del programa:

  • Autoridades insulares y locales.
  • Agentes económicos y promotores de proyectos: entidades sin ánimo de lucro, Cámaras de Comercio, PYMES de la región, Grupos de Acción Local, promotores en el ámbito del desarrollo de operaciones cofinanciadas por el FSE y organizaciones no gubernamentales.

Este nivel cuenta con una amplia y variada gama de agentes partícipes en el desarrollo de las operaciones, en función de las convocatorias a ellos abiertas, en el caso de las medidas del Programa Operativo que se articulen a través de las mismas.

Nivel 2: Destinatarios-Interface:

Aunque pueden no tener ninguna potencialidad directa, en el sentido de "ejecutar" operaciones encargadas por los beneficiarios finales, cumplen, sin embargo, con la importante función de difundir y acercar a los destinatarios del nivel 1, las oportunidades que brinda el Programa Operativo, en aras de una mayor transparencia. Entre estos destinatarios cabe destacar los siguientes:

  • Autoridades locales.
  • Organizaciones profesionales.
  • Agentes económicos y sociales.
  • Organizaciones no gubernamentales.
  • Medios de comunicación social.

2. Público en general.

El Programa Operativo contempla como objetivo genérico el incremento del nivel de vida y de bienestar económico y social de los habitantes de la región, por ello es preciso diseñar acciones de comunicación dirigidas a la opinión pública en general.

Líneas de Actuación

Las acciones a desarrollar por el Plan de Información y Publicidad pretenden, por una parte, que los destinatarios se acojan a los programas regionales de desarrollo y por otra que la opinión pública general conozca la existencia de los fondos europeos y los beneficios que generan a favor de la calidad de vida. Se realizarán actuaciones tendentes a hacer comprensibles los contenidos, a facilitar el acceso a los textos y a conocer el modo en que deben realizar y presentar sus solicitudes y cuándo y cómo se debe hacer publicidad de los proyectos financiados con alguno de los Fondos Estructurales. Todo ello se concretará, entre otras acciones con la creación de una página Web, la realización de folletos explicativos de los beneficios de los Fondos Estructurales en Canarias, la edición de una revista y la difusión de notas de prensa que expliquen las actuaciones realizadas por el Gobierno de Canarias con financiación Europea.

El Plan de Información y Publicidad contempla dos líneas de actuación:

  • Acciones de carácter específico: las previstas en fechas concretas y que se reflejan en el cronograma adjunto.
  • Acciones de seguimiento: las que se realizarán de forma permanente, durante el periodo de ejecución del POI de Canarias.
Acciones específicas
  • Desarrollo del Plan de Acciones de Información y Publicidad. Su objeto es dar a conocer el Plan mediante este documento que recopila todas las acciones previstas, objetivos, cronología, contenidos, instrumentos de comunicación, de forma sencilla e ilustrada.
  • Creación de un logotipo y un slogan a modo de marca común que presidirá todos los elementos de comunicación incluidos en el Plan de Acciones.
  • Manual de Información y Publicidad. Su función es informar a los beneficiarios de los fondos estructurales de manera práctica de la normativa europea sobre información y publicidad para su correcta aplicación. El Manual es un documento de fácil manejo que se acompaña de un CD ROM de ayuda.
  • Página Web. Tiene como función principal la difusión del Programa Operativo a través de Internet. En ella se puede consultar sus contenidos y normativa para su comunicación pública y como información para quienes deseen participar en proyectos financiados por Fondos del POI. Secciones:
    • Objeto y contenidos del POI.
    • Normativa sobre Comunicación y Publicidad.
    • Modelos de correcta aplicación de la Normativa.
    • Sección de ayuda para la creación de producciones publicitarias.
    • Revista anual en formato PDF.
    • Mapa Web.
  • Folletos divulgativos del POI de Canarias.
  • Revista Semestral.El objetivo de esta publicación es disponer de una herramienta de marketing directo que permita difundir, en un soporte impreso, las noticias de interés derivadas del POI. Dirigida a beneficiarios potenciales y finales, autoridades regionales y locales, interlocutores económicos y sociales y medios de comunicación, entre otros, incluirá como contenidos, reportajes y noticias de actualidad derivadas del POI, entrevistas con responsables políticos y empresariales; principales proyectos, etcétera.
  • Realización y producción de un video resumen con las actuaciones más importantes de todo el periodo de vigencia Programa Operativo.
  • Informe final de las actuaciones incluidas en el Plan de Información y Publicidad.
Acciones de seguimiento.
  • Asesoramiento a los Órganos Gestores.

Se establece un programa de visitas para presentar a los responsables de publicidad de las empresas y entidades beneficiarias de los fondos estructurales, los contenidos del Plan de Información y Publicidad y la normativa a aplicar en materia de publicidad mediante el Manual de Aplicación de la Normativa de Información y Publicidad, documento de trabajo básico para todos los gestores implicados en el Programa Operativo. Estas reuniones se aprovecharán para recopilar información para el informe Anual de Seguimiento y prever posibles actos y noticias que deban divulgarse entre la opinión pública.

  • Seguimiento y comprobación del cumplimiento de las normas de Información y Publicidad por los distintos Órganos Gestores.

Se velará por el correcto cumplimiento de las normas incluidas en el Manual, mediante acciones de control. Para realizar este seguimiento y comprobación se remitirá a todos los Órganos Gestores una "plantilla de control de imagen", que deberán devolver cumplimentada y con archivo de imágenes adjunto.

  • Informe de Seguimiento de las actuaciones de Información y Publicidad.