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BOC-A-2024-240-3997.
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BDNS (Identif.): 798470.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/798470).
Primero.- Entidades beneficiarias y personas participantes.
Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones las empresas o clústeres que vayan a desarrollar un proyecto de innovación y cumplan, en el momento de presentación de la solicitud, los requisitos establecidos en la base reguladora tercera.
La persona contratada, así como el contrato suscrito, han de cumplir los requisitos que se relacionan en las bases reguladoras cuarta y quinta.
El objeto del contrato debe ser la realización de un proyecto de innovación, tal como se define en la base reguladora segunda.
Segundo.- Objeto.
Contratación de personal innovador que participe en la realización de un proyecto de innovación, conforme a la definición de la base reguladora segunda, apartado b), para el ejercicio 2025.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden n.º 340/2022, de 20 de diciembre, de la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la incorporación de personal innovador al tejido productivo susceptibles de ser cofinanciadas por el Fondo Social Europeo+ en el marco financiero 2021-2027 (BOC n.º 2, de 3.1.2023), modificadas por Orden n.º 81/2023, de 19 de abril (BOC n.º 85, de 3 de mayo).
Cuarto.- Cuantía.
1. Se aprueba la convocatoria que tiene una dotación económica de 1.500.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 1705.463B.47002 proyecto 174G1658 “Incorporación de personal innovador al tejido productivo”, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2025.
Estas ayudas poseen una tasa de cofinanciación del 85% en el marco del Programa FSE+ Canarias 2021-2027, según:
- Prioridad de inversión 1, Objetivo Específico 4.a) Actuación 01.a.01 IPI.
- Prioridad de inversión 8, Objetivo Específico 4.a) Actuación 08.a.02 IPI Garantía Juvenil.
El importe total de la dotación económica asignada a esta convocatoria podrá ser incrementado en el caso de que exista cobertura económica para llevarlo a cabo, cuya aplicación a la concesión de las subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria, siempre y cuando se publique en el Boletín Oficial de Canarias la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva con carácter previo a la resolución de concesión, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.
2. De acuerdo con lo previsto en la base reguladora sexta que determina la cuantía de la subvención, el importe de la misma se calculará multiplicando el coste unitario, que asciende a 2.288,23 euros, por el número de meses que la persona esté contratada por la entidad beneficiaria para la realización del proyecto de innovación subvencionado, con un mínimo de 12 y un máximo de 18 meses de periodo de ejecución. Asimismo, se ha de mantener el contrato del personal innovador en vigor durante, al menos, seis meses, una vez finalizado el periodo subvencionable.
3. Las ayudas que se concedan en el marco de la presente Orden tienen la consideración de ayudas de minimis, sujetas por tanto a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 2023/2831, de 13 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L de 15.12.2023). El importe total de las ayudas de minimis recibidas por una única empresa no excederá de 300.000 euros durante los tres años previos.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 1 de febrero de 2025 a las 9:00 horas, y finalizará cuando se produzca el agotamiento del crédito disponible o, en caso de que esto no ocurra, el día 31 de marzo de 2025 a las 14:00 horas.
La presentación de solicitudes, así como su subsanación, y la documentación de justificación previstas en las bases 12 y 16, respectivamente, se realizará de forma obligatoria a través de la aplicación informática de gestión habilitada para ello, que se indica a continuación: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/9994
Sexto.- Otros datos.
El abono de la subvención se efectuará por anticipado. Las entidades beneficiarias están exentas de presentar garantías para el abono anticipado de la subvención.
Únicamente podrá concederse a cada entidad una solicitud por proyecto de innovación, a fin de evitar la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.
El contrato podrá firmarse a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. En este caso, el periodo subvencionable se iniciará el 1 de enero del año 2025.
El plazo máximo para efectuar la contratación será de un mes contado a partir de la notificación de la concesión de subvención, según la base quinta.
El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento será de seis meses a contar desde la finalización del respectivo plazo de presentación de solicitudes.
Los requerimientos que se dirijan a las entidades solicitantes para subsanar defectos en la documentación aportada en la solicitud inicial o de cualquier otra documentación y/o información adicional, así como la notificación de la resolución de concesión se llevarán a cabo mediante su publicación en el tablón de anuncios y Punto General de Acceso de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, surtiendo todos los efectos de la notificación practicada.
El resto de los trámites relativos a solicitud de aclaraciones, requerimientos de la fase de justificación, resolución de justificación y, en su caso, trámites del procedimiento de reintegro se notificarán mediante el sistema de comparecencia electrónica, a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria.
Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de noviembre de 2024.
LA CONSEJERA DE UNIVERSIDADES,
CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA,
Migdalia María Machín Tavío.
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