Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
4 páginas.
Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 335.88 Kb.
BOC-A-2024-252-4276.
Firma electrónica
- Descargar
Conforme a las previsiones en materia de estructuración y ordenación de los recursos humanos contenidas en el Decreto 66/2022, de 24 de marzo, de los Estatutos de la Universidad de La Laguna, esta se dotará de “… Relaciones de Puestos de Trabajo de personal funcionario o laboral de administración y servicios con una estructura adecuada y suficiente para garantizar un correcto funcionamiento de todos los Centros, Departamentos y Servicios en la consecución de sus fines”.
Como instrumento técnico de ordenación de sus recursos humanos y puestos de trabajo, la RPT es una herramienta esencial para la organización de la estructura administrativa interna de la Universidad, que formaliza y documenta todos los puestos de trabajo y, a su vez, responde al propósito de adecuar sus medios personales a las necesidades organizativas, y también presupuestarias, por lo que se le atribuye la cualidad de una herramienta susceptible de ser modificada para adaptarla a las exigencias y necesidades inherentes al cumplimiento de sus fines.
La Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) funcionario de esta Universidad fue aprobada por Resolución de 7 de mayo de 2019 (publicada íntegramente en el BOC n.º 98, de 23.5.2019) y corregida mediante Resolución de 28 de junio ( BOC n.º 134, de 15.7.2019) y Resolución de 21 de enero de 2020 (BOC n.º 25, de 6.2.2020), a los efectos, en ambos casos, de subsanar errores materiales. Mediante Resolución de 29 de diciembre de 2020, se ordena la publicación de la modificación de la RPT de personal funcionario, así como la publicación íntegra de la misma (BOC n.º 4, de 8.1.2021). Finalmente, mediante Resolución de 8 de febrero de 2022, se ordena la publicación de la modificación puntual de la relación de puestos de trabajo del Personal de Administración y Servicios funcionario (BOC de 18.2.2022).
Dentro de dicha Relación de Puestos de Trabajo se propone una modificación puntual con el fin de adaptar dicha estructura a las necesidades actuales de gestión de recursos humanos de la Universidad desde una perspectiva modernizadora, de mejora continua del servicio, siguiendo criterios de eficacia y eficiencia.
En este sentido, el Gabinete de Análisis y Planificación (GAP) de la Universidad de La Laguna ha asumido en los últimos años un papel relevante en la gestión de información dentro de la organización. Requiere una gestión profesional y especializada centrada en el Dato, no solo desde el punto de vista de operativa funcional, sino también del análisis y explotación de datos para la toma decisiones estratégicas. El GAP es un servicio clave y transversal para la transformación digital que debemos abordar y su restructuración una necesidad. Estas funcionalidades no solo requieren de personas con conocimiento funcional y de gestión, sino también de tipo técnico especializado.
Se plantea la restructuración del GAP con dos áreas diferenciadas, una de ellas orientada a la planificación de procedimientos, soporte de sede electrónica y atención a usuarios, y otra centrada en la Gestión del Dato que asuma las tareas de analítica y procesado de datos sobre las bases de datos institucionales y demás recursos tecnológicos necesarios para esta explotación.
Como primer paso de esta restructuración, se perfila el puesto FC0075, denominado “Jefatura de Sección del GAP”, en el requisito de titulación y en el apartado de méritos, para garantizar que la unidad cuente con el personal especializado tanto desde el punto de vista técnico como funcional para la dirección de la misma.
Conforme a las previsiones del artículo 46.2.e) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y de los artículos 15, apartado l), y 94.2 del Decreto 66/2022, de 24 de marzo, por el que se aprueba la reforma de los Estatutos de la Universidad de La Laguna, esta modificación fue aprobada en sesión de Consejo de Gobierno de 25 de julio de 2024, a propuesta de la Gerencia de fecha 24 de julio de 2024, previa negociación con la Junta del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) funcionario, en reunión celebrada el 23 de julio de 2024.
