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BOC Nº 226. Miércoles 13 de noviembre de 2024 - 3748

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas

3748 Dirección General de Aguas.- Resolución de 28 de octubre de 2024, por la que se conceden las subvenciones destinadas a la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en la Comunidad Autónoma de Canarias, previstas en la Resolución de 2 de noviembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, para el presente ejercicio económico.

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BOC-A-2024-226-3748. Firma electrónica - Descargar

Visto el expediente relativo al procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en la Comunidad Autónoma de Canarias, previstas en la Resolución de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de 2 de noviembre de 2023 (en adelante, Resolución de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, de 2 de noviembre de 2023), cuyas bases reguladoras han sido aprobadas mediante Orden n.º 179, del Consejero Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas, de 17 de julio de 2024 (BOC n.º 158, de 12.8.2024), y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

I.- Mediante Orden n.º 179, del Consejero de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas, de 17 de julio de 2024, se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en la Comunidad Autónoma de Canarias, previstas en la Resolución de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, de 2 de noviembre de 2023, y se efectúa la convocatoria para el presente ejercicio económico (BOC n.º 158, de 12.8.2024).

II.- Se aprueba la realización de un gasto para el ejercicio 2024 por importe de ocho millones quinientos mil (8.500.000,00) euros con cargo a la aplicación presupuestaria 09.07.452A.470.0200, línea de actuación 094G1988 “Plantas Potabilizadoras de Agua”.

III.- Las actuaciones a subvencionar por esta convocatoria deben haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2022 y el 30 de junio de 2023, ambos inclusive.

IV.- De conformidad con lo dispuesto en la base 5.3 de la citada Orden departamental, de 17 de julio de 2024, el plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días hábiles, que comenzarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. Habiendo expirado el plazo concedido el 27 de agosto de 2024.

V.- En el plazo concedido para la presentación se recibieron veintitrés (23) solicitudes.

VI.- Una vez revisadas las solicitudes presentadas se comprueba que diecisiete no cumplen con los requisitos exigidos en la base quinta de la Orden reguladora, siendo necesario proceder a requerimientos para subsanación de las solicitudes presentadas por: Anjoca Aguas Canarias S.L., Mancomunidad del Sureste de Gran Canaria, Consejo Insular de Aguas de El Hierro, Consorcio de Abastecimiento de Agua a Fuerteventura, FCC Aqualia, S.A., Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria (Arucas-Moya), Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria (EDAM La Aldea), Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria (Bocabarranco-Roque Prieto), Suministro de Agua La Oliva, S.A., Empresa Mixta de Aguas de Santa Cruz Tenerife, S.A., Canal Gestión Lanzarote, S.A.U., Ayuntamiento de Mogán, Consejo Insular de Aguas de Tenerife (Adeje y Arona), Consejo Insular de Aguas de Tenerife (Granadilla de Abona), Consejo Insular de Aguas de Tenerife (EDAM Oeste), Club Lanzarote, S.A., y Ayuntamiento de Adeje, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

VII.- A la vista del acta resultante de la reunión de la Comisión Técnica, en sesión celebrada el 3 de octubre de 2024, se dictó la Resolución n.º 7, de 4 de octubre de 2024, de la Directora General de Aguas, por la que se resuelve provisionalmente la convocatoria para las citadas subvenciones.

VIII.- La Resolución a que se ha hecho referencia en el antecedente anterior, se notificó a las personas beneficiarias entre los días 7 y 9 de octubre de 2024.

IX.- Entre el 7 y el 16 de octubre de 2024, se recibió la aceptación expresa de todas las personas beneficiarias, tal y como se recoge en las bases reguladoras.

A los anteriores antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- De conformidad con lo establecido en el resuelvo cuarto de la Orden departamental de 17 de julio de 2024, la competencia para dictar la resolución de concesión corresponde a la persona titular de la Dirección General competente en materia de aguas por delegación del Consejero de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas.

Segundo.- La presente Resolución se dicta de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley 38/2003, Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como por lo establecido en las bases reguladora que rigen la convocatoria, aprobadas por Orden n.º 179, del Consejero de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas de 17 de julio de 2024 (BOC n.º 158, de 12.8.2024).

Tercero.- El procedimiento de concesión se realizará mediante concurrencia competitiva y se ajustará a lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Capítulo II del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como en lo establecido en las bases reguladoras de la convocatoria (BOC n.º 158, de 12.8.2024).

Cuarto.- Conforme a lo dispuesto en la base 6.2 de la Orden reguladora, la resolución provisional deberá notificarse a las personas interesadas, concediéndoles un plazo de diez (10) días hábiles para que presenten la aceptación expresa de la subvención. En caso de que no se otorgue la aceptación dentro del referido plazo, se entenderá que la persona interesada no acepta la subvención. Transcurrido dicho plazo, se elevará la propuesta de resolución definitiva al órgano competente para su aprobación.

Quinto.- Sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, la presente Resolución se notificará a las personas interesadas y será objeto de publicación en sede electrónica.

Por todo ello, y de acuerdo con los preceptos legales citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.- Conceder las subvenciones destinadas a la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de aguas situadas en la Comunidad Autónoma de Canarias, previstas en la Resolución de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, de 2 de noviembre de 2023, a las personas beneficiarias relacionadas en el anexo de la presente Resolución, por las cuantías detalladas en el mismo.

Segundo.- Notificar la presente Resolución a las personas beneficiarias relacionadas en el anexo de la misma.

Tercero.- El pago de las subvenciones se ordenará inmediatamente después de la firma de la resolución de concesión definitiva, sin perjuicio de la notificación posterior de la misma.

Cuarto.- La justificación, por las personas beneficiarias, de los costes incurridos y aceptados en el periodo de referencia que se establece en la convocatoria, se realizará mediante lo dispuesto en la base 5.4 de las bases reguladoras.

Las personas beneficiarias de la subvención estarán obligadas a facilitar las comprobaciones encaminadas a garantizar la correcta realización de la actuación subvencionada, mediante la documentación que se exige en las bases y que deberá acompañar a la solicitud de subvención. Asimismo, quedarán sometidas a las actuaciones de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias y la Audiencia de Cuentas de Canarias.

Quinto.- La percepción de las subvenciones reguladas en la Orden de referencia será compatible con la percepción de otras para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra administración, entes públicos o privados.

Esta compatibilidad estará condicionada a que el importe de las subvenciones concedidas en ningún caso supere el coste de la actividad a desarrollar por la persona beneficiaria.

Sexto.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, así como en el tablón de anuncios electrónico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, tal y como se establece en la base 6.3 de la Orden n.º 179, de 17 de julio de 2024.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un (1) mes, a contar a partir del día siguiente a su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de octubre de 2024.- La Directora General de Aguas, Mónica Gómez Curiel.

ANEXO

Ver anexo en la página 39011 del documento Descargar

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