La modificación propuesta no supone incremento de costes de personal del capítulo 1.
Vinculados a dicho Gabinete se encuentran, así mismo, los puestos FC0081 y FC0082; dichos puestos pertenecen a la Escala de Técnicos de Gestión/Gestión y tienen como requisito de acceso la titulación de Grado, Licenciatura o Diplomatura en Informática, Matemáticas, Estadística.
La jurisprudencia establece la posibilidad de crear un puesto de trabajo en la RPT que, aun perteneciendo a la Escala de Gestión o de Administración General, requiera para su provisión poseer una titulación específica, por razón de las funciones que tiene atribuidas el puesto de trabajo en cuestión. Sin embargo, no podría exigirse la referida titulación específica para acceder a dicho puesto como personal de nuevo ingreso, pues ello supondría una limitación del principio de libertad de acceso al empleo público [Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de junio de 2012 (rec. 6397/2009)].
En este sentido, junto a las Escalas de Técnicos de Gestión/Gestión, resulta necesario abrir los referidos puestos a la Escala de Gestión de Sistemas de la Información (Escala prevista en el artículo 91 del Decreto 66/2022, de 24 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna). Ello permitirá, en su caso, cubrirlos por el sistema de acceso libre con personal con la cualificación necesaria para asegurar un desempeño plenamente eficaz y eficiente del contenido funcional de los referidos puestos de trabajo; todo ello en línea con el principio de especialización que el artículo 89.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, predica respecto al PTGAS de las Universidades.
La modificación de estos puestos fue aprobada en sesión del Consejo de Gobierno de la Universidad de 29 de noviembre de 2024, a propuesta de la Gerencia de fecha 27 de noviembre de 2024, previa negociación con la Junta del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) funcionario, en reunión celebrada el 20 de noviembre de 2024, e informe favorable de dicho órgano de fecha 25 de noviembre de 2024.
Las modificaciones que se acuerdan no implican incremento de los costes de personal y, por tanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.2.e) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en interpretación sistemática con el artículo 3.2.k) de la referida ley, el artículo 3.4 de la Ley 11/2023, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, y el artículo 30.3 de la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024, no resulta preceptivo solicitar su aprobación definitiva por la Comunidad Autónoma de Canarias.
Consecuentemente, en ejercicio de la competencia delegada por Resolución del Rector de 12 de mayo de 2023, por la que se establecen la delegación de competencias y el régimen de suplencias de esta Universidad (BOC n.º 101, de 25 de mayo),
RESUELVO:
Primero.- Publicar las modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios funcionario de la Universidad de La Laguna, aprobadas por acuerdos de Consejo de Gobierno de fechas 25 de julio y 29 de noviembre de 2024, según figura en anexo.
Segundo.- Modificar parcialmente el Catálogo de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios funcionario como consecuencia de la presente modificación.
Tercero.- Estas modificaciones entrarán en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra los referidos acuerdos, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno de la Universidad de La Laguna, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, significando que en el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Permaneciendo cerradas las instalaciones de la Universidad de La Laguna en el periodo de Navidad, del 31 de diciembre de 2024 al 6 de enero de 2025, ambos incluidos, se pone en conocimiento de los interesados en el presente procedimiento que cualquier recurso o reclamación que deseen interponer o presentar contra el acto notificado, podrán presentarlo, dirigido a la Universidad de La Laguna, en los lugares a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: en los registros electrónicos de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre, en las oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas de asistencia en materia de registros, así como en cualquier otro establecido en las disposiciones vigentes.
San Cristóbal de La Laguna, a 9 de diciembre de 2024.- La Gerente (p.d. Resolución de 12.5.2023; BOC n.º 101, de 25.5.2023), María Teresa Covisa Rubia.
ANEXO
Ver anexo en la página 44491 del documento Descargar
© Gobierno de Canarias